Discurso de odio: el caballo de troya del Código Penal. Por Darío Adanti

junio 4, 2023

Puede llegarse a la perversa situación en la que los mismos que fomentan el racismo logren penalizar a aquellos que defienden la tolerancia y la sátira acusándolos de un delito de odio

Ilustración de Guillermo Lara
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Darío Adanti, El Diario, 4 de junio de 2023

Recientemente hemos visto dos casos de posibles límites a la libertad de expresión: los insultos racistas a Vinícius en el estadio de Mestalla durante el partido de liga del Real Madrid contra el Valencia y la citación como imputados a los tres participantes del sketch de la Virgen del Rocío en el programa ‘Està Passant’ de TV3. El primero podría vincularse al discurso de odio y el segundo, a la ofensa a los sentimientos religiosos.

Sobre esto últimos ya expusimos en el artículo ‘Blasfemia: un pecado en el Código Penal’ la opinión de los expertos que señalan la discordancia entre artículo 525 que penaliza la ofensa a los sentimientos religiosos y la protección constitucional del derecho a la libertad de expresión. Aquel artículo terminaba diciendo que, según algunos, para proteger el derecho a la libertad de culto ya están los delitos de odio recogidos en el artículo 510, pero son muchos los actores jurídicos que advierten que el punto 1.a) de dicho artículo -el que penaliza el discurso de odio- puede convertirse en un caballo de Troya que, lejos de proteger a los vulnerables, termine por proteger a los poderosos. 

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La ofensa de sentimientos religiosos, un arma penal en manos ultras que rara vez provoca condenas

mayo 31, 2023

Sólo se conoce una condena firme en base al artículo 525 del Código Penal y fue por conformidad del acusado, perseguido por hacer un fotomontaje de cristo con su cara

Uno de los momentos de la parodia de la Virgen del Rocío / 
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Álvaro Sánchez Castillo, InfoLibre, 31 de mayo de 2023

Cuando se emitió en TV3 en el arranque de la Semana Santa, solo era una parodia que tenía a la Virgen del Rocío como protagonista. Pero un mes después, y esto ya no es una broma, el vídeo forma parte de la lista de asuntos a resolver por parte de la justicia después de que un juzgado de Sant Feliu de Llobregat haya admitido a trámite una denuncia del grupo ultracatólico Abogados Cristianos contra los humoristas. En el centro, por enésima vez, la ofensa contra los sentimientos religiosos, un tipo penal que prácticamente no ha generado condena alguna pero que sirve como arma intimidatoria para este tipo de colectivos. En buena medida, eso sí, gracias a una dinámica de admisión a trámite automática de este tipo de denuncias aun sabiendo que no llegarán a ningún lado.

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Ateísmo ético vs. ateísmo épico

mayo 27, 2023

¿Es lícito que un Estado aconfesional permita perseguir la blasfemia con sanciones civiles o incluso penales?

Carnaval de Las Palmas 2017, drag queen Drag Sethlas: la Fiscalía de Las Palmas, que había aceptado a trámite la denuncia de Abogados Cristianos acabó archivando la causa / Fuente foto
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Roberto R. Aramayo, Nueva Tribuna, 27 de mayo de 2023

Hay asociaciones de abogados católicos a quienes le ofenden las blasfemia e intentan represaliar a sus artífices con el código civil o penal en la mano. Esta circunstancia cuando menos causa cierta perplejidad. ¿Cómo es posible que un Estado presuntamente aconfesional consienta la persecución de unos ciudadanos por bromear con ciertas cuestiones, cuyo carácter sangrado únicamente lo es para sus feligreses, pero ciertamente no para los incrédulos que no se han visto agraciados con la Gracia de Dios. Es un asiento que tiene muy poca gracia.

Los romanos iban integrando en sus templos a las divinidades de otros pueblos. Pero los monoteísmos no han tenido cintura para hacer nada similar. En China y Japón eran bienvenidas todas las religiones, excepto aquella que se proclamaba como única verdadera descalificando a todas las demás. Preferirán reunirse con sus ancestros tras la muerte que ir a un presunto paraíso donde no estarían sus familiares por desconocer unas verdades reveladas en cierta época.

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Terapias reparativas para Abogados Cristianos

mayo 26, 2023

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David Boyero, Público, 26 de mayo de 2023

Abogados Cristianos lo ha vuelto a hacer: ha llevado a los tribunales la libertad de expresión a través del humor para usar el Estado de Derecho como escaparate de su radicalismo católico. En este caso, las víctimas de este extremismo religioso son los humoristas que realizaron una parodia de la Virgen del Rocío en TV3 el pasado mes de abril. Ni es la primera ni será la última vez que Abogados Cristianos pervierten así las leyes, no al menos mientras haya jueces que se presten a este juego que tira por el sumidero los escasos recursos públicos de la Justicia (aunque todavía den para subir el ya de por sí cuantioso sueldo de los jueces).

