Guerra abierta entre las monjas jerónimas y el obispo de Mallorca: misas prohibidas en un codiciado convento

enero 9, 2025

El prelado vetó una Misa del Gallo en la capilla del recinto. Desde hace diez años se discute la propiedad de una joya arquitectónica situada en el centro de Palma. Dos sentencias dan la razón a las religiosas, pero la diócesis recurrió al Supremo[1]

Vista al mar desde el campanario de la iglesia / Francisco Ubilla
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Pablo Sierra del Sol/Francisco Ubilla, El Diario, 9 de enero de 2025

Cuando el cura descolgó el teléfono nadie podía imaginarse que aquella llamada les dejaría con la palabra de Dios en la boca. Sin –tempranera– misa de Maitines. Era el mediodía del 24 de diciembre. La iglesia estaba llena de personas sin recursos y de benefactores. Todos, alrededor de la imagen de un Niño Jesús. El sacerdote colgó el teléfono y explicó en público lo que acababan de decirle: prohibida la Eucaristía. Donde manda obispo no manda sacerdote.

“Me han llamado diciéndome que esta iglesia no está abierta al culto y que no puedo celebrar la misa. Me corresponde callar y rezar para que la Justicia se manifieste. De todas maneras quiero felicitaros a todos, daros las gracias y desearos una Navidad agradable. Creamos en la bondad que Jesús expresó con su nacimiento… Él quiere que nos humanicemos y hagamos el bien”. No hubo Misa del Gallo, pero un niño recitó el Sermó de la Calenda, se cantó la Sibil·la, y el Coro del Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears entonó Adeste Fideles, y, luego, ricos y pobres se sentaron a comer en la misma mesa.

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La Justicia vuelve a dar la razón al Obispado en el litigio por la ‘Capilla Sixtina’ de Ayerbe

septiembre 14, 2024

La Audiencia de Huesca le ratifica como propietario por haber logrado acreditar la posesión de la ermita de la Virgen de Casbas al menos desde 1737.

Foto de archivo de una celebración en la ermita de la Virgen de Casbas, conocida como la ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón / Rafael Gobantes
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Rubén Darío Muñoz, Heraldo, 14 de septiembre de 2024

La ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón, sobrenombre con el que se conoce al santuario de la Virgen de Casbas por las valiosas pinturas murales del siglo XVII que albergan sus muros, es propiedad del Obispado de Huesca. Así lo ha resuelto la Audiencia Provincial, confirmando de esta forma la sentencia dictada en 2021 por el Juzgado número 1 que ya estimó la demanda contra el Ayuntamiento de Ayerbe tras inscribir la ermita a su nombre en el catastro.

El Obispado alegó en su día que había adquirido la propiedad de la finca donde se encuentra la ermita y unas viviendas anejas después de haber acreditado su posesión ininterrumpida durante 30 años. Por contra, el Ayuntamiento se opuso defendiendo que era dueño del conjunto arquitectónico «desde tiempo inmemorial»

Y la Audiencia ratifica la sentencia de primera instancia otorgando la propiedad al Obispado de Huesca y a la parroquia de Ayerbe por haber acreditado su posesión al menos desde 1737 realizando desde entonces actos de conservación y de uso. 

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Condenan al «Padre Chus», expulsado por el Vaticano en 2015, a diez años de prisión por corrupción de menores y tráfico de drogas en Asturias

julio 6, 2024

La Audiencia Provincial declara probado que el ‘Padre Chus’ ofreció droga y dinero a tres menores en su domicilio gijonés a cambio de sexo. El Papa Francisco le expulsó del clero en 2015 por “sus acciones pecaminosas”.

Jesús María Menéndez, el ‘padre Chus’, a la saluda del juzgado el pasado 17 de abril / Damián Arienza
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Fuentes: El Diario (Pilar Campo), El Comercio (Olaya Suárez), 6 de julio de 2024

El exsacerdote Jesús María Menéndez, más conocido como ‘padre Chus’, de 72 años, ha sido condenado a diez años de cárcel por corrupción de menores y tráfico de drogas. La Audiencia Provincial, con sede en Gijón, ha dado a conocer este viernes el fallo por el que considera probado, tal y como había manifestado la fiscalía en su escrito de acusación, que facilitaba droga y dinero a menores de edad con la intención de mantener con ellos relaciones sexuales. El exsacerdote habría empleado esta práctica desde al menos 2015 hasta 2021, cuando fue detenido en su piso de la calle Donato Argüelles, en Gijón, por los delitos referidos.

