Condenados a no salir en la estampita · Darío Adanti

enero 3, 2025

En una democracia occidental cada vez más secularizada, las redes sociales y los anacronismos de nuestro Código Penal -verbigracia: el artículo 525- son, para ellos, un modo de vida, la forma de promocionarse para seguir existiendo. Nadie le debe tanto a la blasfemia como ellos

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Darío Adanti, El Diario, 3 de diciembre de 2025

Ahora que los cruzados de las Santas Órdenes de los Abogados Sectarios y de HazteloMirar han subido a sus corceles imaginarios y desenvainado por enésima vez su santa espada virtual contra esta nueva blasfemia que amenaza con destruir a la religión más grande y poderosa del planeta, hablo de la estampita de la vaquita del Gran Prix que Lalachus osó mostrar en la televisión pública, recordé un chiste popular de mi infancia que decía así:

Está Jesús en la cruz y a sus costados están crucificados los dos ladrones. Jesús se gira hacia el ladrón de la derecha y le dice:
-¡Psst! ¡Ey, tú! Sí, sí, tú… Ven para aquí, anda, acércate un momento.

El ladrón de la derecha, sorprendido, le responde:
-imposible… ¡¿No ves que no puedo moverme?!

Enfadado, Jesús se gira hacia el otro lado y le dice al ladrón de la izquierda:
-¡Psst! ¡Oye, tú! ¡Sí, tú! ¡Acércate! Ven para aquí un momento que no te arrepentirás.

El ladrón de la izquierda, tras hacer un gesto con la cabeza en dirección a sus manos clavadas en los maderos, le responde:
-Ya me gustaría a mí, pero no puedo, me es imposible, ya lo siento…

Entonces Jesús, visiblemente cabreado, mira al frente y les dice con desdén:
-Vale, vale… pero luego no os quejéis si no salís en la estampita.

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Europa Laica sale en defensa de Lalachús y Broncano ante las anacrónicas denuncias por blasfemia

enero 3, 2025

Europa Laica reclama la supresión inmediata del delito de blasfemia, tipificado como «ofensas a los sentimientos religiosos», medida prometida en su día por PSOE y Sumar

Captura de pantalla de Lalachús enseñando el toro de Grand Prix con el Sagrado Corazón de Jesús / Fuente: Wikimedia Commons
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Europa Laica, 3 de diciembre de 2025

Europa Laica denuncia que organizaciones religiosas pretenden limitar la libertad de expresión y el ejercicio del humor invocando el delito de ofensas a los sentimientos religiosos. En esta ocasión el pretexto es el especial de fin de año de TVE, presentado por David Broncano y Lalachús, durante el cual se mostró una imagen de la vaquilla del Grand Prix en un conocido meme que consiste en añadirle un «corazón de Jesús» cuando quieres reverenciar un símbolo cultural.

Las organización «Hazte Oír» ya ha denunciado judicialmente a los presentadores de TV y «Abogados Cristianos» ha manifestado su intención de hacerlo. A ambas organizaciones, muy conocidas por denuncias del mismo tipo contra muchos artistas y revistas, se las califica con frecuencia de «ultracatólicas», para señalar su proximidad a la extrema derecha política. La Conferencia Episcopal ha manifestado la misma opinión que ambas organizaciones acerca del programa.

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Hipócritas · Spanish Revolution (vídeo)

enero 2, 2025

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Spanish Revolution, 2 de diciembre de 2024

Velas de “San Ayuso” o cánticos pedófilos, no hay problema. Pero una broma con la vaquilla del Grand Prix, eso sí que les quita el sueño. No es más que un intento desesperado por censurar y volver al pasado.

La realidad es que el artículo 525 del Código Penal, que penaliza las «ofensas a los sentimientos religiosos», protege privilegios, no creencias. En una democracia, no podemos permitir que las ideologías se usen para censurar la libertad de expresión.

Vídeo
Canal Youtube Spanish Revolution

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Hazte Oír usa un delito en vías de extinción para hacer ruido a costa de Lalachus

enero 2, 2025

La derecha ultracatólica monta una polémica contra la presentadora y TVE, a la que se han sumado Vox y la Conferencia Episcopal, apoyándose en una denuncia abocada al fracaso

Laura Yustres, conocida como ‘Lalachus’, muestra la estampa de la vaca del programa ‘Grand Prix’ durante la emisión de las campanadas de Nochevieja en La 1 de RTVE
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Ángel Munárriz, El País, 2 de diciembre de 2024

Laura Yustres, alias Lalachus, ha pasado de golpe a formar parte de dos galerías de personajes públicos. La primera es la de quienes han presentado en TVE las campanadas de Nochevieja. Ahí se suma a Ana Obregón, Ramón García, Raffaella Carrà, Carmen Sevilla o Jennifer Hermoso, entre otros. Del segundo listado forman parte el músico ya fallecido Javier Krahe, el artista Abel Azcona, la política Rita Maestre, el actor Willy Toledo o el humorista Dani Mateo, que entraron en dicho catálogo por: un vídeo cocinando un cristo, una performance consistente en formar con hostias la palabra “pederastia”, una irrupción en sujetador en la capilla de la Complutense, un “me cago en Dios” y por un chiste en el que se llamaba “mierda” al Valle de los Caídos, respectivamente…

¿Y qué listado es ese? El que forman las figuras de la vida pública denunciadas por el delito de ofensa a los sentimientos religiosos, destino que aguarda a Yustres tras anunciar el grupo ultraderechista Hazte Oír acciones legales contra ella por mostrar antes de las campanadas una estampita de una vaquilla del programa de TVE Grand Prix que simula la imagen del Sagrado Corazón de Jesús.

