Traigan a Robespierre a España, a ver si así. Por Ana Pardo de Vera

mayo 12, 2023

…»el humor sobre la religión católica no solo es pecado -que respetamos, aunque nos importe un pimiento-, sino que puede ser delito»…

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Ana Pardo de Vera, Público, 12 de mayo de 2023

Llevo 25 años en este oficio, siguiendo la actualidad política, sus lentos avances y sus rápidos intentos de retroceso (algunos conseguidos), pero todavía sigue habiendo días que la actualidad desborda mi capacidad de asombro; y no porque no esté hecha a las contradicciones de un país que maravilla y espanta a la vez, según los lugares, según las políticas, según los votos, según las costumbres, según las ideas… sino porque hay momentos en que coinciden dos hechos en pocas horas, de golpe y porrazo, y te preguntas cuál de sus bases tractoras son mayoritarias. Todo ello, claro, encuadrándolo en el ámbito casi histérico de medios de comunicación desbordados y política -en toda la amplitud de la palabra- en un año profundamente electoral, con una crisis pospandémica y de guerra en suelo europeo.

Este jueves, un juzgado de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) abrió diligencias tras admitir a trámite la denuncia de Abogados Cristianos por la caricatura que TV3 hizo en Semana Santa de la Virgen del Rocío y que esta asociación ultracatólica considera delito de escarnio contra los sentimientos religiosos. Analicen bien el término «escarnio», porque aunque suene rancio (y peligroso), está recogido en el art. 525 de nuestro Código Penal.

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Blasfemia: un pecado en el Código Penal. Por Darío Adanti

marzo 26, 2023

El derecho constitucional a la libertad de expresión ya tiene su límite en los delitos de odio y el derecho a no ser ofendido no puede limitarlo porque jurídicamente no existe

Ilustración de Fede Yankelevich
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Darío Adanti, El Diario, 26 de marzo de 2023

La historia de los países está codificada en sus leyes y la historia del Derecho es la historia de la separación entre el pecado y el delito.

En su cuento El Aleph, Jorge Luis Borges describe un punto ubicado en el sótano de una antigua casa en el que se puede ver el universo desde todos los ángulos posibles. Algo parecido pasa con el artículo 525 de nuestro Código Penal, el que castiga la ofensa a los sentimientos religiosos: en él se puede ver toda la historia de España. ¿Que no? Pasen y vean.

Pecado y delito

La palabra ‘blasfemia’, de origen griego, significaba injuria contra alguien. La connotación religiosa, en realidad, estaba tipificada en la asebeia, que era el cargo criminal por “profanación y burla de objetos divinos” o “irreverencia hacia los dioses del Estado”. Por este cargo fueron condenados Sócrates, a muerte, y Aristóteles, al exilio.

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Acto en el Ateneo, revista Mongolia contra el delito de blasfemia

febrero 23, 2023

En el acto participó Juanjo Picó, presidente de Europa Laica

Fotograma vídeo del acto
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Revista Mongolia, 23 de febrero de 2023

Ante la ola de querellas presentadas por entidades ultracatólicas por “ofensas a los sentimientos religiosos”, la revista Mongolia convocó el pasado lunes 20 de febrero de 2023 un acto en el Ateneo de Madrid para reivindicar el derecho a blasfemar y a cagarse en Dios, garantizado en las democracias más avanzadas pero no en España.

Libertad de expresión: Por el derecho a blasfemar

En el evento intervinieron:

– Darío Adanti, coeditor de Mongolia, revista satírica que ha puesto en marcha una campaña de micromecenazgo para defenderse de las querellas presentadas por Hazte Oír y Abogados Cristianos por la portada del número de diciembre, en la que se representaba un belén navideño.

– Ángeles González Sinde, escritora, guionista, directora de cine, exministra de Cultura y miembro del Instituto Quevedo de las Artes del Humor

– Juanjo Picó, presidente de Europa Laica, entidad que ha impulsado varias campañas para reformar el Código Penal para proteger la libertad de expresión.