La parodia que realizaron Judit Martín, Toni Soler y Jair Domínguez en TV3, como todo el humor, es subjetiva; puede divertir o no, considerarla de mejor o peor gusto, incluso, puede molestar, especialmente cuando se parodia o ironiza porque esa es parte de su esencia. No debería, pues, considerarse un delito, pero en España continuamos tropezando una y otra vez con la misma piedra, a pesar de que en la mayoría de los casos terminen por archivarse las causas. Preciso “en la mayoría de los casos” porque para vergüenza nacional, existen sonrojantes excepciones como la condena a la procesión del Coño Insumiso.

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La reforma de los delitos de expresión exigida por la ONU y el Consejo de Europa cae en el olvido

mayo 15, 2023

Fuentes del Ejecutivo sostienen que “no se reúne el consenso suficiente” para abordar cambios en los delitos de enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona o contra los sentimientos religiosos

Procesión del coño insumiso
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Álvaro Sánchez Castrillo, InfoLibre, 16 de mayo de 2023

Es algo que se ha exigido de forma permanente tanto desde instancias internacionales como desde organizaciones de derechos humanos. Pero el tiempo pasa y la reforma de los llamados “delitos de expresión” sigue sin ver la luz en la recta final de la legislatura. A pesar de ser un compromiso adquirido hace dos años por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, lo cierto es que ninguna de las múltiples enmiendas al Código Penal que ha impulsado desde entonces ha metido mano a las injurias a la Corona, las ofensas contra los sentimientos religiosos o el enaltecimiento del terrorismo. Y los intentos de algunos partidos por despenalizarlos permanecen desde hace meses bloqueados en el Congreso de los Diputados.

La introducción de modificaciones alrededor de los delitos de expresión, que tantos quebraderos de cabeza han provocado a artistas y usuarios de redes sociales, volvió a convertirse en una prioridad política tras la orden de ingreso en prisión del rapero Pablo Hasel por enaltecimiento del terrorismo e injurias contra la Corona. Fue en medio de esta polémica cuando el Gobierno prometió una revisión de los delitos más polémicos para eliminar las penas de privación de libertad. El derecho penal, decía entonces en un escueto comunicado, “ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es desde luego proporcionada para responder a comportamientos que, aun pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión“.

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Traigan a Robespierre a España, a ver si así. Por Ana Pardo de Vera

mayo 12, 2023

…”el humor sobre la religión católica no solo es pecado -que respetamos, aunque nos importe un pimiento-, sino que puede ser delito”…

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Ana Pardo de Vera, Público, 12 de mayo de 2023

Llevo 25 años en este oficio, siguiendo la actualidad política, sus lentos avances y sus rápidos intentos de retroceso (algunos conseguidos), pero todavía sigue habiendo días que la actualidad desborda mi capacidad de asombro; y no porque no esté hecha a las contradicciones de un país que maravilla y espanta a la vez, según los lugares, según las políticas, según los votos, según las costumbres, según las ideas… sino porque hay momentos en que coinciden dos hechos en pocas horas, de golpe y porrazo, y te preguntas cuál de sus bases tractoras son mayoritarias. Todo ello, claro, encuadrándolo en el ámbito casi histérico de medios de comunicación desbordados y política -en toda la amplitud de la palabra- en un año profundamente electoral, con una crisis pospandémica y de guerra en suelo europeo.

Este jueves, un juzgado de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) abrió diligencias tras admitir a trámite la denuncia de Abogados Cristianos por la caricatura que TV3 hizo en Semana Santa de la Virgen del Rocío y que esta asociación ultracatólica considera delito de escarnio contra los sentimientos religiosos. Analicen bien el término “escarnio”, porque aunque suene rancio (y peligroso), está recogido en el art. 525 de nuestro Código Penal.

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Blasfemia: un pecado en el Código Penal. Por Darío Adanti

marzo 26, 2023

El derecho constitucional a la libertad de expresión ya tiene su límite en los delitos de odio y el derecho a no ser ofendido no puede limitarlo porque jurídicamente no existe

Ilustración de Fede Yankelevich
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Darío Adanti, El Diario, 26 de marzo de 2023

La historia de los países está codificada en sus leyes y la historia del Derecho es la historia de la separación entre el pecado y el delito.

