La Audiencia de Barcelona ratifica el archivo de una querella por denuncia falsa presentada por la revista satírica sin ni siquiera abrir diligencias, pese a que los ultras habían aireado el invento de que se financia con el blanqueo de capitales del narcotráfico.
Cuando la sección número 2 de la Audiencia de Barcelona recibió, en 2023, un recurso de la asociación ultracatólica Hazte Oír contra la inadmisión a trámite de la querella que había presentado contra la revista satírica Mongolia por “ofensas a los sentimientos religiosos”, la sala esgrimió copiosa jurisprudencia para obligar al juzgado de Mataró a admitirla a trámite y examinar en las diligencias si los promotores de la revista tenían voluntad o no de herir los sentimientos de los cristianos con la portada del belén navideño.
En cambio, cuando la misma salacon exactamente los mismos integrantes, recibió en 2025 un recurso de Mongolia contra la inadmisión a trámite de la querella que había presentado, también en el juzgado de Mataró, contra la asociación ultracatólica Abogados Cristianos por denuncia falsa, esa jurisprudencia ya no se esgrimió. Todo lo contrario: en esta ocasión, los magistrados dieron por hecho que la entidad ultracatólica no tenía por qué saber que las disparatadas insinuaciones públicas que había lanzado contra Mongolia en forma de querella —que vive de subvenciones públicas y que se financia con el blanqueo de capitales del narcotráfico— eran en realidad bulos y falsedades fácilmente comprobables.
La asociación ultra Hazte Oír vuelve a apelar ante la Audiencia de Barcelona por la caracterización del niño Jesús en una ilustración
Fragmento de la portada de la revista por la que fue querellada y en la que se representaba al niño Jesús con un emoticón de un helado de chocolateconsiderado por los querellantes como un excremento __________________
El Juzgado de Instrucción número 4 de Mataró (Barcelona) ha archivado la demanda presentada por la asociación ultra Hazte Oír contra la revista satírica Mongolia, la última que quedaba abierta de las cuatro que presentaron diferentes organizaciones conservadoras por la portada de la publicación en su último número de 2022. La querella de Hazte Oír argumentaba que la publicación ofendía ”los sentimientos religiosos».
“Se produce una situación peculiar en este Juzgado”. En estos términos se expresa la magistrada de Mataró (Barcelona) para archivar la última de las cuatro querellas o denuncias que entidades de ultraderecha han presentado contra la revista Mongolia “por idénticos hechos”, estos son: la portada que se mofaba del belén.
En un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, la jueza da carpetazo a la última causa que permanecía viva contra los editores de la revista, Pere Rusiñol, Darío Adanti y Fernando Luis Carballo, por un delito de ofensa a los sentimientos religiosos.
El magistrado del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palencia, Victoriano Lucio, ha rechazado la iniciativa del Ayuntamiento de Dueñas (Palencia) de demoler una cruz y homenaje franquista tras aceptar una denuncia de Abogados Cristianos. La plataforma ultra llevó al juzgado que el pleno del Ayuntamiento de Dueñas aprobara la moción de Izquierda Unida (IU) —PSOE y PP se abstuvieron— para derribar el monumento que reza “Dueñas a sus Caídos”, menciona al fundador del partido fascista Falange, José Antonio Primo de Rivera, y alude a “mártires” de la zona.
El juez entiende que este término “nada tiene que ver con una mención conmemorativa en exaltación de la sublevación militar, de la Dictadura y de sus dirigentes” y que la inscripción sobre Primo de Rivera, ideólogo de las tesis franquistas, no es una “mención conmemorativa en exaltación personal de la sublevación militar y de la dictadura y de sus dirigentes, por la sencilla razón de que dicho personaje, llamado ‘el ausente’, al encontrarse preso, de entrada, no pudo participar en la sublevación militar”.
IU Dueñas ha anunciado que recurrirá la sentencia.