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 Blasfemia: un pecado en el Código Penal (Podcast)

febrero 14, 2023

En nuestra democracia tenemos derecho a ofender, a criticar, a menospreciar, pero ojo: con Dios no se juega

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Fuente: Juan Luis Sánchez, El Diario, 14 de febrero de 2023

El artículo 525 sigue vigente en nuestro Código Penal y castiga a los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican:

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

Y si bien los jueces suelen archivar la mayoría de las denuncias por ofensa al sentimiento religioso, organizaciones ultracatólicas no cejan en su empeño de utilizar el articulo 525 para seguir llevando ante los tribunales a cuantos «les ofenden en sus sentimientos religiosos». Así Abogados Cristianos vuelven a llevar a la revista Mongolia a los tribunales. Les acusan de un delito de ofensa a los sentimientos religiosos. ¿Eso sigue existiendo en España? Sí, y hoy se repasan algunos casos en los que se usa para intentar censurar la crítica.

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Europa Laica pide al fiscal general que actúe sobre las denuncias por ofensas religiosas

febrero 7, 2023

Europa Laica exige la derogación del artículo 525 del Código Penal.

Miembros de Abogados Cristianos, la asociación ultracatólica de la que han partido muchas de las denuncias por supuestas ofensas a los sentimientos religiosos.
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Fuentes: Nueva Tribuna (Andrea Vicario), / Observatorio del Laicismo, 7 de febrero de 2023

Europa Laica ha vuelto a exigir la derogación del artículo 525 del Código Penal que tipifica el delito de ofensa a los sentimientos religiosos o delito de blasfemia. En una carta dirigida a la Fiscalía General del Estado, la asociación reclama que se aborde este asunto en el marco de sus competencias y tome medidas sobre las denuncias y procedimientos judiciales abiertos. Asimismo, pide a los grupos parlamentarios que acometan sin dilación la retirada de este precepto, y otros similares como el de las críticas a la Corona, que afectan a la libertad de expresión y a la libertad de conciencia.

En los últimos años han sido numerosas las causas abiertas en aplicación de este delito de base religiosa. Entre las más recientes figura la demanda judicial a la revista satírica Mongolia por la portada navideña del pasado mes de diciembre en la que representaba a Jesucristo con el emoticono de un excremento.

El último objetivo ha sido el senador de Compromís Carles Mulet contra el que Abogados Cristianos ha presentado una querella por un delito de incitación al odio por comentarios vertidos en redes por el parlamentario después de la retirada de la cruz franquista en Castelló de la Plana en cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática y que provocó la ira de grupos fascistas tal y como se pudo ver en los vídeos publicados en Nuevatribuna.

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Denuncias por blasfemia: del Cristo de Krahe a la portada de Mongolia

diciembre 7, 2022

Católicos denuncian a la revista satírica por presentar a Jesucristo con el emoticono de un excremento.


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Andrea Vicario, Nueva Tribuna, 7 de diciembre de 2022

La polémica navideña llega de manos de la revista satírica Mongolia con una portada que ha enfadado mucho a los católicos. En la misma se recrea el belén y a Jesús representado con el emoticono de un excremento bajo el título de ‘¡Ha nacido el hijo de Dios! ¡Igualito al Padre!’.

Tras su difusión en redes, el Instituto de Política Social (IPSE) anunciaba que llevará a la publicación a los tribunales “por atentar contra los sentimientos religiosos y por incitación al odio”. A esta denuncia se sumaba poco después otra querella de la fundación Abogados Cristianos.

IPSE ha pedido el “cierre inmediato” de la revista por vía judicial. “Está claro que si lo que buscaban era cabrear a los católicos, lo han conseguido”, afirmaba en un comunicado su presidente, Pablo Hertfelder.

En las últimas horas, los mensajes cruzados de ambas partes avivaban aún más el fuego. Desde Twitter, Mongolia se reafirma y se defiende, con buena carga de ironía, de las críticas, al tiempo que se eleva el tono amenazante del Instituto. “Estos delitos no se pueden consentir”.

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La feminista condenada por el «chumino rebelde» acude al Constitucional y pone en la diana el delito de ofensa religiosa

agosto 5, 2021

Elisa Mandillo, condenada tras la denuncia de Abogados Cristianos por una manifestación del 8M en Málaga que imitaba una procesión de Semana Santa para criticar la posición de la Iglesia contra el aborto, recurre ante el TC.

