Considero que el objetivo real de la norma no es proteger a la embarazada y a su familia porque, de ser así, el centro de la regulación sería la mujer gestante…Lo que se pretende es acostumbrar a la sociedad a identificar el concepto de «concebido no nacido» con el de «persona»…

_________________
José Antonio Bosch, Nueva Revolución, 24 de julio de 2026
El pasado 10 de julio se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 5/2026, de 7 de julio, de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia en la Comunidad de Madrid. Aunque el texto presenta algunas aristas jurídicas sobre las que, previsiblemente, terminará pronunciándose el Tribunal Constitucional, no es precisamente lo que dice la ley, su letra, lo que me preocupa, sino lo que no dice: su espíritu y las justificaciones y motivaciones que, al margen de su preámbulo, han venido difundiendo sus promotores.
A grandes rasgos, la nueva norma trata de establecer ayudas a la mujer embarazada y a la familia en la que se produce un embarazo, adelantando en el tiempo determinados beneficios que se obtendrían tras el nacimiento del nuevo miembro. Así, en lugar de tener que esperar al nacimiento para acceder a ciertas ayudas, se tiene por «nacido» al feto meses antes de que su madre dé a luz. Inicialmente, nadie en su sano juicio puede oponerse a que se aprueben ayudas para una familia en un momento en que aumentan sus necesidades y gastos y, además, como consecuencia de una actividad que interesa al conjunto de la sociedad: la reproducción.
Read the rest of this entry »
Posted by asturiaslaica 


