Se desestima la demanda de la Hermandad de Ánimas, que decía estar en propiedad de tres inmuebles inmatriculados por la Iglesia y construidos por los feligreses
A la derecha, parroquia de las Nieves de Topares; a la izquierda, los locales de la polémica | Google Maps ______________________
En enero del año 2022, un pequeño rincón de la provincia de Almería se convertía en un polvorín por una disputa con el Obispado: un grupo de habitantes de Topares, pedanía perteneciente a Vélez-Blanco, peleaba contra la Diócesis de Almería por la propiedad de unos locales situados junto a la parroquia de Nuestra Señora de las Nievescuyo alquiler gestionaba (y cobraba) la Hermandad de Ánimas de Topares, presidida por Alfonso Serrano.
Esta situación motivó concentraciones y protestas por parte de vecinos de esta pequeña pedanía perteneciente a Vélez-Blanco, que se resistían a dejar en manos que no fueran las propias unas dependencias que, según defendían, habían sido levantadas con aportaciones de los feligreses. La ruptura de relaciones llegó a tal punto que numerosos vecinos dejaron de ir a misa en su propia parroquia. No querían relacionarse con el entonces párroco, Miguel Joaquín Martín Romero, a quien señalaban como responsable de una situación que, finalmente, acabó en demanda. La Hermandad de Ánimas de Topares denunció al Obispado de Almería.
Un padre no es dueño de la vida de una hija mayor de edad y capaz de decidir
Tribunal Superior de Justicia de Barcelona. Detalle de la fachada del carrer dels Almogàvers | Wikipedia ___________________
Begoña De Miguel y Julen Goñi, El Salto (Opinión socias), 30 de septiembre de 2025
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado sentencia y ha rechazado el recurso que el padre de Noelia, a través de una fundación que se define como cristiana, había interpuesto en contra de la decisión de una jueza de Barcelona de dar validez legal a la solicitud de eutanasia de su hija, y lo ha rechazado porque concurren todos los requisitos que la ley exige para ello, en contra de lo que argumentaba su progenitor y la fundación que lo representa. Es decir, quienes han dictado sentencia se han limitado a corroborar, sin añadir nada, lo que ya estaba recogido en la llamada ley de eutanasia (LORE).
En este sentido, pocos motivos hay para alabar el contenido de dicha sentencia. En efecto, esta noticia aparentemente positiva desde el punto de vista de la defensa de los derechos de las personas tiene, sin embargo, un añadido, no solo contrario a los intereses de Noelia, la persona que solicita la eutanasia porque no desea seguir sufriendo, sino a la propia ley de eutanasia, porque, además de avalar el derecho de la familia a intervenir en el procedimiento, deja abierta la posibilidad de que esa intervención continúe después de esta sentencia, lo que, a buen seguro, y ojalá nos confundamos, no desaprovecharán quienes dicen defender la vida, pero que lo que en realidad consiguen es alargar el sufrimiento.
El TSJC y el Supremo estudian desde hace meses los recursos tras la negativa de dos juezas de Barcelona a permitir que familiares, uno de ellos representado por Abogados Cristianos, impugnen el derecho a morir
Los dos únicos casos judicializados de la eutanasia son de Barcelona ______________________
Oriol Solé Altamira, El Diario, 31 de julio de 2025
Son solo dos casos en toda España dentro de una aplicación general de la ley, pero han generado preocupación en las asociaciones en favor del derecho a morir dignamente. Una mujer y un hombre de Barcelona llevan más de un año sin poder ver materializada su eutanasia debido a la impugnación judicial que realizaron familiares suyos, uno de ellos representado por el colectivo ultracatólico Abogados Cristianos. Pese a tratarse de procedimientos preferentes, los jueces todavía no han resuelto una batalla legal que está lejos de concluir.
“Cuantitativamente estos dos casos no son un problema sistémico, porque el resto de eutanasias se van aprobando, pero suponen una actitud muy poco ética: por defender una posición ideológica, pasan por encima de la voluntad de los solicitantes de eutanasia”, expone Cristina Vallès, presidenta de la asociación Dret a Morir Dignament.
N., que no puede materializar su derecho a morir por la demanda de Abogados Cristianos, ha tenido que echar a miembros de una comunidad católica que han irrumpido en la habitación del hospital en que vive
Mensaje remitido a N. por parte de una integrante de un grupo católico ________________________
Oriol Solé Altamira, El Diario, 28 de julio de 2025
Las presiones de grupos católicos que la joven N. denunció durante el primer juicio de la historia de España contra una eutanasia legalmente concedida se han seguido produciendo. Así lo corroboran los mensajes de teléfono a los que ha tenido acceso elDiario.es, en los que los miembros de una comunidad cristiana escriben, en contra su voluntad, a la joven, a quien la Justicia mantiene en suspenso desde hace un año su voluntad de morir dignamente. “Realmente tiene que ser un infierno haber hecho esta opción”, reza uno de los mensajes.
