El Parlamento de Navarra ha debatido, y aprobado, una moción por la que se insta al Gobierno de España a la anulación de la normativa estatal que posibilitó las inmatriculaciones de la Iglesia católica…
Parlamento de Navarra. Pleno 5 de febrero de 2026| Captura de pantalla ___________________________
El Pleno del Parlamento ha aprobado, con los votos a favor de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, y los votos en contra de UPN, PPN, G-Mixto y no adscrita, una resolución por la que se insta al Gobierno de España a “promover una ley que declare la nulidad del artículo 206 de la Ley Hipotecaria desde la entrada en vigor de la CE y, solamente para la Iglesia católica, con su consecuente artículo 304 del Reglamento Hipotecario de 1947, así como de cualquier otro precepto concordante, que permitieron la inmatriculación de bienes por parte de la Iglesia católica mediante certificación eclesiástica administrativa”.
La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a su vez, se exhorta al Congreso de los Diputados a “aprobar las reformas legislativas necesarias para declarar la nulidad de pleno derecho de las inmatriculaciones realizadas al amparo de dicha normativa inconstitucional”.
Desde la institución eclesiástica aseguran que procedieron a registrar los terrenos porque en el catastro municipal constaba como titular la Colegiata de Santa María
Mirador del Bellveret i Ermita de Sant Josep i Castello | Wikimedia Commons _________________
Fuentes: Las Provincias (B. González) / Levante (Sergio Gómez), 29 de octubre de 2025
Hasta 1998, la Iglesia podía inmatricular bienes mediante certificación, pero no en el caso de los templos. Fue a partir de ese año cuando comenzó en España el proceso de inmatriculación de bienes por parte de la entidad eclesiástica, a raíz de la reforma del Reglamento Hipotecario al considerarse inconstitucional y discriminatoria la exclusión de los templos católicos de la inscripción, dado que otras confesiones sí que tenían registrados sus espacios de culto.
Así, desde 1998 y hasta 2015 la Iglesia inscribió en el Registro de la Propiedad unos 35.000 bienes, de los que alrededor de 15.000 fueron viviendas, suelos o terrenos. Uno de esos terrenos que fueron inmatriculados fueron los del Bellveret, junto a la ermita de Sant Josep, en Xàtiva, concretamente consta como propiedad de la Iglesia en el Registro desde el año 2002.
Declara nulo el título de posesión inmemorial «por el cual la iglesia había adquirido la propiedad de la finca registral», destacan fuentes del Ayuntamiento
Ermita de San Francisco Náquera | Fuente foto ____________________
El Ayuntamiento de Náquera (Valencia) en 2022, gobernado entonces en coalición por UPdN y PSOE, había pedido al Registro la corrección de la doble inmatriculación de la ermita, la primera a favor del municipio y la segunda a favor de la Iglesia, advirtiendo a la Iglesia de que acudirán a los tribunales si no acepta que el edificio sea de exclusiva propiedad municipal, como finalmente así ha sido.
La ermita, en un terreno cedido en 1886 por el marqués de Boil a la Corporación municipal, según recogía El Diario, figura desde el 25 de febrero de 2010 en el Registro de la Propiedad de Massamagrell; el espacio está inmatriculado a nombre de la Parroquia de Nuestra Señora de la Encarnación de Náquera.
El alcalde señalaba que la primera inscripción «correspondió al Ayuntamiento». Posteriormente, y por un error, ya que el Registro no debía haberlo aceptado, la Iglesia acudió para hacer lo propio y se le permitió realizar el trámite que ahora se desea corregir.
El TSJA respalda el registro de unos terrenos de Hornachuelos a favor de su legítima propietaria, una empresa ganadera, después de que el Tribunal Supremo fallara que la entidad religiosa nunca pudo probar su titularidad
Vista aérea de Hornachuelos | Madero Cubero ___________________
Alejandra Luque, Cordópolis, 10 de septiembre de 2025
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, ha puesto fin al último intento del Obispado de Córdoba en su pugna por una finca de Hornachuelos al desestimar el recurso que había presentado contra la inscripción catastral a favor de la ganadería titular de los terrenos. Según la sentencia la que ha accedido este medio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera ajustada a derecho la alteración catastral aprobada por la Gerencia del Catastro de Córdoba y rechaza los argumentos del Obispado, que ya había perdido en los tribunales la titularidad de los terrenos.
El conflicto tiene más de una década de recorrido. En 2006, la empresa ganadera compró la finca en cuestión, que se encuentra en el término municipal de Hornachuelos. En 2018, el Obispado de Córdoba reclamó como suya una porción de esos terrenos e inició un procedimiento judicial para que se le reconociera la propiedad.
El Cabildo se apropió de la Mezquita de Córdoba en 2006 aprovechando un privilegio franquista que equiparaba a la Iglesia católica con la Administración y a los obispos con notarios
La consejera de Cultura y Deporte, Patricia del Pozo junto a representantes del Cabildo en la Mezquita de Córdoba ________________
Desgraciadamente, no es la primera vez que arde la Mezquita de Córdoba. En mayo de 1910, un rayo provocó un incendio en el crucero de la Catedral, el corazón católico del monumento. Un guarda municipal fue el primero en subir al tejado y avisar a los bomberos. Después acudieron los concejales, los directores del Museo Provincial y de la Escuela de Artes, el arquitecto municipal y el gobernador civil. El alcalde coordinaba el operativo. Todos estuvieron presentes en la tragedia menos el obispo.
Un diario católico justificó su ausencia porque el asunto “no es incumbencia del clero”. A preguntas del redactor del Diario Córdoba, que tuvo que desplazarse al Palacio Episcopal para entrevistarlo, el obispo manifestó “que siempre ha sido partidario de que se adoptaran en nuestra Mezquita las medidas preventivas de los pararrayos, como los tiene el Palacio Episcopal y el Seminario, que son de su incumbencia, pero él no podía hacer nada en ese sentido referente a la Catedral, que era de incumbencia del Estado”. Así pues, quede claro desde ya que a comienzos del siglo XX el obispo de Córdoba reconocía públicamente que la Mezquita no era suya, y denunciaba al Gobierno como el único responsable de lo ocurrido al atribuirle la titularidad y la competencia exclusiva sobre la gestión del monumento.
La organización considera » injusto que las administraciones públicas (toda la ciudadanía) sufragaran la restauración» tras el incendio. También Podemos exige que la Iglesia sufrague la reparación de la mezquita de Córdoba, e IU que se revierta su inmatriculación
Interior de al Mezquita / Foto Andalucía Laica ________________
Tras el incendio en el interior de la Mezquita de Córdoba, monumento de incalculable valor, declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1984, Andalucía Laica exige una investigación independiente y transparente de las causas y los errores en su protección.
«Ante un patrimonio cultural tan relevante debemos considerarnos custodios en su preservación y legado a generaciones futuras. Es común que en monumentos con gestión privada se prime el rendimiento económico y se escatimen medidas de control y seguridad», explica la organización laica.
La mezquita fue “Propiedad Pública” desde su conquista en 1236 por el reino de Castilla. La Iglesia Católica ha disfrutado de su uso y explotación pero las decisiones importantes siempre eran tomadas por el Estado. La Iglesia sólo figura como propietaria por su inmatriculación en 2006, gracias a Leyes Hipotecarias de 1946 y 1998 que la convierten de forma ilegítima en sujeto de Derecho Público. «No es admisible que las Administraciones Públicas ignoren el expolio de las inmatriculaciones de la Iglesia católica», denuncia Andalucía Laica.
La Iglesia Católica goza hoy de una impunidad que se deriva de su estatus privilegiado y de la falta de mecanismos efectivos para revertir las inmatriculaciones
En España, la cuestión de los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica representa una de las heridas abiertas en la lucha por la justicia histórica y la equidad. Durante décadas, esta institución ha acumulado un vasto patrimonio inmobiliario mediante un proceso conocido como inmatriculación, que le permitió registrar a su nombre miles de propiedades sin necesidad de demostrar titularidad.
El proceso de inmatriculación y la acumulación de bienes
La inmatriculación es el procedimiento mediante el cual un bien se inscribe por primera vez en el Registro de la Propiedad. En el caso de la Iglesia Católica, este proceso se vio facilitado por una serie de leyes que le otorgaron privilegios extraordinarios. Desde 1946, bajo el régimen franquista, la Ley Hipotecaria permitió a los obispos registrar propiedades con una simple certificación eclesiástica, sin necesidad de presentar pruebas fehacientes de propiedad. Este mecanismo, diseñado para compensar a la Iglesia por las desamortizaciones del siglo XIX, se mantuvo vigente hasta 2015.