Los magistrados de la Sección Octava de la Audiencia Provincial habían juzgado al ‘Padre Chus’ el pasado mes de abril junto a otros dos acusados. Uno de ellos, que responde a las iniciales A.M., ha sido condenado a dos años de prisión por un delito de tráfico de drogas cometido en el mismo domicilio del exsacerdote, ubicado en la calle Donato Argüelles, de Gijón, mientras que el coacusado M.L. fue absuelto del mismo delito después de que la Fiscalía le retirara la acusación durante la vista oral del juicio.

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¿Fin del proceso judicial? La Audiencia Provincial de Baleares rechaza la petición del obispado sobre la propiedad del monasterio de Santa Isabel

junio 6, 2024

«Deseamos fervientemente que este Auto sea el último y definitivo capítulo de esta  controversia, tan larga como lamentable, que nos ha enfrenta a alguien tan de la  Iglesia como es un Obispo», señala en un comunicado Sor Ángeles Sanz Rodríguez, OSH, Presidenta Federal Priora del Monasterio de Santa Isabel

Convento de de Sant Jeroni o Santa Isabel en Palma
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Fuentes: Vida Nueva / Diario de Mallorca / Religión Digital, 6 de junio de 2024

En 2022 un juzgado canceló la inmatriculación del conjunto de valiosos edificios a favor del Obispado y otorgó la titularidad a la orden de religiosas que lo habitaban. En mayo de este 2024, la Audiencia Provincial de Baleares desestimó el recurso del Obispado de Mallorca por la propiedad del Monasterio de Santa Isabel, confirmando la decisión del Juzgado que reconocía a las religiosas como dueñas de este complejo que el obispado de Mallorca había inmatriculado en 2014.

Ahora, nuevamente, la Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Baleares ha resuelto la petición presentada por el Obispado de Mallorca quitándole la razón en la petición de complementariedad de la sentencia que confirmaba una decisión previa del Juzgado que reconocía a las religiosas jerónimas como dueñas de del monasterio de Santa Isabel. A través de un auto deniega la petición de la Diócesis que consideró que la sentencia había dejado una serie de cuestiones sin contestar, al considerar que dicha resolución ya dio «debida respuesta» a la pretensión formulada y confirmó a las monjas Jerónimas como legítimas propietarias del recinto religioso, ubicado en el barrio palmesano de sa Calatrava.

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‘Y Dios no creó a Trump’ o qué pasará con el apoyo de los nacionalistas cristianos tras ser declarado culpable

junio 1, 2024

Para estos cristianos blancos, la religión ya no es una cuestión de fe, sino de identidad, para los que Trump es “el elegido de Dios”

Conferencia del expresidente Donald Trump el día después de ser declarado culpable de los 34 delitos investigados en el ‘caso Stormy Daniels’ / Agencia EFE
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Maya Kandel (Mediapart), InfoLibre, 1 de junio de 2024

El juicio que acaba de terminar en Nueva York, en el que el ex presidente ha sido declarado culpable de influir en las elecciones de 2016 sobornando a una actriz porno, será probablemente el último de Donald Trump antes de las elecciones presidenciales de noviembre. Los analistas trabajan ahora sobre el veredicto y su impacto en el electorado, pero hay un grupo que parece inmune a las dudas: la base más leal y ferviente de Donald Trump, los cristianos evangélicos blancos, que le han apoyado en más de un 80% desde 2016. 