La joven ha enviado una carta al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en la que denuncia que no poder materializar su derecho a morir dignamente supone alargar su sufrimiento. El caso se encuentra a la espera de que el TSJC resuelva (desde hace dos meses) el recurso del padre de la joven, que tuvo la custodia retirada durante parte de la minoría de edad de N., contra el aval de la jueza de primera instancia a la eutanasia. El padre está representado por los ultracatólicos Abogados Cristianos.
La hija de María Bueno fue declarada como “muerta al nacer” a principios de los ochenta. Ahora, tras una lucha de 15 años, su madre ha recibido del Registro Civil un certificado oficial que reconoce la existencia civil de su hija
Plataforma de víctimas de los casos de bebés robados (EP) / En el recuadro María Bueno, (fragmento foto de la reunión mantenida con el Defensor del Pueblo en diciembre de 2024 –Fuente) _______________________
El Registro Civil ha marcado un hito en la lucha de María Bueno, que lleva 15 años buscando a su hija, una ‘niña robada’ cuando nació en 1981 en el antiguo Hospital de La Línea, (Cádiz), al reconocer su existencia civil.
La hija de María Bueno, presidenta de la Asociación Alumbra y de la Plataforma Internacional ‘Te Estamos Buscando’, es uno de los 300.000 casos registrados por las asociaciones de “bebes robados” en España.
Tras una lucha de 15 años, ha recibido del Registro Civil un certificado oficial que reconoce la existencia civil de su hija María. Se trata, según la asociación, de la primera vez que el Registro Civil reconoce la identidad de una bebé robada.
Los coeditores de la revista satírica han comparecido el martes 25 de junio otra vez en el juzgado por “ofensas a los a los sentimientos religiosos” pese a tres archivos en firme por la misma portada.
Los coeditores de la revista satírica Mongolia han ido a declarara como imputados de un presunto delito de “ofensas a los sentimientos religiosos” -es decir: ¡blasfemia!- el martes 25 de junio, a las 10 de la mañana en el juzgado número 4 de Mataró (Barcelona)por la portada de la publicación de diciembre de 2022, que, con motivo de las navidades representaba un singular belén con el estilo habitual de Mongolia.
La querella la interpuso la asociación ultraderechista Hazte Oír e inicialmente no fue admitida a trámite. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona ha forzado la apertura de diligencias, a pesar de que hasta tres causas por la misma portada han sido ya todas archivadas y en firme.
“Nos habían contado que un principio básico de una democracia liberal es que no puede abrirse de nuevo un procedimiento ante ‘cosa juzgada’, salvo que aparezcan nuevos datos, pero da la impresión de que en este país los comandos ultracatólicos tienen algún tipo de bula; no tanto papal como judicial”, sostiene el humorista gráfico y coeditor de Mongolia Darío Adanti, quien se pregunta: “¿Quizá esta bula se explica por ejercer de fuerza de choque, como antaño las camisas negras, contra todo lo que huela a progresista o a librepensamiento en España?”
La Iglesia católica colombiana estará obligada a abrir sus ‘archivos secretos’ para desvelar los nombres de los sacerdotes investigados por pederastia, después de un histórico fallo de la Corte Constitucional del país ante la demanda presentada por los periodistas Juan Pablo Barrientos y Miguel Estupiñán. Unos datos (hasta la fecha sólo se les había entregado el 13% de los solicitados) que podrían arrojar los nombres de más de 5.000 curas abusadores.
La Corte amparó los derechos de petición y de acceso a la información de los periodistas que investigan casos de pederastia en la iglesia colombiana, luego de que se comprobara que la iglesia y organizaciones religiosas contestaban de forma incompleta o simplemente no contestaban.
La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, se pronunció sobre 50 expedientes acumulados de tutela relacionados con solicitudes de información de periodistas y con quejas de clérigos por supuesta vulneración de derechos.