Solicita que investigue «si los actos registrales» fueron «conformes con la Constitución» y que, si se confirma su invalidez, promueva «las actuaciones necesarias para su declaración de nulidad«.
(Foto de ARCHIVO) Vista del interior de la Mezquita de Córdoba | Madero Cubero-Europa Press ______________
La Coordinadora Recuperando, una asociación que pretende «la recuperación del patrimonio inmatriculado» por la Iglesia Católica, ha presentado una queja ante el Defensor del Pueblo. En ella, solicita que la institución investigue la actuación de los registros de la propiedad que, señalan a Público, «permitieron a la Iglesia inmatricular miles de bienes mediante certificaciones eclesiásticas desde la entrada en vigor de la Constitución, en 1978, hasta la eliminación de este privilegio en 2015″.
La queja, según explican desde la asociación a este periódico, «no pide al Defensor que determine quién es el propietario de cada inmueble«: «Lo que solicita es que investigue si los actos registrales que hicieron posibles esas inmatriculaciones fueron conformes con la Constitución y que, si se confirma su invalidez, promueva ante los organismos competentes las actuaciones necesarias para su declaración de nulidad«.
El artículo de Antonio Naval Mas publicado en El Diario de Huesca, “La sentencia definitiva sobre el Santuario de Casbas de Ayerbe”, 6-07-2026, tiene miga por sus diversos enfoques que tienen como titular el citado Santuario (obispado de Huesca) y como fondo ciertas referencias a las propiedades de la iglesia, la gestión de sus bienes, el entorno de la catedral oscense y los legados y donaciones.
La Seo de Zaragoza [ábside, cimborrio y torre] desde plaza de San Bruno | Fuente ___________________
Me voy a referir aquí a lo que repite reiteradamente el autor sobre las propiedades de la Iglesia: sus edificios de culto, dando por hecho que “por costumbre inveterada por la aceptación de todos” han sido propiedad de la Iglesia Católica. y que “era el derecho consuetudinario que no ha puesto en cuestión la propiedad de los edificios religiosos”. Dicho esto por Antonio Naval, historiador del arte y sacerdote, entiendo que le asiste el ”Derecho divino” como tal, aserto defendido por la alta jerarquía católica. En su texto, se amontonan los términos propiedad, posesión y gestión, como si fueran similares, pero no lo son. Veamos.
Por mi parte, como historiadora del arte y miembro de la sociedad civil, me rijo por un cierto conocimiento a través de las investigaciones de otros relativas a las propiedad de la I.C. que, curiosamente, tienen que ver con las inmatriculaciones realizadas sobre los inmuebles de culto en las últimas décadas, 1946-1998-2015.
Resulta ser cierta aquella expresión del Siglo de Oro “cree el ladrón que todos son de su condición”. Porque es difícil encontrar una afirmación que refleje mejor la actuación de la propia institución a la que representa. Una institución que, gracias a un privilegio jurídico heredado del franquismo y ampliado en 1998 por el Gobierno de José María Aznar, ha promovido la inmatriculación de más de 100.000 bienes inmuebles desde 1946 mediante un procedimiento excepcional que le permitía inscribir propiedades con la simple declaración escrita de un obispo; sin ningún otro tipo de garantía.
Y, además, realizado con una opacidad difícilmente compatible con una sociedad democrática. Las inmatriculaciones se hicieron sin publicidad efectiva, sin conocimiento de los pueblos, sin que los vecinos pudieran defender sus derechos, sin informar a los ayuntamientos y, en no pocas ocasiones, incluso sin que los propios párrocos conocieran que iglesias, ermitas, cementerios, huertos, casas rectorales, fincas o monumentos históricos estaban siendo inscritos a nombre de la diócesis correspondiente.
Una visión laica y republicana sobre el mayor proceso de apropiación patrimonial de la historia contemporánea de España
Santa Cristina de Lena, Asturias. Construida hacia el año 850 es uno de los ejemplos más interesantes del arte prerrománico asturiano, incluido en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO. Inmatriculada por la iglesia | Fuente foto ____________________
Pedro María Fernández Sandino, Errepublika Plaza, 6 de julio de 2026
Pocas cuestiones simbolizan con tanta claridad la persistencia de los privilegios históricos de la Iglesia católica en España como el fenómeno de las inmatriculaciones. Nos encontramos ante un proceso que, constituye uno de los mayores episodios de privatización de patrimonio colectivo de la historia contemporánea española. No se trata únicamente de una controversia jurídica o registral. Estamos ante un problema político, histórico, patrimonial y democrático que afecta a miles de iglesias, ermitas, cementerios, casas rectorales, huertas, plazas, terrenos comunales y edificios históricos que durante siglos fueron considerados bienes de uso público, comunal o perteneciente al patrimonio histórico de la nación.
La cuestión de las inmatriculaciones no puede analizarse únicamente desde la reforma hipotecaria impulsada por José María Aznar en 1998. Sus raíces se hunden en una larga evolución histórica que incluye la legislación republicana de 1931-1933, la ruptura producida por la Guerra de España, el Concordato franquista de 1953 y los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede de 1976 y 1979.
Procesión en Tarragona | Europa Press _________________
Enrique Javier Díez Gutiérrez, Público, 30 de junio de 2026
Hubo un tiempo en que el refrán popular decía «calumnia, que algo queda». Hoy, en España, podríamos actualizarlo con una expresión más ajustada a nuestra realidad patrimonial: «inmatricula, que algo queda». Porque eso es precisamente lo que ha ocurrido durante décadas: miles de bienes que pertenecían al común, construidos y mantenidos por generaciones de vecinos y vecinas, fueron inscritos a nombre de la Iglesia católica gracias a un privilegio legal fascista, heredado de la dictadura franquista y ampliado por el régimen de Aznar, sin necesidad de que la jerarquía católica acreditara la propiedad mediante títulos de dominio como se exige a cualquier otra persona o entidad.
