En el aniversario de la ley fundamental de la Segunda República, la acritud política y la ignorancia impiden sacar lecciones de los aciertos de aquel periodo y las complejas razones de su fracaso
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Julián Casanova, El País, 9 de diciembre de 2021
El 9 de diciembre de 1931 las Cortes de la Segunda República aprobaron la Constitución que definía a España en el artículo primero como “una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de libertad y de justicia”.
Esa Constitución declaraba la no confesionalidad del Estado, eliminaba la financiación estatal del clero, introducía el matrimonio civil y el divorcio y prohibía el ejercicio de la enseñanza a las órdenes religiosas. Su artículo 36, tras acalorados debates, otorgó el voto a las mujeres, algo que estaban haciendo en esos años los parlamentos democráticos de las naciones más avanzadas. Era una Constitución, en suma, democrática y laica, que consagraba la supremacía del poder Legislativo.
La crisis más grave del debate constitucional la provocó el artículo 26, el “asunto religioso”, que dejó por el camino alborotos, peleas, insultos y declaraciones salidas de tono tanto de los integristas como de la izquierda más anticlerical.
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