En su cuento El Aleph, Jorge Luis Borges describe un punto ubicado en el sótano de una antigua casa en el que se puede ver el universo desde todos los ángulos posibles. Algo parecido pasa con el artículo 525 de nuestro Código Penal, el que castiga la ofensa a los sentimientos religiosos: en él se puede ver toda la historia de España. ¿Que no? Pasen y vean.

Pecado y delito

La palabra ‘blasfemia’, de origen griego, significaba injuria contra alguien. La connotación religiosa, en realidad, estaba tipificada en la asebeia, que era el cargo criminal por “profanación y burla de objetos divinos” o “irreverencia hacia los dioses del Estado”. Por este cargo fueron condenados Sócrates, a muerte, y Aristóteles, al exilio.

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Acto en el Ateneo, revista Mongolia contra el delito de blasfemia

febrero 23, 2023

En el acto participó Juanjo Picó, presidente de Europa Laica

Fotograma vídeo del acto
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Revista Mongolia, 23 de febrero de 2023

Ante la ola de querellas presentadas por entidades ultracatólicas por “ofensas a los sentimientos religiosos”, la revista Mongolia convocó el pasado lunes 20 de febrero de 2023 un acto en el Ateneo de Madrid para reivindicar el derecho a blasfemar y a cagarse en Dios, garantizado en las democracias más avanzadas pero no en España.

Libertad de expresión: Por el derecho a blasfemar

En el evento intervinieron:

– Darío Adanti, coeditor de Mongolia, revista satírica que ha puesto en marcha una campaña de micromecenazgo para defenderse de las querellas presentadas por Hazte Oír y Abogados Cristianos por la portada del número de diciembre, en la que se representaba un belén navideño.

– Ángeles González Sinde, escritora, guionista, directora de cine, exministra de Cultura y miembro del Instituto Quevedo de las Artes del Humor

– Juanjo Picó, presidente de Europa Laica, entidad que ha impulsado varias campañas para reformar el Código Penal para proteger la libertad de expresión.

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 Blasfemia: un pecado en el Código Penal (Podcast)

febrero 14, 2023

En nuestra democracia tenemos derecho a ofender, a criticar, a menospreciar, pero ojo: con Dios no se juega

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Fuente: Juan Luis Sánchez, El Diario, 14 de febrero de 2023

El artículo 525 sigue vigente en nuestro Código Penal y castiga a los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican:

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

Y si bien los jueces suelen archivar la mayoría de las denuncias por ofensa al sentimiento religioso, organizaciones ultracatólicas no cejan en su empeño de utilizar el articulo 525 para seguir llevando ante los tribunales a cuantos “les ofenden en sus sentimientos religiosos”. Así Abogados Cristianos vuelven a llevar a la revista Mongolia a los tribunales. Les acusan de un delito de ofensa a los sentimientos religiosos. ¿Eso sigue existiendo en España? Sí, y hoy se repasan algunos casos en los que se usa para intentar censurar la crítica.

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Europa Laica pide al fiscal general que actúe sobre las denuncias por ofensas religiosas

febrero 7, 2023

Europa Laica exige la derogación del artículo 525 del Código Penal.

Miembros de Abogados Cristianos, la asociación ultracatólica de la que han partido muchas de las denuncias por supuestas ofensas a los sentimientos religiosos.
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Fuentes: Nueva Tribuna (Andrea Vicario), / Observatorio del Laicismo, 7 de febrero de 2023

Europa Laica ha vuelto a exigir la derogación del artículo 525 del Código Penal que tipifica el delito de ofensa a los sentimientos religiosos o delito de blasfemia. En una carta dirigida a la Fiscalía General del Estado, la asociación reclama que se aborde este asunto en el marco de sus competencias y tome medidas sobre las denuncias y procedimientos judiciales abiertos. Asimismo, pide a los grupos parlamentarios que acometan sin dilación la retirada de este precepto, y otros similares como el de las críticas a la Corona, que afectan a la libertad de expresión y a la libertad de conciencia.

En los últimos años han sido numerosas las causas abiertas en aplicación de este delito de base religiosa. Entre las más recientes figura la demanda judicial a la revista satírica Mongolia por la portada navideña del pasado mes de diciembre en la que representaba a Jesucristo con el emoticono de un excremento.

El último objetivo ha sido el senador de Compromís Carles Mulet contra el que Abogados Cristianos ha presentado una querella por un delito de incitación al odio por comentarios vertidos en redes por el parlamentario después de la retirada de la cruz franquista en Castelló de la Plana en cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática y que provocó la ira de grupos fascistas tal y como se pudo ver en los vídeos publicados en Nuevatribuna.

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