Un reglamento de laicidad, ¿para qué?

Asturias Laica en la Semana Negra, Gijón 2022

Javier López – Luis Fernández / Semana Negra

_________________

12 de julio de 2022

Ayer tarde, en el Espacio Kamtxaka (La Revoltosa, libros y café), tuvo lugar una charla-debate con Luis Fernández, presidente de Asturias Laica.

El Reglamento de Laicidad que prepara el Ayuntamiento de Gijón está en medio de un debate político de grupos como PP, Foro, Ciudadanos y Vox, lleno de descalificaciones (obsceno, absurdo, dictatorial…), carente de argumentos y plagado de lugares comunes, (¿Y la cabalgata de Reyes? ¿Y los fuegos de Begoña?…)

Un viejo principio de organización, apuntaba Luis Fernández, dice que cuando alguien se confunde en una actuación se debe a una de estas tres causas: o no puede, o no sabe, o no quiere. No podemos asumir que un cargo público no pueda (tenga limitaciones insalvables para) actuar correctamente, resulta muy duro asumir que no quiere (no le interesa para su política), aceptemos que es un problema de formación (no sabe). Intentemos hacer, pues, «pedagogía»

Y gracias a La Revoltosa que año tras año cede su espacio, esta tarde se pudo hablar del porqué y para qué es necesario un reglamento de laicidad.

Charla-debate / Texto

Un Reglamento de Laicidad ¿para qué?

¿Qué es un Reglamento de Laicidad?

Dada la tormenta que ha desatado en determinados grupos políticos (con el apoyo del párroco de San Pedro) el proyecto municipal parece prudente comenzar por situar lo que significa un Reglamento Municipal de Laicidad.

1º/ El artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos asegura que todos tenemos derecho a nuestras propias creencias, a tener una religión, a no tener ninguna o a cambiarla.

2º/ La Constitución Española declara que ninguna confesión religiosa tendrá carácter estatal. Es decir que frente al Estado todas las confesiones merecen el mismo respeto.

Declaración que coincide con los dos principios morales que son las bases de la laicidad:

            .- Libertad de conciencia

            .- Igualdad de trato para todas las conciencias

3º/ Para su aplicación el Laicismo considera como necesarios dos procedimientos o disposiciones institucionales:

            .- Neutralidad del Estado respecto a las religiones

            .- Separación nítida entre las iglesias y el Estado

El tribunal constitucional interpreta la no estatalidad de las creencias religiosas indicando: “el Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o de actitudes de signo religioso”.

Con lo que el máximo intérprete de la Constitución da forma a los procedimientos del Estado Laico.

A partir de aquí: desarrollar un Reglamento de Laicidad para el Ayuntamiento no significa otra cosa que adaptar estos procedimientos a normas que regulen la vida municipal.

Y aquí es necesario señalar que hablamos de un Estado Laico. La laicidad es una forma de organizar el Estado, no es una ideología concreta. Por eso hablamos de Estado Laico y nunca de sociedad laica. La sociedad es necesariamente plural y por eso, para el necesario respeto en igualdad de esa pluralidad, necesita un Estado neutro respecto a todas las concepciones ideológicas. Es decir: un Estado Laico.

¿Qué debe incluir un Reglamento de Laicidad Municipal?

Este reglamento debe de incluir todas aquellas normas que regulen el funcionamiento del Ayuntamiento en lo referente a sus relaciones con las diferentes confesiones religiosas.

.- Debe regular, con detalle, la forma en que el funcionamiento municipal va a garantizar la neutralidad de la institución respecto a las diferentes creencias de la ciudadanía plural.

.- Debe definir la estructura de los actos públicos e institucionales de forma que se respete esa neutralidad. Es decir necesita desarrollar en normas los procedimientos necesarios para obedecer el mandato del tribunal Constitucional.

.- Debe liberar sus instalaciones de simbología religiosa alguna.

.- Debe organizar sus relaciones con las entidades religiosas con los mismos principios aplicables a cualquier otra entidad privada. Desde el trámite de permisos y participación en subvenciones hasta el pago de impuestos y tasas municipales.

 ¿Qué no debe incluir un Reglamento de Laicidad Municipal?

A la hora de determinar los límites del campo de actuación de un Reglamento de Laicidad hay que considerar dos criterios esenciales:

1º/ El mandato constitucional a los cargos públicos de nunca ser sujetos de actos de carácter religioso.

2º/ La necesaria separación entre el espacio de la producción y garantía del derecho (que es el que se ocupa en razón de cargo público) y el espacio del goce del derecho (que es el que se ocupa  por la condición de ciudadanía).

El reglamento se refiere exclusivamente al espacio de producción y garantía del derecho, espacio que ha de estar libre de cualquier significación religiosa por un escrupuloso respeto a la neutralidad exigida. Por ello sólo son las celebraciones de carácter religioso las que le están vedadas a las autoridades como tales.

Por lo tanto:

.- Es falaz afirmar que Gijón se va a quedar sin la bendición de las aguas que hacen los católicos creyentes el día que celebran san Pedro. Pero necesariamente es una celebración de tipo religioso y por tanto privada de ellos. Y es una muestra del imperialismo propio del nacional catolicismo afirmar que este acto es el centro de la celebración del día de Gijón.

.- Es demagógico comparar la Semana Negra, fiesta popular abierta a todos los modos de pensar, con la bendición de las aguas según un rito de una determinada creencia religiosa.

.- Es falaz afirmar que Gijón se va a quedar sin Cabalgata de Reyes. Nadie de los asistentes, superada la infancia, cree estar asistiendo a la verdadera presencia de unos personajes de la mitología cristiana. Estamos ante una fiesta popular sin significación religiosa. Es una irreverencia hacia los católicos equiparar al párroco de san Pedro cuando bendice las aguas con Baltasar cuando reparte caramelos.

.- Es falaz afirmar que Gijón se va a quedar sin Fuegos Artificiales el día de Begoña. Supone una apropiación invasiva de una fiesta popular sin ninguna connotación religiosa. Más imperialismo nacional católico.

.- Es falaz afirmar que Gijón se va a quedar sin procesiones de Semana Santa. Los católicos tienen todo el derecho a ocupar el espacio público con sus celebraciones. Pero son de ellos y las autoridades deben ser ajenas a las mismas por mandato constitucional.

________

Audio

.- Intervención de Luis Fernández

Asturias Laica · Un reglamento de laicidad ¿para qué?

__________

.- Debate

Asturias Laica · Un reglamento de laicidad ?para qué?_DEBATE

______________

Deja un comentario

Descubre más desde Asturias Laica

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo