El juzgado número 6 admite a trámite el procedimiento.
La Iglesia de San Francisco fue declarada en 1992 como Bien de Interés Cultural y Monumento Nacional, y formaba parte de un convento desamortizado (que fue sede de las Cortes de Castilla y residencia real). El valor catastral del inmueble supera el millón de euros

Imagen de archivo de un acto convocado en septiembre de 2019 por IU que reclamaba que la iglesia de San Francisco fuera patrimonio público / Foto Óscar Navarro
Diario Palentino, 27 de septiembre de 2020
El juzgado de primera instancia número 6 ha admitido a trámite una demanda presentada por la diócesis por la que solicita el registro oficial a su nombre de la propiedad de la iglesia de San Francisco.
El procedimiento judicial, al que ha tenido acceso Diario Palentino, está dirigido contra la Fraternidad de la Orden Franciscana Seglar y contra la formación de Izquierda Unida, tanto regional como provincial, incluido el propio coordinador regional Juan Gascón, «y frente a cuantas ignoradas personas creyeran tener algún derecho sobe la finca», subraya el texto legal, que está acompañado de abundante documentación histórica y jurisprudencial. La acción ejercida contra la Fraternidad de la Orden Franciscana Seglar se enmarca en el hecho de que, al parecer, la Fraternidad tiene una propiedad registrada oficialmente de unos 300 m2, que podría corresponder a la capilla que posee junto a dicha iglesia, registro que ya en 2015 supuestamente imposibilitó al obispado inscribir este templo a su nombre. Asimismo, la acción dirigida contra varios particulares y la coalición de izquierdas se circunscribe a que presentó alegaciones, supuestamente sin documentar a juicio del organismo religioso, al expediente de dominio presentado en el juzgado por la diócesis, cuyos intereses legales son ejercidos por el abogado palentino Trinidad Infante, para inmatricular dicha iglesia hace ahora poco más de dos años.
Dudas de la propiedad.
De hecho, en abril de 2018 la entonces titular del juzgado de primera instancia número 6 frenó dicha inmatriculación al decidir archivar el procedimiento, ya que, a su entender, «existían dudas de la propiedad que se pretendía inmatricular, debiendo ser ésta declarada a través del juicio contradictorio pertinente», según reflejaba en el auto dictado. De esta forma, se cerró inicialmente la puerta a la inmatriculación a través de un expediente de dominio y se derivó el caso a un «procedimiento declarativo» para dar oportunidad de personación, así como de contradicción a las partes en conflicto en este asunto. Read the rest of this entry »