El TSJV obliga a cambiar el horario de una oposición a una adventista para no contravenir su religión

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Carme Chaparro, Yahoo Noticias, 19 de mayo de 2022
El próximo sábado 28 de mayo, cuando miles de aspirantes se jueguen su futuro laboral en apenas unas horas, una mujer será diferente a todos ellos. Mientras todos ellos estén contestando a un examen que decidirá si obtienen una de las 61 plazas de especialista en oftalmología en la administración pública valenciana, una aspirante estará aislada en una habitación, y no será hasta la noche cuando se pondrá a hacer el examen. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado la medida cautelar pedida por la mujer: en respeto a sus creencias religiosas, los sábados no puede trabajar. Como miembro de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, los examinadores deberán esperar a que se ponga el sol para hacerle el examen. Dice el TSJV que no se puede constreñir a una persona “a optar entre la fidelidad a sus convicciones religiosas y la oportunidad de ingreso en la administración”.
Nadie está cuestionando ninguna creencia, ni ningún culto, no se trata aquí de quién crea que, ni de la fe que practique, ni al dios que rece, ni en el que esa mujer crea. Lo que se está planteando es qué ventajas podría tener esa persona trabajando en la administración pública. Ventajas sobre sus propios compañeros oftalmólogos. Si sigue los preceptos de su culto, no hará guardias los sábados, no trabajará ese día de la semana porque los miembros de esta iglesia no pueden efectuar ningún tipo de actividad laboral en sábado, su día de culto y oración.
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