El Supremo avala la eutanasia de una joven parapléjica de 24 años. Abogados Cristianos anuncia nuevo recurso

El alto tribunal señala que la prestación de ayuda a morir concedida a la joven, de 24 años, ya ha sido ratificada en dos sentencias; Abogados Cristianos intenta retrasar más la muerte asistida de la joven de 24 años y anuncia que acudirá al Constitucional.

El abogado de la Fundación Abogados Cristianos, que representa al padre de la solicitante de la eutanasia, en la Ciutat de la Justícia de Barcelona | Europa Press / Fuente foto
__________________

Fuentes: La Vanguardia, El País (Liliana Ochoa-Jesús García Bueno), Cadena SER (Andrea Villoria), 29 de enero de 2026

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de un padre contra la eutanasia de su hija, Noelia, la joven de Barcelona de 24 años afectada por una paraplejia a la que se autorizó la muerte digna en verano de 2024 y que actualmente estaba suspendida de manera cautelar por un juzgado. El Supremo ha desestimado el recurso de Abogados Cristianos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que avaló la eutanasia de la joven, que fue paralizada y suspendida de manera cautelar por el recurso de su padre, que se opone a la eutanasia. La entidad ultraconservadora, que representa al padre, ha anunciado que presentará un nuevo recurso ante el Tribunal Constitucional, pese a que el Supremo asegura que el auto no puede recurrirse y es firme. 

El Supremo limita su decisión a cuestiones técnicas, al considerar que no concurre interés casacional objetivo, evitando así pronunciarse sobre las medidas cautelares que detuvieron in extremis la eutanasia.

Para Abogados Cristianos, este auto “va en la línea que sigue últimamente el Supremo de inadmitir de lleno todas las cuestiones contrarias a la ideología del gobierno, a favor de la vida, la familia o la libertad religiosa”, señala en un comunicado a los medios. Recuerdan que esta inadmisión no supone un aval al procedimiento de eutanasia ni una validación de su legalidad, sino únicamente una decisión procesal. El propio auto reconoce la existencia de una irregularidad procedimental “sorprendente y censurable” en la actuación de la llamada dupla médico-jurídica, aunque el Supremo entiende que esta irregularidad no altera el resultado administrativo.

El Supremo concluye que el recurso del padre de Noelia carece manifiestamente de “interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”; es decir, descarta entrar a analizar a fondo la sentencia que dictó el TSJ catalán. Contra la decisión del alto tribunal no cabe recurso alguno, por lo que el asunto ya no tiene más recorrido en lo que se denomina la justicia ordinaria. Solo se puede acudir ante el Constitucional, pero para alegar que durante el proceso en los tribunales se ha vulnerado algún derecho fundamental del padre, que es quien ha batallado el caso.

En la resolución, los magistrados explican que el padre de Noelia pretendía que el Supremo revocase la decisión de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña de autorizar la eutanasia de su hija. Pero concluyen que esa pretensión ya fue examinada tanto por un juzgado de Barcelona como por el Tribunal Superior de la comunidad autónoma, “habiendo llegado ambas a la conclusión” de que el padre “no había conseguido desvirtuar la concurrencia de todos los elementos necesarios para aprobar la eutanasia” de su hija.

En este sentido, recuerdan que el Supremo no es una tercera instancia en la que se pueda evaluar “un recurso ordinario más” para repasar la prueba que ya examinaron los tribunales anteriores. Su misión, insisten, es generar una “jurisprudencia uniforme”, algo que en este caso no es necesario porque tanto el juzgado de Barcelona como el TSJ catalán comparten el mismo criterio: avalan la eutanasia de Noelia.

