Inmatriculaciones | Una sentencia ratifica que la ermita de Náquera es de propiedad municipal

octubre 25, 2025

Declara nulo el título de posesión inmemorial «por el cual la iglesia había adquirido la propiedad de la finca registral», destacan fuentes del Ayuntamiento

Ermita de San Francisco Náquera | Fuente foto
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Fuentes: Las Provincias / Las Provincias / Valencia News, 25 de octubre de 2025

El Ayuntamiento de Náquera (Valencia) en 2022, gobernado entonces en coalición por UPdN y PSOE, había pedido al Registro la corrección de la doble inmatriculación de la ermita, la primera a favor del municipio y la segunda a favor de la Iglesia, advirtiendo a la Iglesia de que acudirán a los tribunales si no acepta que el edificio sea de exclusiva propiedad municipal, como finalmente así ha sido.

La ermita, en un terreno cedido en 1886 por el marqués de Boil a la Corporación municipal, según recogía El Diario, figura desde el 25 de febrero de 2010 en el Registro de la Propiedad de Massamagrell; el espacio está inmatriculado a nombre de la Parroquia de Nuestra Señora de la Encarnación de Náquera.

El alcalde señalaba que la primera inscripción «correspondió al Ayuntamiento». Posteriormente, y por un error, ya que el Registro no debía haberlo aceptado, la Iglesia acudió para hacer lo propio y se le permitió realizar el trámite que ahora se desea corregir.

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Guerra abierta entre las monjas jerónimas y el obispo de Mallorca: misas prohibidas en un codiciado convento

enero 9, 2025

El prelado vetó una Misa del Gallo en la capilla del recinto. Desde hace diez años se discute la propiedad de una joya arquitectónica situada en el centro de Palma. Dos sentencias dan la razón a las religiosas, pero la diócesis recurrió al Supremo[1]

Vista al mar desde el campanario de la iglesia / Francisco Ubilla
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Pablo Sierra del Sol/Francisco Ubilla, El Diario, 9 de enero de 2025

Cuando el cura descolgó el teléfono nadie podía imaginarse que aquella llamada les dejaría con la palabra de Dios en la boca. Sin –tempranera– misa de Maitines. Era el mediodía del 24 de diciembre. La iglesia estaba llena de personas sin recursos y de benefactores. Todos, alrededor de la imagen de un Niño Jesús. El sacerdote colgó el teléfono y explicó en público lo que acababan de decirle: prohibida la Eucaristía. Donde manda obispo no manda sacerdote.

“Me han llamado diciéndome que esta iglesia no está abierta al culto y que no puedo celebrar la misa. Me corresponde callar y rezar para que la Justicia se manifieste. De todas maneras quiero felicitaros a todos, daros las gracias y desearos una Navidad agradable. Creamos en la bondad que Jesús expresó con su nacimiento… Él quiere que nos humanicemos y hagamos el bien”. No hubo Misa del Gallo, pero un niño recitó el Sermó de la Calenda, se cantó la Sibil·la, y el Coro del Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears entonó Adeste Fideles, y, luego, ricos y pobres se sentaron a comer en la misma mesa.

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El obispo Taltatavull recurre una sentencia: ¿Otro Belorado pero a la inversa? · Alejandro F. Barrajón

julio 5, 2024

Algunas preguntas que nadie va a responder

Sebastia Taltavull, obispo de Mallorca / Fuente foto
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Alejandro Fernández Barrajón, Religión Digital, 5 de julio de 2024

El obispo Taltavull recurre(1) ante el Supremo la Sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que confirma lo ya sentenciado en el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma: que las monjas jerónimas son las legítimas propietarias de su hogar, del Monasterio de Santa Isabel.

¿Otro Belorado, pero a la inversa?

No salgo de mi asombro aunque, visto lo visto, ya no me extraña nada lo que tenga que ver con el obispo de Mallorca, Taltavull. Va a entrar por su propio pie en el libro de la ignominia de Mallorca. Si es que no está inscrito ya. Resulta que ahora, después de perder un vergonzoso litigio con las monjas jerónimas, de Mallorca a las que quería quitarles el convento de Santa Isabel, recurre la sentencia de la Audiencia Provincial ante el Tribunal Supremo, después de que la Madre Federal de las Monjas Jerónimas le suplicase, con unos bellos razonamientos evangélicos (Yo me hice eco de ellos en este blog) para evitar más escándalo en la diócesis mallorquina. No tiene ni pies ni cabeza. Sospecho que hay oscuras razones para este empecinamiento irracional y vergonzoso. Dos sentencias muy claras y contundentes, y totalmente coincidentes de primera y segunda instancia, y, además, prístinamente lógicas. Las monjas llevaban viviendo en ese convento más de 500 años y la abundancia de las pruebas presentadas por la abogada de las monjas Mª del Pilar Rosselló Corró, en el juicio es avasallador.

