El Alto Tribunal da la razón a la fundación española Abogados Cristianos que había presentado inicialmente la demanda contra la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI)

22 de septiembre de 2022
Contexto
En 2019, cuando se cumplía un año de la demanda interpuesta por los Abogados Cristianos conta la Asociación de Centros Acreditados, el juez da la razón a la Asociación de profesionales que había sido acusada de difundir información falsa en su web y de competencia desleal.
En 2020 La Audiencia Provincial de Oviedo estima el recurso de apelación presentado por Abogados Cristianos y declara «ilícita por engañosa la publicidad» realizada por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI) en su página web, cuando dice que el aborto «no deja secuelas».
Ahora, en una sentencia con fecha 14 de septiembre, el Tribunal Supremo inadmite el recurso extraordinario y el recurso de casación presentados por ACAI contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo de enero de 2020 por «falta de justificación del interés casacional».
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