A Noelia le fue concedida la prestación por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña —el órgano que vela por la correcta aplicación de la ley de eutanasia en esa comunidad— en julio de 2024. La decisión fue adoptada por unanimidad por el pleno de ese organismo, después de que la dupla (médico-jurista) que decide sobre cada caso fingiera un desacuerdo para forzar un pronunciamiento de todos sus colegas. El objetivo de esos dos profesionales no era otro que otorgar aún más garantías al proceso, teniendo en cuenta, sobre todo, la corta la edad de la solicitante.

Las sentencias (primero del juzgado contencioso y luego del TSJC) que han avalado la eutanasia de Noelia ya han mencionado que esa actuación un tanto anómala “en absoluto vicia de nulidad el procedimiento”, puesto que otorga si acaso “mayores garantías” a la decisión final. La conclusión no ha impedido que Abogados Cristianos se haya querellado contra esos dos miembros del Comité por prevaricación y falsedad documental; ni que la querella haya sido admitida a trámite por un juzgado de Barcelona. La acción penal contra personas concretas ha hecho estallar de indignación a miembros del organismo, que la ven como una forma de intimidación inaceptable después de una intensa campaña, por parte de Abogados Cristianos, para torpedear la aplicación de la ley de eutanasia.

Los siguientes pasos del Supremo

Tras la decisión de la Comisión, el padre de Noelia hizo todo lo posible para evitar que se cumpliera la voluntad de su hija. Puso el caso en manos de Abogados Cristianos y logró que el juzgado suspendiera, de forma cautelar, la aplicación de la eutanasia. Ahora, con la decisión del Supremo y la firmeza de la sentencia, esas medidas cautelares adoptadas decaen de forma automática, según han confirmado diversos juristas a este diario.

Pero eso no significa que la joven, que permanece ingresada en un centro sociosanitario cercano a Barcelona, vaya a poder recibir la muerte digna de inmediato. El juzgado que dictó esas medidas cautelares tiene que recibir antes, por cauces formales, la resolución del Supremo, algo que podría demorarse unos días. Después, ese mismo juzgado debe dictar algún tipo de resolución y comunicar al órgano de la Generalitat que ya no hay ningún obstáculo legal para fijar una nueva fecha para la eutanasia.

Polonia Castellanos, dirigente de la asociación | A.P. – Fuente foto
___________________

“No podemos rendirnos”

Abogados Cristianos, mientras tanto, ya ha anunciado que recurrirá al Tribunal Constitucional, que solamente reactivará las cautelares si lo ordena de manera expresa, algo que fuentes consultadas ven improbable que ocurra. La entidad ultracatólica no se rinde en su lucha por mantener a Noelia con vida contra su voluntad. “Nos ponemos en el lugar de esos padres y no podemos rendirnos. Si es necesario acudiremos a Estrasburgo. No se puede permitir que se autorice acabar con la vida de una persona sin un control judicial real y efectivo”, ha afirmado su presidenta, Polonia Castellanos, en un comunicado. Lo cierto es que el caso de Noelia ha sido objeto de sentencia por dos instancias judiciales antes de su llegada al alto tribunal. La entidad, en cualquier caso, critica una decisión “en la línea que sigue últimamente el Supremo de inadmitir de plano todas las cuestiones contrarias a la ideología del Gobierno, a favor de la vida, la familia o la libertad religiosa”.

Noelia, una joven con varios intentos se suicidio y muchas secuelas

La joven, nacida en 2000, ha intentado suicidarse varias veces desde la adolescencia con la sobreingesta de medicamentos, así como conductas autolesivas. En octubre del 2022 se lanzó de un quinto piso, lo que le dejó graves secuelas, le provocó pérdida de autonomía y le obliga a moverse en silla de ruedas.  La chica tenía varios antecedentes patológicos como trastorno límite de la personalidad obsesivo-compulsiva con ideación suicida e ideas paranoides. En un informe de alta de junio de 2023 se concretaba que la chica necesitaba ayuda “de forma muy puntual”, estaba médicamente estable y tenía el dolor controlado.