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¿Fin del proceso judicial? La Audiencia Provincial de Baleares rechaza la petición del obispado sobre la propiedad del monasterio de Santa Isabel

junio 6, 2024

«Deseamos fervientemente que este Auto sea el último y definitivo capítulo de esta  controversia, tan larga como lamentable, que nos ha enfrenta a alguien tan de la  Iglesia como es un Obispo», señala en un comunicado Sor Ángeles Sanz Rodríguez, OSH, Presidenta Federal Priora del Monasterio de Santa Isabel

Convento de de Sant Jeroni o Santa Isabel en Palma
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Fuentes: Vida Nueva / Diario de Mallorca / Religión Digital, 6 de junio de 2024

En 2022 un juzgado canceló la inmatriculación del conjunto de valiosos edificios a favor del Obispado y otorgó la titularidad a la orden de religiosas que lo habitaban. En mayo de este 2024, la Audiencia Provincial de Baleares desestimó el recurso del Obispado de Mallorca por la propiedad del Monasterio de Santa Isabel, confirmando la decisión del Juzgado que reconocía a las religiosas como dueñas de este complejo que el obispado de Mallorca había inmatriculado en 2014.

Ahora, nuevamente, la Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Baleares ha resuelto la petición presentada por el Obispado de Mallorca quitándole la razón en la petición de complementariedad de la sentencia que confirmaba una decisión previa del Juzgado que reconocía a las religiosas jerónimas como dueñas de del monasterio de Santa Isabel. A través de un auto deniega la petición de la Diócesis que consideró que la sentencia había dejado una serie de cuestiones sin contestar, al considerar que dicha resolución ya dio «debida respuesta» a la pretensión formulada y confirmó a las monjas Jerónimas como legítimas propietarias del recinto religioso, ubicado en el barrio palmesano de sa Calatrava.

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La Justicia ratifica que el monasterio de Santa Isabel es de las Jerónimas y no del obispado de Mallorca

mayo 15, 2024

La Audiencia Provincial de Baleares ha desestimado el recurso del Obispado de Mallorca por la propiedad del Monasterio de Santa Isabel, confirmando la decisión del Juzgado que reconocía a las religiosas como dueñas de este complejo que el obispado de Mallorca había inmatriculado en 2014

Monasterio de las Jerónimas de Palma de Mallorca
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Redacción. Fuentes: Vida Nueva (Elena Magariños) / Diario de Mallorca / Religión Digital, 15 de mayo de 2024

Este pasado martes, 14 de mayo, sor Ángeles Sanz Rodríguez, presidenta de la Federación de Monasterios de Monjas Jerónimas de Santa Paula y priora del monasterio de Santa Isabel de Palma, ha anunciado “con gran alegría” que la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha “desestimado el recurso de apelación formulado por el obispado de Mallorca y con expresa imposición de costas” contra la Sentencia que, el 30 de junio de 2022, ya reconocía que las propietarias del monasterio de Santa Isabel eran las religiosas jerónimas.

“La Sentencia del Tribunal de Apelación, ratifica el pronunciamiento de primera instancia por el que se reconoce y declara que las religiosas jerónimas del Monasterio de Santa Isabel son las propietarias de su propio monasterio, que vienen poseyendo, ampliando, cuidando y atesorando pacíficamente desde 1485, con la consiguiente cancelación del asiento inmatriculatorio provocado por las certificaciones del obispo Javier Salinas, emitidas contra todo derecho y razón, en noviembre de 2014″, explica la religiosa. De esta manera, la sentencia, “al desestimar de pleno la impugnación formulada por el Obispado de Mallorca, impone expresamente las costas de este recurso al Obispado de Mallorca”.

