“Un paradigma en peligro”, por Antonio Manuel

marzo 13, 2023

Mezquita de Córdoba: Desde la #Hemeroteca a un presente sin cambios

Fuente foto
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13 de marzo de 2023

Recientemente The Guardian alertaba del intento de la Iglesia española de borrar la identidad originaria de la Mezquita, monumento de la Unesco, en una nueva cruzada cultural tal y como estaba sucediendo en Turquía con Santa Sofía con Erdogán.

Acaba de conocerse, tras denuncia de la Plataforma Mezquita Catedral, que el proyecto de reforma del Museo Diocesano que la Iglesia católica ultima en el Palacio Episcopal para la reordenación del recinto expositivo del Palacio Episcopal y el centro de recepción e interpretación de la Mezquita Catedral de Córdoba, que figura en el expediente administrativo presentado ante la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU), persigue entre sus objetivos “acabar con el reduccionismo cultural” de la Córdoba islámica“.

Un artículo escrito en 2013 por Antonio Manuel Rodríguez ya adelantaba esta cruzada cultural emprendida por la iglesia católica y que se intenta culminar en este 2023.

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A Dios lo que es del pueblo

octubre 31, 2017

“Intelectuales, partidos políticos, medios de comunicación y la sociedad en general, tienen que tomar conciencia de la brutal trascendencia económica, política e histórica de esta apropiación inmobiliaria por la jerarquía católica”

Parroquia de la Santísima Trinidad, Tavernes Blanques (Valencia)

#Hemeroteca
Antonio Manuel ,  La Marea, 21 de agosto de 2014

Artículo que da claves  sobre las “trampas” propiciadas por Aznar y Gallardón en el tema inmatriculaciones y tan vigente como entonces. Se han dado pasos  -y la existencia de una Coordinadora por la Recuperación del Patrimonio inmatriculado por la iglesia católica que ha celebrado esta pasado sábado su II Asamblea así lo demuestra-, pero sigue siendo imprescindible, como apunta Antonio Manuel, que “Intelectuales, partidos políticos, medios de comunicación y la sociedad en general” tomen conciencia “de la brutal trascendencia económica, política e histórica de esta apropiación inmobiliaria por la jerarquía católica

Artículo

Las reformas en política se acometen de la misma manera que en las casas. Si quieres hacerla deprisa y derribas todos los muros de una vez, la polvareda alertará a los de afuera y asfixiará a los de adentro. Para no levantar polvo ni sospecha, Aznar llevó a cabo una mínima reforma legal que ha permitido la mayor apropiación de bienes por la Iglesia católica en la Historia de España. Casi nadie se dio cuenta. Y cuando seamos conscientes de lo ocurrido, la casa será otra. Y no será nuestra.

Esta reforma privilegiada a favor de la Iglesia Católica arrancó en 1998 con un Decreto que apenas modificó un artículo del Reglamento Hipotecario para ampliar los bienes inscribibles a los templos de culto. Hasta entonces, no accedían al Registro de la Propiedad por su condición de dominio público, como las calles o las plazas, sin perjuicio del derecho al uso litúrgico donde lo hubiera. Sin embargo, aquella reforma tan pequeña en apariencia escondía una contradesamortización que ridiculiza las de Mendizábal o Madoz, tolerada posteriormente por el gobierno socialista, y desconocida por la opinión pública hasta su denuncia por organizaciones como Europa Laica, o plataformas ciudadanas como la que defiende el patrimonio navarro o las más de 380000 firmas contra la apropiación de la Mezquita-Catedral de Córdoba. El escándalo es de tal magnitud que Gallardón se ha dado prisa para blindar a la jerarquía católica con una amnistía registral que cerrará uno de los paréntesis más siniestros de nuestra Historia. Igual que hiciera Aznar, esta derogación legal se ha hecho en pleno verano. El plazo de alegaciones termina el próximo 10 de septiembre. Y hasta la fecha, ningún partido con representación parlamentaria o sin ella, ha sido capaz de trasladar a la calle las perversas consecuencias que esta apropiación en masa tendrá en el futuro.