La chica, en cambio, alega que tiene doble incontinencia y muchas dificultades para vivir. Ahora ya no puede andar porque ha perdido fuerza y no tiene sensibilidad por debajo de las rodillas. Y la medicación para apaciguar el dolor tiene muchos efectos secundarios, asegura.

Durante su rehabilitación en el Institut Guttmann, la chica ya había dicho que quería iniciar el procedimiento de eutanasia, pero se acordó esperar un año desde el accidente para ver la estabilización de las lesiones y comprobar si la voluntad era fruto de una frustración temporal o se mantenía en el tiempo. Del Guttmann pasó al hospital San Camilo de San Pedro de Ribes (Garraf), donde sigue ingresada. En este último hospital, la Comisión de Ética Asistencial del Alt Penedès-Garraf se reunió en noviembre de 2023, enero de 2024 y abril de 2024 para estudiar la petición. Concluyeron que la chica era consciente de su decisión.

En enero de 2024 se le reconoció un grado de discapacidad del 74% con carácter provisional hasta enero de 2027. En abril de 2024 la chica formalizó la petición de eutanasia, volvió a ser evaluada psiquiátricamente en junio. Ante algunas dudas, los dos encargados del informe, un médico y una jurista, decidieron emitir una posición de “desacuerdo” entre ellos para elevar la decisión al plenario de la Comisión de Garantía y Evaluación. Esta posición de desacuerdo era necesaria para elevar la cuestión al pleno de la comisión, que  autorizó la eutanasia el 15 de julio.

El 29 de julio la gerente del Consorcio Sanitario del Alt Penedès recibió un correo electrónico donde dos supuestas amigas de la chica decían que ella había cambiado de opinión y adjuntaban una carta manuscrita y elevada ante notario donde ella pedía un aplazamiento de seis meses. La directora del hospital del Garraf volvió a recordar a la joven que podía echarse atrás en cualquier momento, pero ella le ratificó la intención de acabar su vida con la eutanasia y dijo que no recordaba haber escrito con lucidez ningún documento donde se echara atrás. De hecho, dijo que dos conocidas de una comunidad religiosa habían entrado en su habitación, le habían despertado y le habían dictado el texto mientras ella estaba todavía medio dormida. Al día siguiente, un notario de Sant Pere de Ribes se entrevistó con la paciente, que le ratificó la voluntad de continuar con el procedimiento. La eutanasia debía practicarse el 2 de agosto, pero un día antes el juzgado lo paralizó a petición del padre.cadena ser

La Generalitat estudia esta victoria judicial

Los servicios jurídicos de la Generalitat, que han llevado el caso en defensa de la eutanasia para Noelia, ya está estudiando la resolución, en contacto también con el Departamento de Salut, que deberá analizar un nuevo calendario para aplicar finalmente la muerte asistida a Noelia. Según fuentes del Govern, temen que se entrometa un nuevo asunto judicial: la denuncia penal que Abogados Cristianos presentó hace unas semanas contra los médicos de Noelia.

Los ultracatólicos les acusan de falsificación y prevaricación por el desacuerdo que fingieron en una primera evaluación del caso de Noelia para poder elevarlo al pleno con todos los 19 vocales de la Comisión de Evaluación de la Generalitat, a fin de tomar una decisión con todavía más garantías. Ese pleno avaló la muerte asistida de la joven por unanimidad.

El Supremo ha descartado entrar en el fondo del caso Noelia, pero sí lo hará en otro asunto de características similares: el de Francesc Augé, que también ha visto paralizada la eutanasia que le fue concedida por la oposición de su padre. Pese a que su derecho a morir también ha sido avalado en los tribunales, en este caso ha sido la Generalitat la que ha recurrido ante el alto tribunal para que aclare si, en la aplicación de la ley de eutanasia, una tercera persona, aunque sea un familiar directo, está o no legitimado para intervenir en un proceso que afecta a derechos fundamentales.

Deja un comentario

Descubre más desde Asturias Laica

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo