Un juzgado da la razón en primera instancia al Ayuntamiento castellonense en su demanda contra el Obispado de Tortosa que registró en 2015 como propia la torre exenta del templo de Sant Bartomeu

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Ferrán Bono, El País, 20 de octubre de 2021
El campanario es del pueblo. El sentir que muchos vecinos de Benicarló expresaban por las calles de la localidad castellonense hace nueve meses, con motivo del juicio sobre la propiedad de la torre exenta, ha sido refrendado por la justicia. El Juzgado de Primera Instancia número 3 de la cercana Vinaròs ha dado la razón al Ayuntamiento de Benicarló en su demanda contra el Obispado de Tortosa, que en 2015 la inscribió en el Registro de la Propiedad como parte de la popular iglesia de Sant Bartomeu.
La sentencia reconoce la propiedad municipal del campanario barroco de 37 metros de altura y de la vía pública que lo separa del templo (por lo que recibe la denominación arquitectónica de torre exenta), según afirma el Consistorio presidido por la socialista Xaro Miralles. El fallo señala que tanto el uso como el mantenimiento del edificio han sido responsabilidad del Ayuntamiento “sin oposición por parte del Obispado”. “Su uso y mantenimiento han ido a cargo del Ayuntamiento, lo que demuestra su posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante más de 30 años”, añade la sentencia. El fallo puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Castellón en un plazo de 20 días.
La jueza estima así la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de esta localidad contra el Obispado de Tortosa (Tarragona) y ha ordenado la cancelación de la inscripción del bien a nombre de esa diócesis en el Registro de la Propiedad, según informa este miércoles el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
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