La reacción de Trump es previsible: continuará con el victimismo que refuerza su posición de candidato antisistema. Buscará la venganza y dirá que lo hace por sus votantes

Una diferencia entre esta campaña y las de 2016 y 2020 radica en la imagen de “bandido” que cultiva y adapta según su público, afirmando en otro lugar que los acusados el 6 de enero son presos políticos “como él”, comparándose a veces con Al Capone, o invitando a subir al escenario a raperos acusados de asesinato en el Bronx. Cuando se dirige a su base cristiana, se compara con Cristo

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La Justicia ratifica que el monasterio de Santa Isabel es de las Jerónimas y no del obispado de Mallorca

mayo 15, 2024

La Audiencia Provincial de Baleares ha desestimado el recurso del Obispado de Mallorca por la propiedad del Monasterio de Santa Isabel, confirmando la decisión del Juzgado que reconocía a las religiosas como dueñas de este complejo que el obispado de Mallorca había inmatriculado en 2014

Monasterio de las Jerónimas de Palma de Mallorca
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Redacción. Fuentes: Vida Nueva (Elena Magariños) / Diario de Mallorca / Religión Digital, 15 de mayo de 2024

Este pasado martes, 14 de mayo, sor Ángeles Sanz Rodríguez, presidenta de la Federación de Monasterios de Monjas Jerónimas de Santa Paula y priora del monasterio de Santa Isabel de Palma, ha anunciado “con gran alegría” que la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha “desestimado el recurso de apelación formulado por el obispado de Mallorca y con expresa imposición de costas” contra la Sentencia que, el 30 de junio de 2022, ya reconocía que las propietarias del monasterio de Santa Isabel eran las religiosas jerónimas.

“La Sentencia del Tribunal de Apelación, ratifica el pronunciamiento de primera instancia por el que se reconoce y declara que las religiosas jerónimas del Monasterio de Santa Isabel son las propietarias de su propio monasterio, que vienen poseyendo, ampliando, cuidando y atesorando pacíficamente desde 1485, con la consiguiente cancelación del asiento inmatriculatorio provocado por las certificaciones del obispo Javier Salinas, emitidas contra todo derecho y razón, en noviembre de 2014″, explica la religiosa. De esta manera, la sentencia, “al desestimar de pleno la impugnación formulada por el Obispado de Mallorca, impone expresamente las costas de este recurso al Obispado de Mallorca”.

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Un juez obliga a incluir a un profesor de religión en una estabilización porque su plaza es «estructural»

marzo 27, 2024

La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida

Aula de un centro escolar / Foto de archivo – Europa Press
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Fuente: 20 minutos, 27 de marzo de 2024

Un juzgado de Barcelona ha obligado a la Generalitat a incluir a un profesor de religión católica en un proceso de estabilización de interinos y sustitutos de 2022 del que fue excluido, sentencia que el sindicato de docentes AMRC califica de «histórica», al ser la primera en España de este tipo.

En una sentencia, el Juzgado de lo Social número 31 de Barcelona ha estimado la demanda presentada por el docente y ha obligado a la Dirección General de Función Pública de la Generalitat a incluir al profesor de religión en el proceso de estabilización, tras considerar que su plaza es «estructural».

El profesor, miembro del sindicato AMRC y representado por la abogada Julia Calvo, comenzó a ejercer como profesor de religión católica en la educación pública en el año 2010, servicio que presta en la actualidad como personal laboral temporal en cuatro centros educativos catalanes.

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La guerra de Europa Laica por las costas del juicio de la medalla de la Patrona de Cádiz

febrero 24, 2024

La asociación ha recurrido, sin éxito, los 8.228 euros que tiene que abonar a los abogados del Ayuntamiento y de los dominicos al perder la causa contra la Medalla de Oro de la ciudad concedida a la Virgen del Rosario

Miembros de Europa Laica, – en primer término su entonces presidente Antonio Gómez Movellán, durante el juicio por la medalla de oro a la Patrona de Cádiz celebrado en 2018. / Jesús Marín
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Pablo Manuel Durio, Diario de Cádiz, (vía Observatorio del laicismo), 24 de febrero de 2024

La guerra de Europa Laica ya no es contra la Medalla de Oro de la ciudad de Cádiz concedida en 2017 por el gobierno de Kichi a la Patrona de la ciudad, la Virgen del Rosario(1) Eso que peleó sin éxito durante años ha pasado a un segundo plano. La preocupación ahora de la entidad es las costas procesales que derivaron aquellos juicios que ellos mismos provocaron; una carga económica que Europa Laica quiere rebajar, y que al igual que pretendía con la medalla por el momento no está teniendo el éxito esperado.