La trampa que propició Aznar consistía en la rehabilitación por la Iglesia Católica de dos normas predemocráticas y derogadas por inconstitucionalidad sobrevenida: el art. 206 Ley Hipotecaria que la equipara con una Administración Pública; y el art. 304 Reglamento Hipotecario que considera a los Diocesanos como fedatarios públicos. Gracias a estos privilegios franquistas, los párrocos no han necesitado acreditar título de propiedad alguno para adquirir clandestinamente y por consagración todo tipo de bienes inmuebles, algunos de la trascendencia simbólica y de valor incalculable como la Giralda de Sevilla o la Mezquita-Catedral de Córdoba. Read the rest of this entry »


Gijón también cuenta con su Virgen Regidora Perpetua… desde 1951

abril 5, 2016
La-Virgen-de-Covadonga.Flickr

 

En un momento en que la prensa, afortunadamente, parece prestar atención al surrealismo de honores, medallas, bastones de mando y alcaldías a santos y vírgenes, puede resultar oportuno recordar que en Gijón mantenemos una virgen Regidora Perpetua desde 1951.

En el anecdotario de la ciudad está  que en 1999 Gijón tuvo su primera alcaldesa, Paz Fernández Felgueroso. y que, cuando señalaba su alegría por haber sido elegida y con la circunstancia, nada común entonces, de ser la primera mujer al frente del Ayuntamiento, una funcionaria la sacó de su error:  Gijón ya tenía una alcaldesa desde los años cincuenta, la Virgen de Covadonga, y además a perpetuidad.

Efectivamente, en 1951, con motivo del XII aniversario de la “recuperación” de la imagen, -cuya salida de España, a finales del verano de 1937,  había sido encargada a Eleuterio Quintanilla junto a otras obras-, la Virgen de Covadonga “peregrinó” por Asturias, recalando en Gijón un 15 de mayo. Con ese motivo, y entre los solemnes actos que celebraron tal acontecimiento, en el Pleno extraordinario del Ayuntamiento, celebrado el 19 de mayo de 1951 y siendo alcalde José García Bernardo, la Virgen de Covadonga fue nombrada Regidora Perpetua

Así lo recoge el periódico Voluntad:

…No hay para qué decir que  el Ayuntamiento de Gijón se ha Sumado a estos actos  en  honor  de la Santísima Virgen en su largo y duro peregrinaje por Asturias con el sentido cristiano que preside toda su actuación rectora de la vida de la ciudad.

Y respondiendo a esta sincera  manera de obrar, la Corporación municipal, en sesión solemne y  extraordinaria, celebrada ayer tarde tomó el acuerdo de nombrar a la Santísima Virgen de Covadonga Regidora Perpetua de Gijón…

 Fué una sesión plenaria- Asistió la casi totalidad de los concejales, presidiendo el alcalde, don José García Bernardo y de la Sala, que había regresado la noche anterior. de Madrid.

También estuvieron presentes en este pleno, todas las autoridades locales y representaciones de Corporaciones y entidades que al tomarse aquel acuerdo por aclamación prorrumpieron en aplauso y vítores a la Santina.

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El control de la educación por la Iglesia en España

diciembre 7, 2015

 

En la inauguración de la exposición sobre la Educación en la II República. Universidad de Oviedo, 2013

Inauguración de la exposición sobre la Educación en la II República. Universidad de Oviedo, 2013.  Aida Terrón

 

Rescatamos en nuestra “Hemeroteca” un resumen de la conferencia que la profesora de Teoría e Historia de la Educación de la Universidad de Oviedo Aida Terrón, desarrolló dentro del ciclo de conferencias que la Fundación de Investigaciones Educativas y Sindicales (FIES) y la Federación de Enseñanza de CCOO organizaron con el título “Sociedad laica, escuela laica” en Segovia los días 7, 14, 21 y 28 de noviembre.

La charla constituye un breve  pero muy interesante resumen de las causas, el origen y la situación actual (aún a pesar de los años transcurridos), acerca del control de la iglesia católica en la educación de nuestro país, y, junto a las otras dos conferencias impartidas, se recoge en el Cuaderno nº6 de Noviembre de 2007, de FIES

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El sexo y el obispo_Eduardo Haro Tecglen

agosto 26, 2015

 

tecglen

Poco parecen haber cambiado las cosas desde que Haro Tecglen publicaba este texto en El País un 4 de febrero de 2004.  Poco en la abrumadora realidad de la violencia de género que, desgraciadamente, es noticia casi a diario y poco, si recordamos al obispo Munilla, en la postura de la Iglesia católica en torno al tema propuesto en el artículo. De ahí que el texto siga manteniendo la actualidad de la que indudablemente gozó en su momento y merezca ser “rescatado”.

El sexo y el obispo

Los obispos denuncian la “revolución sexual” como culpable de la violencia doméstica, los abusos y los hijos sin hogar.