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Discurso de odio: el caballo de troya del Código Penal. Por Darío Adanti

junio 4, 2023

Puede llegarse a la perversa situación en la que los mismos que fomentan el racismo logren penalizar a aquellos que defienden la tolerancia y la sátira acusándolos de un delito de odio

Ilustración de Guillermo Lara
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Darío Adanti, El Diario, 4 de junio de 2023

Recientemente hemos visto dos casos de posibles límites a la libertad de expresión: los insultos racistas a Vinícius en el estadio de Mestalla durante el partido de liga del Real Madrid contra el Valencia y la citación como imputados a los tres participantes del sketch de la Virgen del Rocío en el programa ‘Està Passant’ de TV3. El primero podría vincularse al discurso de odio y el segundo, a la ofensa a los sentimientos religiosos.

Sobre esto últimos ya expusimos en el artículo ‘Blasfemia: un pecado en el Código Penal’ la opinión de los expertos que señalan la discordancia entre artículo 525 que penaliza la ofensa a los sentimientos religiosos y la protección constitucional del derecho a la libertad de expresión. Aquel artículo terminaba diciendo que, según algunos, para proteger el derecho a la libertad de culto ya están los delitos de odio recogidos en el artículo 510, pero son muchos los actores jurídicos que advierten que el punto 1.a) de dicho artículo -el que penaliza el discurso de odio- puede convertirse en un caballo de Troya que, lejos de proteger a los vulnerables, termine por proteger a los poderosos. 

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Blasfemia: un pecado en el Código Penal. Por Darío Adanti

marzo 26, 2023

El derecho constitucional a la libertad de expresión ya tiene su límite en los delitos de odio y el derecho a no ser ofendido no puede limitarlo porque jurídicamente no existe

Ilustración de Fede Yankelevich
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Darío Adanti, El Diario, 26 de marzo de 2023

La historia de los países está codificada en sus leyes y la historia del Derecho es la historia de la separación entre el pecado y el delito.

En su cuento El Aleph, Jorge Luis Borges describe un punto ubicado en el sótano de una antigua casa en el que se puede ver el universo desde todos los ángulos posibles. Algo parecido pasa con el artículo 525 de nuestro Código Penal, el que castiga la ofensa a los sentimientos religiosos: en él se puede ver toda la historia de España. ¿Que no? Pasen y vean.

Pecado y delito

La palabra ‘blasfemia’, de origen griego, significaba injuria contra alguien. La connotación religiosa, en realidad, estaba tipificada en la asebeia, que era el cargo criminal por “profanación y burla de objetos divinos” o “irreverencia hacia los dioses del Estado”. Por este cargo fueron condenados Sócrates, a muerte, y Aristóteles, al exilio.

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Europa Laica pide al fiscal general que actúe sobre las denuncias por ofensas religiosas

febrero 7, 2023

Europa Laica exige la derogación del artículo 525 del Código Penal.

Miembros de Abogados Cristianos, la asociación ultracatólica de la que han partido muchas de las denuncias por supuestas ofensas a los sentimientos religiosos.
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Fuentes: Nueva Tribuna (Andrea Vicario), / Observatorio del Laicismo, 7 de febrero de 2023

Europa Laica ha vuelto a exigir la derogación del artículo 525 del Código Penal que tipifica el delito de ofensa a los sentimientos religiosos o delito de blasfemia. En una carta dirigida a la Fiscalía General del Estado, la asociación reclama que se aborde este asunto en el marco de sus competencias y tome medidas sobre las denuncias y procedimientos judiciales abiertos. Asimismo, pide a los grupos parlamentarios que acometan sin dilación la retirada de este precepto, y otros similares como el de las críticas a la Corona, que afectan a la libertad de expresión y a la libertad de conciencia.

En los últimos años han sido numerosas las causas abiertas en aplicación de este delito de base religiosa. Entre las más recientes figura la demanda judicial a la revista satírica Mongolia por la portada navideña del pasado mes de diciembre en la que representaba a Jesucristo con el emoticono de un excremento.

El último objetivo ha sido el senador de Compromís Carles Mulet contra el que Abogados Cristianos ha presentado una querella por un delito de incitación al odio por comentarios vertidos en redes por el parlamentario después de la retirada de la cruz franquista en Castelló de la Plana en cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática y que provocó la ira de grupos fascistas tal y como se pudo ver en los vídeos publicados en Nuevatribuna.