Manifestación de apoyo a la feminista que fue juzgada y condenada por ofensa a los sentimientos religiosos, ante los juzgados de Málaga /  Europa Press
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Ángel Munárriz, InfoLibre, 5 de agosto de 2021

El caso de Elisa Mandillo ya está en el Constitucional. Y es posible que acabe en Estrasburgo. Quizás el nombre de esta feminista de 36 años no les suene, pero sí hayan oído algo sobre la «procesión del chumino rebelde», que es la variante malagueña de lo que en Sevilla fue la procesión del «coño insumiso«. La etiqueta puede mover a la sonrisa, pero detrás hay un asunto serio, que vuelve a exponer a España a un posible revés en un caso que afecta de lleno a la libertad de expresión, esencial para la democracia.

Mandillo está condenada por ofensa contra los sentimientos religiosos por una performance reivindicativa en el Día de la Mujer de 2013 en Málaga, un éxito judicial de la Asociación Española de Abogados Cristianos. En la manifestación, Mandillo utilizó de forma crítica elementos de simbología católica y deformó oraciones como el Credo y el Ave María, todo ello en el contexto de una protesta contra el endurecimiento de la ley del aborto que preparaba el PP con respaldo de la Conferencia Episcopal. Ahora Mandillo ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC). Su defensa reclama la admisión a trámite del recurso al no haber doctrina sobre la colisión de la libertad de expresión y la defensa de los «sentimientos religiosos» protegidos en el Código Penal en su polémico artículo 525.

Si el Constitucional no le da la razón, el caso irá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo.

Ofensa a los sentimientos religiosos

Su condena señala que se produjo una «burla gratuita de una tradición católica fuertemente enraizada en nuestra sociedad» con «expresiones altamente ofensivas para la fe católica» como el uso «jocoso» del término «santo»

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La reforma penal apunta contra un pilar del movimiento ultracatólico español

febrero 10, 2021

La Asociación Española de Abogados Cristianos mantiene abiertos mediante denuncias y recursos 15 casos, entre ellos contra el artista Abel Azcona y Netflix

Performance de Abel Azcona denunciada, tras ser archivada en el Constitucional, en Estrasburgo por Abogados Cristianos

Ángel Munárriz, InfoLibre, 10 de febrero de 2021

Javier Krahe, Willy Toledo, Abel Azcona y Leo Bassi tienen algo en común, además de su condición artística. Sus nombres han estado vinculados a procesos de enorme repercusión mediática y escasa repercusión penal al final del camino. Procesos cuyo saldo hasta ahora han sido incontables artículos y horas de radio y televisión. Mucha discusión y enfrentamiento y polémica. Pero poco más, a la postre. Los cuatro, Krahe, Toledo, Azcona y Bassi, podrían formar parte, seguramente a su pesar, del club del 525, por el artículo del Código Penal que los puso o los mantiene en apuros. Se trata del artículo preferido de las organizaciones ultracatólicas, que obtienen mediante su invocación un amplio eco mediático, sobre todo cuando se ven implicadas figuras públicas, pero un escaso fruto penal. La anunciada reforma del Código Penal por parte del Gobierno, a la que se suma una propuesta legal de Unidas Podemos, apunta así contra uno de los pilares de la estrategia de agitación del movimiento integrista: la batalla en los tribunales –o en los medios, a través de los tribunales– contra los supuestos ataques a la fe religiosa, tomando como asidero un precepto que protege algo tan difícil de tasar como los «sentimientos».

El Ministerio de Justicia incluye dentro de los «delitos de expresión», que planea reformar, aquellos «contra los sentimientos religiosos». El artículo más utilizado en la cruzada librada por el lobby integrista, con organizaciones como Hazte Oír y Asociación Española de Abogados Cristianos a la cabeza y el argumento central de que hay en el país una persecución al catolicismo, se encuentra entre los citados por Justicia. Es el 525. Dicho artículo castiga con una multa de ocho a doce meses a los que, «para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican». Read the rest of this entry »