El fuego se originó hacia las nueve y cuarto de anoche en una capilla ubicada en las naves junto a la ampliación de Almanzor, donde el Cabildo almacena maquinaria de limpieza además muchas sillas amontonadas, junto a la capilla del Espíritu Santo. Estas sillas se usan para los distintos oficios que se llevan a cabo en las capillas cercanas
El fuego se originó hacia las nueve y cuarto de anoche en una capilla ubicada en las naves junto a la ampliación de Almanzor, donde el Cabildo almacena maquinaria de limpieza además muchas sillas amontonadas, junto a la capilla del Espíritu Santo. Estas sillas se usan para los distintos oficios que se llevan a cabo en las capillas cercanas.
El fuego fue extinguido gracias a la actuación de tres dotaciones de bomberos, que se desplazaron de inmediato hasta el monumento para contener las llamas. El origen, una de las barredoras automáticas se incendió por un fallo eléctrico cuando estaba cargando, para prepararse para el turno de mañana. La carga falló y tras un chispazo la máquina comenzó a arder.
Tras avistarse la columna de humo, inmediatamente se puso en marcha el Plan de Autoprotección de la Mezquita-Catedral para combatir las llamas, originadas sobre las 21.15 horas en una capilla ubicada en las naves de Almanzor y que se estaba utilizando como almacén de la maquinaria que se usa habitualmente en la mezquita, cuya construcción se remonta al año 786, con varias fases constructivas desde Abd al-Rahman I hasta Almanzor, a finales del siglo X.
El cementerio de Barbate ha sido explotado económicamente por la iglesia durante décadas. El Ayuntamiento había cedido hace un siglo su gestión a la parroquia de San Paulino y el obispo de Cádiz, Rafael Zorzona, lo inscribió a su nombre en 1983 gracias a un privilegio franquista inconstitucional[1]
Algunas de las pintadas de protesta junto a la entrada del cementerio. El descontento de los usuarios por el incremento de precios en los servicios, los cierres en festivos o fines de semana y el deficiente mantenimiento provocaron manifestaciones y protestas en 2024 / Juan Carlos Toro ________________
En agosto del año 2023, el Obispado de Cádiz que aún preside de forma interina Rafael Zornoza, se hizo con el control del cementerio de Barbate en lugar de la parroquia local de San Paulino que lo había ejercido siempre.
Cuando habían transcurrido varias semanas de ese cambio que parecía ser un mero ajuste administrativo, un acuerdo entre instituciones, comenzó a crecer un notable malestar entre los usuarios, entre los familiares de los finados que realizaban visitas frecuentes o los que se veían obligados a enterrar a un pariente.
Subida de precios de todos los servicios, cambios de horario con cierres inesperados en festivos y fines de semana, falta de mantenimiento, choques con el minúsculo equipo de trabajadores… Los conflictos se acumularon durante meses hasta que llegó la catarsis.
Pintadas de tono agresivo en los muros blancos y gritos de protesta en el silencio del cementerio fueron el siguiente paso. Hasta que llegó una pequeña pero insólita manifestación.
Un centenar de vecinos se reunió el lunes 2 de septiembre de 2024 frente al Ayuntamiento de Barbate con carteles, eslóganes ensayados, gritos y megáfono. Una protesta en toda regla, como Dios manda.
Algunos de los que se concentraban hablaban de subidas del 300% en la venta de nichos y otros servicios esenciales. Los problemas de iluminación o los bruscos cierres en jornadas propicias para la visita eran otros de los reproches.
El incremento de precio de nichos y mantenimiento era uno de los motivos de queja / Juan Carlos Toro ________________
El alcalde andalucista, Miguel Molina[2], se vio obligado a sentarse con el Obispado para transmitir el enfado creciente y abrir una negociación que ha culminado ocho meses después. El camposanto pasa a ser gestionado por la administración municipal.
El malestar era tanto que el cambio de propiedad recibe un apoyo plenario unánime de AxSí, Partido Popular y PSOE
La sesión plenaria del pasado miércoles 4 de junio daba un respaldo unánime (AxSí, PSOE y PP) al convenio «de cesión gratuita» mediante el cual el Ayuntamiento asume la «titularidad plena del cementerio municipal, así como su gestión y explotación económica».
