Ampara a una madre frente al deseo del padre de llevar a su hija un colegio concertado religioso

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Infobae / Tribunal Constitucional, 14 de febrero de 2024
El Tribunal Constitucional (TC) ha fijado que en los casos en los que haya discrepancias entre los padres por sus creencias religiosas y por el tipo de formación escolar para sus hijos menores éstos estudien en un entorno de neutralidad -como el que ofrecen los centros aconfesionales- con el fin de que puedan formar sus propias convicciones de manera libre. «En una sociedad cada vez más diversa, puede ocurrir, y de hecho sucede, que las convicciones morales y religiosas de los padres no sean coincidentes, bien porque uno se sitúe en el ámbito de la laicidad y el otro participe de unas concretas creencias religiosas, bien porque cada uno de ellos pertenezca a una religión distinta», ha concluido la mayoría del Pleno de la corte de garantías, de corte progresista.
Los magistrados se han pronunciado así al dar la razón a una madre que presentó un recurso de amparo ante el TC contra las resoluciones de los tribunales que determinaron que el centro escolar más adecuado para que su hija menor de edad cursara sus estudios fuera el elegido por el padre, que se decantó por un centro concertado religioso, cuando ella quería que la menor acudiera a un centro aconfesional.
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Posted by asturiaslaica 




















