El Estado español desde 2010 ha gastado 7,2 millones de euros para el culto católico en las cárceles

noviembre 14, 2021

Desde 2010, se han transferido a la Conferencia Episcopal más de 7,2 millones de euros para las misas en los centros penitenciarios. En 2022, la aportación será de 792.640 euros. El gasto directo religioso en el proyecto de Presupuestos asciende a 1,56 millones de euros. A ello hay que sumar otras aportaciones “escondidas” dentro de la maraña de cifras que conforman las cuentas.

. Foto: Pxfuel

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Óscar F. Civieta, AraInfo, 14 de noviembre de 2021

Reza la más loada que cumplida Constitución en su artículo 16.3, que en el Estado español “ninguna confesión tendrá carácter estatal”. Ergo, que es un Estado aconfesional. Surge entonces una supina contradicción: ¿por qué se les da dinero público a las instituciones religiosas? La respuesta se encuentra en el mismo punto de la CE de 1978, pero unas líneas más abajo: “Los poderes públicos (…) mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

Una suerte de ardid constitucional pintiparado para soportar el dislate del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos económicos, firmado en Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979.

¿Cuánto le cuesta al Estado el culto en los centros penitenciarios?

Asentado sobre esos santos pactos, cada año se produce un fenómeno cuasi espiritual que hace que, como en el caso de los gastos militares, el regalo de dinero público a las religiones (y, principalmente, a la Iglesia Católica) esté estratégicamente difuminado por casi la totalidad de los Presupuestos Generales del Estado.

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Pederasta condenado a ocho años por la Justicia, inocente para la Iglesia

noviembre 14, 2021

Tres meses después de que la Audiencia Provincial de Toledo condenara a un párroco por abusos sexuales continuados a una niña de 15 años, el tribunal eclesial de La Rota lo declara inocente con una sentencia plagada de irregularidades en la que desprecia los argumentos de la justicia ordinaria

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José Precedo / Rodrigo Ponce de León, El Diario, 14 de noviembre de 2021

Cuando el Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica de Madrid sentenció el pasado 4 de noviembre que no considera probado que el reverendo José Luis Galán Muñoz haya incurrido en delitos de abusos y agresiones sexuales contra una menor, los tres jueces de la Iglesia ya conocían la sentencia por los mismos hechos de la Audiencia Provincial de Toledo: ocho años y seis meses de cárcel por abusos continuados a una adolescente de 15 años que acumula desde entonces incontables intentos de suicidio. La justicia ordinaria había condenado además al sacerdote a indemnizar a la víctima con 50.000 euros y a no acercarse a menos de 300 metros de ella durante los próximos 18 años. 

Todo eso lo dejó por escrito la sección segunda de la Audiencia Provincial de Toledo el pasado 26 de julio, tras describir en la sentencia una película de terror que comenzó en una excursión escolar por el Camino de Santiago durante el verano de 2010. 

Ahí fue donde el sacerdote José Luis Galán, de 39 años entonces, entabló “una relación de confianza” con una alumna de 15 y acabó convirtiéndose para el siguiente curso en su director espiritual dentro del colegio religioso donde la menor cursaba cuarto de la ESO.

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La Audiencia concluye que la ermita de Muskilda es del Arzobispado y no del pueblo de Ochagavía

noviembre 14, 2021

Conocida este pasado viernes la noticia, sentó “como un jarro de agua fría” al vecindario, según palabras del alcalde de la localidad

Vista aérea de la ermita / Fuente

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Fuentes: Noticias de Navarra / Diario de Navarra,14 de noviembre de 2021

El 9 de noviembre de 1999 la Iglesia inmatriculó en el Registro de la Propiedad de Aoiz las ermitas de Muskilda y de la Virgen de las Nieves de Ochagavía, (años antes había inmatriculado la casa adyacente, la conocida como Casa de la Serora y, al parecer, algunas ollarceguías (huertas), y en 2003 registraría la parroquia de San Juan y dos fincas). Nadie en el pueblo se enteró hasta que años después, en 2007, comenzaron a descubrirse las inmatriculaciones de lugares de culto y otros bienes por toda Navarra y nació la Plataforma en Defensa del Patrimonio Navarro. El pleito por la posesión de la ermita acabó en el juzgado. Y es que Muskilda se gobierna desde hace siglos por un patronato mere lego, es decir laico, formado por el Ayuntamiento y que nunca ha dejado de existir. Según sus paramientos (leyes internas), entre sus funciones está defender y conservar los bienes de Muskilda, que nadie en Ochagavía entiende que tengan otro propietario que no sea el propio pueblo.

En un primer juicio, celebrado en junio de 2014 y con sentencia en 2017, se declaró al Ayuntamiento propietario en calidad de representante de los vecinos, y anuló la inmatriculación efectuada por el Arzobispado de Pamplona en 1999. Contra esta sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Aoiz interpuso recurso la Diócesis de Pamplona. Este segundo juicio se celebró en marzo de 2020 y la sentencia acaba de conocerse el 10 de noviembre.

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