No puedo creer en la mala fe de los santos varones: supongo que es una ignorancia supina. La “revolución sexual” cuajó en 1968 al liberarse la mujer de la maternidad por sorpresa, al tiempo que una reducción casi total de la fuerza para el trabajo, y una casi anulación de los riesgos de mortalidad infantil y de parto, trastorna los antiguos planes de alta demografía para el ejército y el trabajo, que siguen siendo defendidos por los conservadores. Entre ellos, los profesionales de la religión, obedientes a un Papa inculto y caduco.

Otra cosa es que el “sistema” se haya apropiado de esta revolución, como de las otras, y la mujer en España tenga ahora trabajos forzosos y peor pagados, y los tocamientos de Toques que están hechos y defendidos por los mismos conservadores que sostienen la Iglesia. Sin su ignorancia, los obispos sabrían cuál ha sido la condición de la mujer en España: la ejecución calderoniana sólo por sospecha, desangradas; el ahorcamiento por adulterio o el convento obligatorio, quizá la más dura de todas. Que algunas mujeres y hombres se recluyan así voluntariamente será otra forma de forzamiento moral, pero no carcelario.

En países con religiones militantes, como los musulmanes, y no triunfantes, como en España, es peor: es lo que era aquí hace unos años. Antes de que llegara, con el retraso consiguiente, la revolución sexual.

Los niños abandonados son de siempre: en otros países se les asesina. Aquí la Iglesia se hacía con ellos, y ponía sobre el torno de la inclusa un letrero: “Abandonado por mis padres, la caridad me recoge”. Toda la novelística pobre se ha basado en los incluseros; en el abandonado a la puerta de una casa rica. Dramas de niños, de mujeres.

En este Directorio de la pastoral familiar de la Iglesia en España (responsable, el obispo de Castellón, Juan Antonio Reig) se dice que la sociedad es poscristiana: por fin una verdad. Hace muchos años que se sabe. Desde que Azaña dijo que “España ha dejado de ser católica”.

Lo que sucedió a continuación no era catolicismo ni cristianismo, sino dictadura y empleo de la fuerza hasta la muerte del forzado.

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[El texto está incluido en una recopilación que sobre laicismo, religión, escuela pública… tenía elaborado el Movimiento Social por la Escuela Pública de Asturias, alguno de cuyos textos iremos incluyendo en la categoría “hemeroteca”


Principios que deben regular la institucionalización de la libertad de pensamiento y de expresión en materia religiosa

agosto 21, 2015

Gonzalo Puente Ojea

Gonzalo Puente Ojea

Hace ya más de diez años, allá por 2001, Gonzalo Puente Ojea  planteaba siete principios “indispensables para fundar una sociedad laica en su sentido genuino y pleno”.

PRINCIPIOS:

1) Toda fe o confesión religiosa es atributo de una conciencia individual, nunca de una entidad colectiva (pueblo, sociedad, estado o asociación) de clase alguna.

2) Sólo los individuos son auténticos sujetos de derechos en cuanto se refiere a su conciencia libre de coacciones, y por consiguiente a sus ideas, convicciones y concepciones del universo y del ser humano.

3) Sólo la conciencia individual, tanto en la libertad de su fuero interno como en las actividades que ejerce en la vida práctica, tiene pleno derecho a ser protegida por el ordenamiento jurídico que regule la convivencia civil y política de la colectividad de la que sea miembro por libre decisión.

4) Las entidades colectivas de las que sean miembros los individuos no podrán ser sujetos de derechos en materias en las que sólo lo son los individuos, como se declara en el principio 1º, pues las entidades colectivas (pueblo, sociedad, estado o asociación) carecen de derechos en el ámbito de la fe o confesión religiosa, toda vez que carecen de conciencia y mente propias. Por su naturaleza jurídica formal no poseen conciencia propia.

5) Los individuos, en cuanto miembros de entidades colectivas, sean civiles o políticas, poseen el derecho, en cuanto solamente como individuos, a que se protejan sus convicciones, ideas o ideologías en el espacio propio de dichas entidades, pero siempre con sometimiento al principio natural de igualdad de todos los ciudadanos (igualdad positiva) y al principio de orden público sin discriminaciones (igualdad negativa).

6) Las entidades colectivas de carácter político, en su orden de soberanía (entidades supraestatales, estatales o intraestatales), por su propia naturaleza, como se declara en el principio 4º, son necesariamente neutras y neutrales en el ámbito religioso, limitándose, en sus deberes propios, a proteger a sus miembros (sujetos individuales o ciudadanos) en el cultivo individual de su fe o convicción religiosa, tanto de modo aislado como eventualmente en comunión con otros fieles de su misma fe, pero sólo como individuos.