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Una sentencia fulmina la inmatriculación realizada por el Obispado de Mallorca y reconoce la propiedad de las Jerónimas sobre el monasterio de San Jeroni

julio 13, 2022

Un juzgado cancela la inmatriculación del conjunto de valiosos edificios a favor del Obispado y otorga la titularidad a la orden de religiosas que lo habitaban. ACTUALIZACIÓN: El obispo recurrirá la sentencia

Patio interior del Convento de San Jerónimo / J.Serra

Fuentes: IB3 Noticias, / IB3 Noticias, 13 de julio de 2022

El juzgado de instrucción número 9 de Palma ha dado la razón a la orden de las jerónimas y las reconoce como propietarias del monasterio de Santa Elisabet, en el barrio de la Calatrava . En una sentencia a la que ha tenido acceso  IB3 Noticias , el juez concede la titularidad del inmueble a las religiosas y ordena que se  cancele su inmatriculación por parte del Obispado de Mallorca, es decir, que la propiedad les sea ​​devuelta.

“Es una sentencia muy bien fundamentada, que se detiene en el análisis de los hechos y documentos incontestables jurídicamente y que han aportado las monjas jerónimas en su demanda. Una sentencia que fulmina la inmatriculación perpetrada por el Obispado de Mallorca en noviembre de 2014 contra todo derecho y razón y que impone expresamente los gastos procesales en el Obispado. Ahora es el momento de que hablen las monjas después de esta sentencia que hoy celebran con inmensa alegría”, ha dicho la abogada de las monjas.

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El obispado que se inmatricula bodegas en el Penedès

marzo 4, 2022

Una familia de Sant Sebastià dels Gorgs (Penedès) derrota a la Iglesia en los juzgados con un duelo de documentos sin parangón, sobre todo los eclesiásticos, por lúbricos

Isidre Hugas y su hijo, también Isidre, muestran las escrituras de su finca, fechadas en 1849, con las que han derrotado judicialmente al obispado de Sant Feliu / PAU MARTÍ MORENO

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Carles Cols, El Periódico, 4 de marzo de 2022

A los que crean que todas las noticias sobre inmatriculaciones de la Iglesia se parecen como gotas de agua, es decir, que la entradilla, el desarrollo y el final suelen presentar la misma felonía, la historia que aquí se contará es un antídoto contra esa creencia. En esta ocasión lo inmatriculado, entre otra propiedades ajenas, es la bodega de una finca agrícola, eso con la excusa de que encima de esa estancia está el despacho de la rectoría de una coquetona iglesia del Penedès. Si incluso así creen que, ¡bah!, tampoco hay para tanto, que por ejemplo más gordo fue inmatricularse en su día la Mezquita de Córdoba por solo 30 euros de trámites documentales, queda dicho de antemano que en esta historia hay, en palabras de la propia Iglesia, párrocos con concubinas y “fornicatur publice”, o sea, aunque dicho en latín, sexo a la vista de todos. A ver quién da más.

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El Juzgado de Huesca reconoce al Ayuntamiento de Alberuela de Tubo la propiedad de su ermita

septiembre 30, 2021

Es el tercer litigio de similares características que dirimen los tribunales en la provincia de Huesca y es la primera vez que fallan en contra de la Iglesia, que ya anuncia un recurso ante la Audiencia.

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Aspecto de la ermita de Nuestra Señora de la Virgen del Castillo, en Alberuela de Tubo / S.E.

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Fuentes: Diario del Alto Aragón / Heraldo, 30 de septiembre de 2021

El Juzgado de lo Civil número 4 de Huesca ha dado la razón al Ayuntamiento de Alberuela de Tubo al reconocer la titularidad municipal de la ermita de Nuestra Señora de la Virgen del Castillo ante la demanda presentada por el Consistorio en el año 2018.

El pequeño Ayuntamiento de Alberuela de Tubo demandó a la diócesis de Huesca por haber inscrito a su nombre el templo en el Catastro y en el Registro de la Propiedad.

Así lo ha indicado en declaraciones a este periódico Ana Bescós, abogada de los servicios jurídicos de la Diputación Provincial de Huesca (DPH) y que representa al ayuntamiento monegrino en este proceso, quien ha recordado que en este caso la iglesia realizó “una inmatriculación masiva y rápida de todos los bienes con certificación administrativa en 2015 que tenía en el catastro a su nombre”.