Cesión gratuita de todos los derechos
El acuerdo contempla «la cesión gratuita de todos los derechos» que pudieran corresponder tanto a la Diócesis como a la parroquia barbateña de San Paulino» responsable hasta 2023 sobre la finca donde se ubica el cementerio actual.
También se incluye la entrega al Ayuntamiento de «la posesión de la finca de dominio público en la que se realizó la ampliación del antiguo cementerio, así como la cesión de la totalidad de los bienes, instalaciones y documentos de gestión asociados».
«Este convenio supone que el cementerio queda integrado en el patrimonio municipal, como servicio público esencial al que se vincularán todos los derechos y deberes derivados de su administración», concluye el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento, aliviado tras meses de protestas: «El acuerdo garantiza una gestión directa, eficiente y adecuada»
Como parte del proceso, se procede a la subrogación del personal laboral[3]que actualmente presta servicio en el cementerio, garantizando así los derechos de los trabajadores.
Una vez formalizado el convenio en escritura pública, se inscribirá en el Registro de la Propiedad y en el Inventario Municipal de Bienes. Asimismo, se informará al Departamento de Urbanismo para su inclusión en el planeamiento del municipio.
Desde el Ayuntamiento «se valora muy positivamente este acuerdo, que resuelve la situación de la titularidad del camposanto local y garantiza una gestión directa, eficiente y adecuada a las necesidades de la ciudadanía, cumpliéndose el compromiso adoptado por el equipo de gobierno con la ciudadanía».
Texto: Barbate incorpora oficialmente el cementerio a su patrimonio municipal.
Formalizada la cesión del cementerio de Barbate al Ayuntamiento por parte del Obispado de Cádiz
El Ayuntamiento de Barbate ha firmado el lunes 7 de julio en Notaría la cesión gratuita del Cementerio Municipal, consolidando así la titularidad plena del mismo por parte del Consistorio. Un acto histórico que marca un antes y un después en la gestión de este servicio público esencial para la ciudadanía.
La firma formaliza el acuerdo aprobado por unanimidad en el Pleno municipal celebrado el pasado 4 de junio, en el que todos los grupos políticos respaldaron el borrador del convenio de cesión gratuita entre el Ayuntamiento de Barbate, la Diócesis de Cádiz-Ceuta y la Parroquia de San Paulino. ______________________
[1] Un pueblo gaditano descubre que la Iglesia se ha apropiado del monte público sobre el que se construyó su cementerio (2023) El Ayuntamiento de Barbate cedió hace un siglo la gestión del camposanto a la parroquia de San Paulino y el obispo de Cádiz lo inscribió a su nombre en 1983 gracias a un privilegio franquista inconstitucional. […] Lo llamativo es que el registrador de la propiedad hubiera admitido en 1983 la inscripción de la necrópolis a nombre de la Iglesia católica cuando la finca era de naturaleza pública y la titularidad recaía en los ayuntamientos de Barbate y Vejer de la Frontera…
[3] Pedro Álvarez, el barbateño que ha vencido al Obispado en su lucha por la dignidad del cementerio (2025) [Citado en el vídeo del Ayuntamiento entre los trabajadores que continuarán en el cementerio municipal] Pedro Álvarez fue apartado del camposanto de Barbate, -después de la entrada directa de la Diócesis en su gestión en agosto de 2023-, donde llevaba trabajando 20 años, y logra ahora que la Inspección de Trabajo reconozca el acoso sufrido bajo la gestión eclesiástica.
Si la Administración no actúa, está incumpliendo su deber de proteger el patrimonio público, lo que puede derivar en responsabilidades políticas y jurídicas
Los bienes de origen eclesiástico, tanto aquellos sin culto (desamortizados en el siglo XIX) como aquellos con culto (que han sido objeto de inmatriculación reciente mediante certificación eclesiástica), presentan indicios de presunto dominio público que obligan a las Administraciones Públicas a investigar su situación registral y a protegerlos en caso de posible despojo.
Dado que no existe una norma expresa que establezca qué bienes eclesiásticos deben considerarse de dominio público, es posible fundamentar la obligación de actuar sobre principios jurídicos generales, normativa de patrimonio público y jurisprudencia.
A continuación, se desarrollan dos grandes indicios de presunto dominio público, uno basado en la desamortización eclesiástica del siglo XIX y otro en la falta de título válido en las inmatriculaciones por certificación eclesiástica.