7) En atención a lo establecido en los seis principios anteriores, en las entidades colectivas de carácter público no cabe dictar ninguna regulación de orden jurídico relativa a la específicamente llamada “libertad religiosa”, pues en el plano institucional no pueden regularse derechos de confesiones religiosas que como tales no existen en términos ontológicos -no hay conciencia colectiva en ninguna esfera de la vida humana-; y en dicho plano institucional sólo deben estatuirse normas jurídicas que garanticen la conciencia religiosa de los individuos en cuanto tales. La conciencia individual libre ha de estar protegida en todos sus ámbitos y dimensiones sin distinción y sin discriminación (filosófica, ideológica, religiosa, agnóstica, atea, ética, etc.), y ninguna asociación constituida por individuos para cultivar sus contenidos de conciencia puede reclamar privilegios, excepciones o estatutos diferentes de las normas del derecho común. El Derecho Público no conoce institucionalmente las religiones, y su deber se reduce a proteger las conciencias libres de todos los individuos en cuanto individuos, sin distinción posible.

Estos siete principios son indispensables para fundar una sociedad laica en su sentido genuino y pleno.

¿Habremos avanzado algo?

[Fuente: Selección de textos sobre religión, laicismo, escuela pública…,  seleccionados por el Movimiento Social por la Escuela Pública de Asturias]

 


¿ La iglesia católica es una fuerza para el bien en el mundo?

septiembre 11, 2011
Debate con Ann Widdecombe, John Onaiyekan (arzobispo de Abuya, Nigeria), Christopher Hitchens  y Stephen Fry

inteligencia

¿Es la iglesia católica una fuerza para el bien en el mundo? Esta fue la pregunta central que se debatió y contestó en el Central Hall de Londres en una reunión patrocinada por Intelligence 2, el 11 de octubre de 2009.

Debatieron  a favor Ann Widdecombe (miembro del Parlamento inglés por el Partido Conservador) y John Onaiyekan (Arzobispo de Abuya, Nigeria); en contra, Christopher Hitchens (escritor y periodista británico) y Stephen Fry (comediante, actor, director y escritor británic0)

En las encuestas realizadas antes y después del debate, hubo una interesante variación de resultados:

Previa al debate: 678 a favor de que la iglesia católica es una fuerza para el bien, en contra 1102 e indecisos 346

Al final del debate: 2618 a favor, en contra 1876 e indecisos 34

Intervención de Chistopher Hitchens

 

 

 

Debate completo


La Iglesia está exenta de los principales impuestos

septiembre 20, 2001
La Comisión Europea ya ha llamado la atención al Gobierno por el trato discriminatorio con otras asociaciones

 

Juan G. Bedoya, El País, 19 de septiembre de 2001

Cada año, la Conferencia Episcopal Española (CEE) envía a Roma un óbolo -de 16 millones de pesetas, en 2000- con cargo al único presupuesto público de la Iglesia católica, el de la propia CEE. Esa escueta generosidad de los obispos con el Romano Pontífice simboliza el funcionamiento centralizado de esta religión y contrasta con la dispersión con que funciona su economía de ingresos y gastos.

También suele anunciarse cada año lo que el Estado aporta al presupuesto de la CEE -21.756 millones en 2001, algo más del 90% del presupuesto total-, con la equivocada idea de que es sólo esa cantidad la que llega a los obispos desde las arcas del Estado. La realidad, otra vez, confunde esa afirmación, porque lo cierto es que las diferentes administraciones del Estado aportan directamente a la Iglesia cientos de miles de millones más por múltiples caminos.

 El paraíso fiscal

La ventajosa relación de la Iglesia católica con el Estado queda resumida en el campo de la fiscalidad. El clero no declara a Hacienda sus sueldos, y la Iglesia, en sus múltiples manifestaciones, está exenta de los impuestos principales: IVA, impuesto de bienes inmuebles (IBI), el de sociedades, el de transmisiones o el de actos jurídicos documentados. De forma que, cuando se hace la suma global de lo que aporta, aquí y allá, el Estado a las arcas católicas, nadie puede calcular lo que habría que añadir por esa situación de paraíso fiscal. Algunos expertos señalan por alto: decenas de miles de millones más.

Lo curioso es que de esas ventajas fiscales no se benefician ni siquiera las otras religiones que gozan de la calificación de ‘notorio arraigo’ [protestantismo, judaísmo e islamimso], que también han firmado convenios de colaboración con España. Eso quiere decir, por ejemplo, que si un rabino, un pastor o un imam construyen su vivienda en un municipio, deberán pagar, lógicamente, la licencia de obras al Ayuntamiento, de la que, en cambio, está exento el sacerdote para su casa, rectoral o no.

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