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Los claretianos ponen a su nombre la iglesia de San Pablo tras ganarle la propiedad al Obispado en los juzgados

abril 20, 2021

El Supremo consideró tras un largo pleito judicial que la Diócesis había inmatriculado el templo sin que le correspondiese su titularidad

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Salida de la Hermandad del Rocío de la iglesia de San Pablo en una imagen de archivo ÁLEX GALLEGOS

Alfonso Alba, Cordópolis, 20 de abril de 2021

El pasado 12 de abril, en la notaría de Juan José Pedraza Ramírez se firmaba un acta «de expediente de dominio para inmatriculación» de una de las iglesias más importantes de Córdoba: San Pablo. A diferencia de lo que ha ocurrido con prácticamente todos los templos religiosos de España donde se practica el culto católico, la iglesia de San Pablo no se ha inscrito a nombre ni de la Diócesis de Córdoba ni del Cabildo. Ha sido la entidad religiosa de los misioneros claretianos (técnicamente llamados Provincia Religiosa de Fátima de la Congregación de Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de María) los que han dicho que el templo es de su propiedad.

El caso de los claretianos contra el Obispado de Córdoba procede de un largo pleito judicial y que sirve a muchas de las asociaciones, plataformas, colectivos, ciudadanos y partidos como un precedente para reclamar la nulidad de algunas de las inmatriculaciones de la Iglesia Católica en España. Los claretianos decidieron ir a los tribunales a principios del siglo XXI cuando comprobaron en el Registro de la Propiedad que la Diócesis de Córdoba había puesto a su nombre un templo que venían ocupando, gestionando y usando desde hacía siglos. En primera instancia, un juzgado de Córdoba le dio la razón al Obispado, pero se la quitó la Audiencia Provincial. El caso acabó en el año 2011 en el Tribunal Supremo, que acabó revirtiendo la inmatriculación y le dio la razón a los claretianos.

Ahora, una década después, los claretianos han acudido al notario para dar publicidad a un acto que acabará en el Registro de la Propiedad. El edicto está colgado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba para que en el plazo de un mes «cualquier interesado o particular» podrá presentar alegaciones o impugnar la propiedad. En caso contrario, los claretianos acudirán al Registro de la Propiedad y pondrán a su nombre una finca de 6.953 metros cuadrados. Dentro de ese solar, está la iglesia de San Pablo y el convento.

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Nota de prensa de la Coordinadora Recuperando tras el revés judicial del Obispado de Mallorca en Artà

enero 27, 2021

Artà

Fuente: MHUEL, Recuperando

El revés judicial del Supremo en Artá cuestiona la inmatriculación por la Iglesia del patrimonio histórico

El Obispado de Mallorca registró a su nombre las murallas históricas del pueblo y ahora el Alto Tribunal reconoce la propiedad del Ayuntamiento: Auto TS Murallas Artá enero 2021  /  Sentencia Audiencia Provincial Murallas de Artá

24 de enero de 2021. Las murallas históricas de la localidad mallorquina de Artá (Baleares) son de dominio público y no pueden ser privatizadas como pretendía la Iglesia católica, que las inmatriculó a su nombre de forma unilateral en diciembre de 2014. Así lo acaba de confirmar el Tribunal Supremo en un auto que rechaza el recurso de casación formulado por el Obispado de Mallorca contra la sentencia de la Audiencia Provincial, que otorgó la titularidad del conjunto histórico al Ayuntamiento.

La decisión del Supremo representa una victoria sin paliativos del pueblo de Artá, que recupera un bien fundamental de su legado histórico, y proyecta una enorme trascendencia desde el punto vista jurídico por cuanto reconoce la naturaleza pública de bienes de uso general. Cientos, si no miles, de monumentos inmatriculados por la Iglesia católica en las últimas décadas se encuentran en una situación análoga a las de las murallas de Artá.

El pronunciamiento del Alto Tribunal evidencia que el listado de inmatriculaciones que tiene el Gobierno en su poder, y aún no ha entregado al Congreso, incluye innumerables bienes de dominio público y patente valor histórico que no están inventariados, lo que ha permitido su inscripción irregular por parte de la jerarquía eclesiástica. “El caso de las murallas de Artá es paradigmático”, asegura el jurista Antonio Manuel Rodríguez y portavoz de la coordinadora Recuperando. “El Obispado actuó por codicia y no por un simple error”, agrega. “De una forma premeditada, intentó apropiarse de un bien que, a todos los efectos, es de dominio público”. Read the rest of this entry »