La cuestión de las inmatriculaciones es una cuestión radicalmente democrática. Habla de quién puede apropiarse de lo que es de todos, de qué privilegios sobreviven en un Estado que se define como aconfesional y de cómo la desigualdad jurídica puede convertirse en una gigantesca transferencia de patrimonio colectivo hacia una institución privada.
Juan José Tamayo escribe sobre el libro El expolio de las inmatriculaciones de la Iglesia. La Mezquita de Córdoba y otros casos de libro (Akal, 2026): Antonio Manuel Rodríguez Ramos y Aristóteles Moreno Villafaina ofrecen una documentada investigación sobre el registro de miles de fincas como bienes privados por parte de la Iglesia católica
El interior de la mezquita de Córdoba, en agosto de 2025 |Álex Cámara (Anadolu / Getty Images) ________________
Todo comenzó el 19 de diciembre de 1946, fecha en la que el Boletín Oficial del Estado publicaba el decreto de la nueva redacción de la Ley Hipotecaria que autorizaba a la Iglesia católica a llevar a cabo el mayor expolio del patrimonio nacional de la historia de España. La norma franquista permitía a dicha Iglesia, la única religión reconocida y la oficial del Estado español, el registro de miles de fincas como si fuera una administración pública, sin documento alguno que acreditara su propiedad. Era el “privilegio franquista”.
Así comienza la documentada investigación de Antonio Manuel Rodríguez Ramos, profesor de Derecho Civil de la Universidad de Córdoba, y Aristóteles Moreno Villafaina, periodista e investigador, El expolio de las inmatriculaciones de la Iglesia. La Mezquita de Córdoba y otros casos de libro (Akal, 2026).
Los expertos urgen una reforma legal para declarar nulas miles de apropiaciones eclesiásticas similares efectuadas sin garantías jurídicas. El Obispado de Málaga inscribió a su nombre el templo en 2008 sin aportar ningún documento de titularidad y el registrador se lo permitió pese a ser propiedad del Ayuntamiento nerjeño
Ermita de San Isidro |Imagen descargada de la web oficial del Ayuntamiento de Nerja ___________________
Aristóteles Moreno Villafaina, La Voz del Sur, 21 de junio de 2026
En 2008 el obispo de Málaga se presentó ante el registro de la propiedad para poner a su nombre la Ermita de Nerja. El prelado no disponía de ningún documento escrito que demostrara su propiedad. Únicamente presentó un autocertificado expedido por él mismo que lo acreditaba como autoridad pública y lo equiparaba a un funcionario del Estado con capacidad de inscribir bienes sin título de dominio. El registrador no le exigió ningún documento mercantil ni verificó si la Ermita de San Isidro ya estaba inscrita a nombre de otro titular.
Y lo estaba. Era propiedad del Ayuntamiento de Nerja. El templo fue construido y sufragado entre el Consistorio malagueño y el Patronato de la Cueva de Nerja en 1986 sobre terreno del cementerio también propiedad municipal desde su fundación en 1901. Todos esos datos están perfectamente documentados en el Archivo Municipal de Nerja y en las Hojas de Registro Fiscal de 1922, donde figuran los inmuebles urbanos, propiedades y derechos del Ayuntamiento.
La plataforma ciudadana que defiende la recuperación del acceso libre al Patio de los Naranjos ha denunciado hoy una nueva ocupación del espacio público por parte del Cabildo Catedralicio de Sevilla en el entorno de la Puerta del Perdón, una actuación que consideran injustificada y contraria al interés general de la ciudadanía.
Como cada tercer jueves de mes, integrantes de la plataforma se concentraron en las inmediaciones del Patio de los Naranjos para informar a vecinos y visitantes sobre la campaña de recogida de firmas en favor de la apertura libre de este espacio histórico. Durante la jornada comprobaron que la zona reservada para la gestión de los flujos turísticos de la Catedral ha sido ampliada mediante la instalación de postes, cintas y señalización que ocupan buena parte de un espacio destinado tradicionalmente al tránsito peatonal.
El paso del papa León XIV por España deja una inyección millonaria en materia de turismo religioso, mientras siguen creciendo, no el número de declarantes, pero sí las aportaciones a la iglesia en la declaración de la renta. Sin embargo, en esta visita se están pasando por alto varios privilegios económicos como la exención del pago del IBI o las inmatriculaciones. Lo analizamos con José Antonio Naz Valverde, presidente de Europa Laica.
El podcast completo puede oírse tras el fragmento sobre el negocio de las inmatriculaciones de la iglesia que recoge la Plataforma Mezquita Córdoba | sosmezquitacordoba, en Instagram:
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por el Obispado de Mallorca contra la sentencia de la Audiencia Provincial que reconoce a las monjas jerónimas la propiedad del Monasterio de Santa Isabel.
La Federación de Monasterios de Monjas Jerónimas de Santa Paula ha recibido la comunicación este viernes de la resolución, dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, que declara firme la sentencia de 2024 e impone las costas al Obispado.
En un comunicado, la priora del monasterio, Ángeles Sanz, ha celebrado la resolución, que zanja definitivamente la controversia iniciada en 2014 con el obispo Javier Salinas.
«Celebramos fervientemente que este pronunciamiento del Tribunal Supremo sea el último capítulo de esta controversia, tan larga como lamentable, que nos ha enfrentado a alguien tan de la Iglesia como es un obispo», ha subrayado.