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Denuncias por blasfemia: del Cristo de Krahe a la portada de Mongolia

diciembre 7, 2022

Católicos denuncian a la revista satírica por presentar a Jesucristo con el emoticono de un excremento.


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Andrea Vicario, Nueva Tribuna, 7 de diciembre de 2022

La polémica navideña llega de manos de la revista satírica Mongolia con una portada que ha enfadado mucho a los católicos. En la misma se recrea el belén y a Jesús representado con el emoticono de un excremento bajo el título de ‘¡Ha nacido el hijo de Dios! ¡Igualito al Padre!’.

Tras su difusión en redes, el Instituto de Política Social (IPSE) anunciaba que llevará a la publicación a los tribunales “por atentar contra los sentimientos religiosos y por incitación al odio”. A esta denuncia se sumaba poco después otra querella de la fundación Abogados Cristianos.

IPSE ha pedido el “cierre inmediato” de la revista por vía judicial. “Está claro que si lo que buscaban era cabrear a los católicos, lo han conseguido”, afirmaba en un comunicado su presidente, Pablo Hertfelder.

En las últimas horas, los mensajes cruzados de ambas partes avivaban aún más el fuego. Desde Twitter, Mongolia se reafirma y se defiende, con buena carga de ironía, de las críticas, al tiempo que se eleva el tono amenazante del Instituto. “Estos delitos no se pueden consentir”.

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¿Es la blasfemia un delito?

septiembre 30, 2022

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Belchite, Zaragoza. Shutterstock / Luis Pizarro Ruiz

Juan Carlos Velasco, El Obrero, 30 de septiembre de 2022

Aunque sobre el sentido y alcance del término “blasfemia” hay tantas divergencias que la discusión podría hacerse interminable, no resulta un mal punto de partida la definición que ofrece la RAE: “Palabra o expresión injuriosas contra alguien o algo sagrado”. Por extensión, suele entenderse por tal cualquier agresión, sea verbal o simbólica, a los sentimientos de los creyentes. En el uso cotidiano, el vocablo no es nada unívoco y menos si se extiende a la subjetividad de los sentires de cada cual.

Una noción harto difusa

Qué se entiende por blasfemia no es algo objetivo, sino que depende de la perspectiva confesional o la falta de ella que uno tenga. La injuria a la divinidad carece de sentido para quien no admite su existencia. Opuesta sería la posición de aquellos para quienes lo sagrado es lo que da sentido a la propia existencia. Pero también entre estos últimos hay quienes consideran que lo trascendente está muy por encima de las palabras que puedan proferir unos simples mortales.

Para que una reglamentación de esta materia resultara equitativa tendría que regular también las expresiones de los creyentes que pudieran ofender la sensibilidad ética o las convicciones ideológicas de los no creyentes o de los adeptos a otros credos.

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La feminista condenada por el «chumino rebelde» acude al Constitucional y pone en la diana el delito de ofensa religiosa

agosto 5, 2021

Elisa Mandillo, condenada tras la denuncia de Abogados Cristianos por una manifestación del 8M en Málaga que imitaba una procesión de Semana Santa para criticar la posición de la Iglesia contra el aborto, recurre ante el TC.

Manifestación de apoyo a la feminista que fue juzgada y condenada por ofensa a los sentimientos religiosos, ante los juzgados de Málaga /  Europa Press
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Ángel Munárriz, InfoLibre, 5 de agosto de 2021

El caso de Elisa Mandillo ya está en el Constitucional. Y es posible que acabe en Estrasburgo. Quizás el nombre de esta feminista de 36 años no les suene, pero sí hayan oído algo sobre la «procesión del chumino rebelde», que es la variante malagueña de lo que en Sevilla fue la procesión del «coño insumiso«. La etiqueta puede mover a la sonrisa, pero detrás hay un asunto serio, que vuelve a exponer a España a un posible revés en un caso que afecta de lleno a la libertad de expresión, esencial para la democracia.

Mandillo está condenada por ofensa contra los sentimientos religiosos por una performance reivindicativa en el Día de la Mujer de 2013 en Málaga, un éxito judicial de la Asociación Española de Abogados Cristianos. En la manifestación, Mandillo utilizó de forma crítica elementos de simbología católica y deformó oraciones como el Credo y el Ave María, todo ello en el contexto de una protesta contra el endurecimiento de la ley del aborto que preparaba el PP con respaldo de la Conferencia Episcopal. Ahora Mandillo ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC). Su defensa reclama la admisión a trámite del recurso al no haber doctrina sobre la colisión de la libertad de expresión y la defensa de los «sentimientos religiosos» protegidos en el Código Penal en su polémico artículo 525.

Si el Constitucional no le da la razón, el caso irá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo.

Ofensa a los sentimientos religiosos

Su condena señala que se produjo una «burla gratuita de una tradición católica fuertemente enraizada en nuestra sociedad» con «expresiones altamente ofensivas para la fe católica» como el uso «jocoso» del término «santo»

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