8.228 euros es la cantidad económica a la que esta entidad tiene que abonar a las defensas del proceso contra la Patrona de la ciudad. Por un lado, al Ayuntamiento de Cádiz, que le reclama 1.911,80 euros (1.180 euros más 247,80 de IVA en primera instancia y otros 400 euros más 84 de IVA por la apelación); y por otro, la comunidad dominica de Cádiz personificada en el fraile Pascual Saturio defendido en los tribunales por Martín José García, que pide a Europa Laica 6.316,20 euros (4.820 más 1.012,20 de IVA en primera instancia y otros 400 euros más 84 de IVA en apelación).

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Educación aconfesional y menores · Xavier Arbós

febrero 19, 2024

La Constitución reconoce la libertad religiosa en su artículo 16, que incluye el derecho a no tener ninguna creencia religiosa. Y los menores de edad también son titulares de derechos fundamentales, aunque no los ejerzan autónomamente

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Xavier Arbós, El Periódico, 19 de febrero de 2024

Sin que esté disponible aún la sentencia, conocemos por la nota de prensa que resume una decisión del Tribunal Constitucional de gran interés. Como ya se ha explicado, el asunto se centra en la educación de una menor. Diversas resoluciones judiciales habían atribuido al padre de la niña la facultad de elegir el centro escolar para su hija, y optó por un centro religioso concertado. La madre, por su parte, pretendía que su hija recibiera una educación aconfesional, y, después de haber agotado los recursos ante la jurisdicción ordinaria, presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Le ha dado la razón, y lo ha hecho, al parecer, en atención al supremo interés del menor en el ejercicio futuro de su libertad religiosa. Podrá ejercerla mejor si ahora recibe una educación neutral, para más adelante optar por el sistema de creencias que prefiera.

A reserva de lo que diga concretamente la sentencia cuando se publique, creo que el Tribunal ha tomado una decisión correcta. Como cuestiones preliminares, hay que tener en cuenta que la Constitución reconoce la libertad religiosa en su artículo 16, que incluye, aunque a veces se olvide, el derecho a no tener ninguna creencia religiosa, y a vivir una vida libre de cualquiera de ellas. En segundo lugar, los menores de edad también son titulares de derechos fundamentales, aunque no los ejerzan autónomamente. En cuanto a los padres, en los términos del artículo 27.3, tienen el derecho a que “sus hijos reciban la formación religiosa y moral la que esté de acuerdo con sus propias convicciones.”

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El Constitucional fija que en caso de discrepancias religiosas entre padres los menores estudien en centros aconfesionales

febrero 14, 2024

Ampara a una madre frente al deseo del padre de llevar a su hija un colegio concertado religioso

El Tribunal Constitucional tras la renovación de enero de 2023 / TC
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Infobae / Tribunal Constitucional, 14 de febrero de 2024

El Tribunal Constitucional (TC) ha fijado que en los casos en los que haya discrepancias entre los padres por sus creencias religiosas y por el tipo de formación escolar para sus hijos menores éstos estudien en un entorno de neutralidad -como el que ofrecen los centros aconfesionales- con el fin de que puedan formar sus propias convicciones de manera libre. «En una sociedad cada vez más diversa, puede ocurrir, y de hecho sucede, que las convicciones morales y religiosas de los padres no sean coincidentes, bien porque uno se sitúe en el ámbito de la laicidad y el otro participe de unas concretas creencias religiosas, bien porque cada uno de ellos pertenezca a una religión distinta», ha concluido la mayoría del Pleno de la corte de garantías, de corte progresista.

Los magistrados se han pronunciado así al dar la razón a una madre que presentó un recurso de amparo ante el TC contra las resoluciones de los tribunales que determinaron que el centro escolar más adecuado para que su hija menor de edad cursara sus estudios fuera el elegido por el padre, que se decantó por un centro concertado religioso, cuando ella quería que la menor acudiera a un centro aconfesional.

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