Si no rezas tus hijos no comen: violencia estructural en el franquismo

noviembre 2, 2021

La relación entre hambre y hábitos religiosos fue manejada como herramienta de violencia estructural para doblegar voluntades

Cárcel de Ventas / Hernández Holgado

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Lucio Pereda, Nueva Revolución, 2 de noviembre de 2021

El ofrecimiento de alimentos fue un elemento de coacción usado con las madres republicanas encarceladas para forzar la administración de sacramentos.

Recientemente la jueza titular del Juzgado Penal de 2 de Mataró ha pedido al Gobierno que tipifique la violencia económica como modalidad de violencia machista. La magistrada, refiriéndose a un hombre que no pasaba la pensión alimenticia de sus hijos a su exmujer, argumentaba la necesidad de incluir en las leyes esta violencia en los siguientes términos: «la violencia económica se lleva a cabo controlando el acceso de las mujeres a los recursos económicos”

Aunque la jueza no se refiera a ella expresamente, estaríamos ante lo que desde hace tiempo las ciencias sociales denominan violencia estructural. En los códigos legales la violencia se reduce a la condición exclusiva de daño físico, un daño practicado por un cuerpo y sus instrumentos contra otro cuerpo. La violencia estructural, en cambio, es un daño incorpóreo contra la satisfacción de las necesidades básicas que garantizan la supervivencia, pero también la identidad, la libertad y la expresión. Para los marxistas, este tipo de violencia, es el resultado de un proceso de desposeimiento en el acceso a los recursos producido por la estratificación social, un proceso siempre resuelto a favor del grupo que ocupa la posición social dominante.

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