Ley de Memoria democrática y Concordato

noviembre 20, 2021

Roma 27 de agosto de 1953.Firma del Concordato entre España y la Santa Sede.De izquierda a derecha el ministro Martín Artajo,monseñor Tardini y el embajador Castiella.

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Víctor Moreno, Nueva Tribuna, 2021

En Navarra, la primera ley foral relacionada con la memoria histórica data de 2003. Establecía “la retirada y sustitución de símbolos franquistas”, sin especificar su alcance práctico. De hecho, el Monumento a los Caídos ni aparece citado.

Diez años después, en 2013, otra ley foral, aprobada el 14 de diciembre, establecía “el reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados a raíz del golpe militar de 1936”, mencionándose nuevamente “la retirada de leyendas y símbolos franquistas, escudos e insignias” (artículo 11), pero el monumento carlo-franquista seguía sin aparecer. Como si tal mamotreto arquitectónico no fuese una clara exaltación y legitimación del golpismo.

La modificación de la ley foral de 2013 por la del 27 de junio de 2018 repitió lo ya dicho. En su punto 11.1 se refirió a “la retirada de escudos, insignias, placas, banderas y cualesquiera otros objetos o menciones conmemorativas o de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la Dictadura”. Ni caso. Todo siguió como si dicho monumento fuese ajeno a esa “exaltación colectiva” de la sublevación militar africanista. Hay que decir que, en ningún momento, las izquierdas -y por esta vez incluiremos en ellas a los dirigentes del PSOE- tomaron cartas en el asunto y aplicaron sin ningún escrúpulo la aplicación de dicha ley. Pocas veces se ha visto en esta tierra torear con tanta displicencia una ley, sometiéndose, incluso, a los pruritos de la Iglesia local. Con decir que en ese monumento se han venido celebrando misas ininterrumpidamente en honor de los sublevados contra el régimen republicano está dicho todo.

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El Ayuntamiento de Sevilla aprueba revisar los beneficios fiscales de la Iglesia Católica

noviembre 20, 2021

Se aprueban ocho de los diez puntos de la moción presentada por Adelante Andalucía para impulsar la reforma de la financiación local entre ellos la revisión de los beneficios fiscales de la IC en lo tocante a tributos como el IBI

Pleno Ayuntamiento de Sevilla

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20 minutos, 20 de noviembre de 2021

El pleno del Ayuntamiento de Sevilla, reunido este pasado jueves 18, en sesión ordinaria(1), ha aprobado ocho de los diez puntos de una moción de Adelante que reclama toda una serie de medidas en materia local, como la derogación de las leyes de reforma local y de Estabilidad Presupuestaria del anterior Ejecutivo del PP, regular el recargo sobre las viviendas vacías; revisar los beneficios fiscales de la Iglesia Católica o “un tratamiento más favorable a la vivienda habitual frente a segundas viviendas, abriendo así la posibilidad de gravar a los pisos turísticos como una actividad económica y no residencial”.

La moción de Adelante, defendida por el edil Daniel González Rojas, recupera el “debate de la financiación local”, con la “defensa de lo público, los servicios y la progresividad” fiscal en favor de las rentas bajas, después de que la mejora de la financiación local haya sido un compromiso de todas las fuerzas políticas pero no haya sido acometida.

“Ni los gobiernos del PP ni los del PSOE resolvieron jamás el problema de la financiación local. Especialmente en el último mandato de gobiernos del PP, cuando una serie de medidas austericidas de los sucesivos ejecutivos de Mariano Rajoy cronificaron la situación al aumentar la asfixia económica de los ayuntamientos y comunidades autónomas y el adelgazamiento de lo público”, figura en la moción.

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