Absuelto el vecino de Torrent que se enfrentaba a penas de prisión por cambiar la cerradura de una ermita

mayo 12, 2025

El acusado de un delito contra los sentimientos religiosos y coacciones actuó con el ánimo de recuperar la posesión del inmueble de su familia y avisó previamente al Arzobispado y al párroco

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12 de mayo de 2025

Contexto
Fuente

El juicio se había iniciado en febrero de este mismo año por haber cambiado la cerradura, tras avisos al Arzobispado y al párroco, por parte del propio propietario de la parcela en la que se construyó en 1970 el citado templo con permiso de la abuela del ahora acusado.

El Ministerio Fiscal solicitaba cuatro años de prisión para este vecino de Torrent por un delito contra los sentimientos religiosos por haber impedido con su acción que los feligreses pudieran celebrar la misa de todos los domingos [ artículos 525 y 523 del Código penal]. Las acusaciones particulares, ejercidas por el párroco como persona física y por la asociación de vecinos El Pantano de Torrent, también aprecian un delito de coacciones.

La familia propietaria de los terrenos, que pagaba el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) desde la construcción de la ermita en 1970 -que además financió la abuela del acusado– había planteado al Arzobispado de Valencia varias opciones, como la venta o alquiler de la parcela, incluso que se hicieran cargo del IBI (que además la Iglesia está exenta) y el pago de una responsabilidad civil ante cualquier percance que pudiera ocurrir allí, donde además se celebraban las fiestas patronales de la urbanización.

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