La Audiencia de Castellón revoca la sentencia que declaraba la propiedad municipal de la torre campanario de Benicarló

octubre 9, 2022

El Tribunal estima el recurso de apelación del Obispado de Tortosa y falla que la Carta Puebla otorgada por el Rey Jaume I a los seis primeros pobladores de la localidad en 1246 “no acredita de forma suficiente” que el monumento pertenezca al Ayuntamiento

Campanario de Benicarló

Fuentes: Cadena SER, El Diario, 9 de septiembre de 2022

La Audiencia Provincial de Castellón ha revocado la sentencia de un juzgado de Vinaròs que declaraba la propiedad municipal de una torre campanario y una calle aledaña al mismo en Benicarló, que habían sido inmatriculados por la Iglesia en el año 2015. Hay que recordar que en la provincia de Castellón, la Iglesia puso a su nombre 212 bienes durante entre los años 1998 y 2015 gracias a una ley de 1946 y a la reforma posterior del Gobierno en el año 1998.

El origen de esta disputa está en la inmatriculación que hizo la Iglesia en 2015 de esta torre barroca de 37 metros levantada a principios del siglo XVIII en el lugar donde había existido otra anterior, pero que tiene la particularidad de que es un campanario exento, es decir, que no está unido a la iglesia, en este caso la de Sant Bartomeu. Tras conocerse esta inmatriculación en el Registro de la Propiedad por parte del obispado, fue impugnada por el actual gobierno municipal con el apoyo de todos los grupos municipales.

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El campanario de Benicarló es del pueblo, no de la Iglesia

octubre 20, 2021

Un juzgado da la razón en primera instancia al Ayuntamiento castellonense en su demanda contra el Obispado de Tortosa que registró en 2015 como propia la torre exenta del templo de Sant Bartomeu

El campanario exento de Benicarló y fachada principal templo

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Ferrán Bono, El País, 20 de octubre de 2021

El campanario es del pueblo. El sentir que muchos vecinos de Benicarló expresaban por las calles de la localidad castellonense hace nueve meses, con motivo del juicio sobre la propiedad de la torre exenta, ha sido refrendado por la justicia. El Juzgado de Primera Instancia número 3 de la cercana Vinaròs ha dado la razón al Ayuntamiento de Benicarló en su demanda contra el Obispado de Tortosa, que en 2015 la inscribió en el Registro de la Propiedad como parte de la popular iglesia de Sant Bartomeu.

La sentencia reconoce la propiedad municipal del campanario barroco de 37 metros de altura y de la vía pública que lo separa del templo (por lo que recibe la denominación arquitectónica de torre exenta), según afirma el Consistorio presidido por la socialista Xaro Miralles. El fallo señala que tanto el uso como el mantenimiento del edificio han sido responsabilidad del Ayuntamiento “sin oposición por parte del Obispado”. “Su uso y mantenimiento han ido a cargo del Ayuntamiento, lo que demuestra su posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante más de 30 años”, añade la sentencia. El fallo puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Castellón en un plazo de 20 días.

La jueza estima así la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de esta localidad contra el Obispado de Tortosa (Tarragona) y ha ordenado la cancelación de la inscripción del bien a nombre de esa diócesis en el Registro de la Propiedad, según informa este miércoles el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

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