“Un privilegio, que puede atentar a los principios constitucionales” “Considero que el artículo 206 de la Ley Hipotecaria, en la referencia a la Iglesia no es constitucional”

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Rescatamos parte de una entrevista de 2011 al notario asturiano Ángel Aznárez en la que responde, entre otras cuestiones (entrevista completa) a una serie de preguntas relacionadas con las inmatriculaciones de la iglesia católica, algunas de las cuales aún resultan esclarecedoras.
La entrevista está realizada antes de que un reforma de la Ley Hipotecaria de 2015 acabara con la posibilidad de que la iglesia católica, con la única certificación del obispo, inmatriculara centros de culto. Desde 1946 podía poner a su nombre cualquier tipo de bienes excepción hecha con lo de culto, sería la reforma de 1998 de Aznar la que permitiría inscribir también centros de culto.
José Manuel Vidal, Periodista Digital (publicado el 30 de julio de 2011), 19 de febrero de 2022
Es una rara avis en el mundillo eclesiástico: un notario interesado en temas de Iglesia. Quizás porque Ángel Aznarez es un humanista polifacético. Escritor, colaborador de La Nueva España y de Religion Digital ha sido también miembro de la comisión de urbanismo y ex presidente del jurado de expropiación del Principado de Asturias. Desde su experiencia, aborda la complicada temática de las inmatriculaciones de los bienes religiosos. Y asegura que, a su juicio, están «excesivamente facilitadas». Tanto que es «un privilegio, que puede atentar contra los principios constitucionales».
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