Para hablar del delito de ofensa a los sentimientos religiosos intervinieron en el programa radiofónico La Buena Tarde Luis Fernández y Antonio Gómez Movellán
19 de febrero de 2020
El programa “La Buena Tarde” (RPA), que presenta entre otros Alejandro Fonseca, dedicó hoy un breve espacio a uno de los temas del momento: la denuncia de Abogados Cristianos contra Willy Toledo que el pasado lunes le sentó en el banquillo de los acusados por un delito de ofensa a los sentimientos religiosos.
Y para hablar de ello, del delito de escarnio contemplado en nuestro Código Penal, (artículo 525)*, de la ofensa a los sentimientos religiosos, Alejandro Fonseca entrevistó a Antonio Gómez Movellán, presidente de Europa Laica (vía telefónica) y a Luis Fernández, presidente de Asturias Laica.
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Artículo 525*
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.