Es el tercer litigio de similares características que dirimen los tribunales en la provincia de Huesca y es la primera vez que fallan en contra de la Iglesia, que ya anuncia un recurso ante la Audiencia.

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Fuentes: Diario del Alto Aragón / Heraldo, 30 de septiembre de 2021
El Juzgado de lo Civil número 4 de Huesca ha dado la razón al Ayuntamiento de Alberuela de Tubo al reconocer la titularidad municipal de la ermita de Nuestra Señora de la Virgen del Castillo ante la demanda presentada por el Consistorio en el año 2018.
El pequeño Ayuntamiento de Alberuela de Tubo demandó a la diócesis de Huesca por haber inscrito a su nombre el templo en el Catastro y en el Registro de la Propiedad.
Así lo ha indicado en declaraciones a este periódico Ana Bescós, abogada de los servicios jurídicos de la Diputación Provincial de Huesca (DPH) y que representa al ayuntamiento monegrino en este proceso, quien ha recordado que en este caso la iglesia realizó “una inmatriculación masiva y rápida de todos los bienes con certificación administrativa en 2015 que tenía en el catastro a su nombre”.
De este modo, el Ayuntamiento de Alberuela de Tubo, ha recordado su letrada, demandó al Obispado de Huesca, por lo que el juicio se celebró el pasado mes de mayo y este miércoles se ha hecho pública la sentencia “que estima el recurso y declara que la ermita de Nuestra Señora del Castillo pertenece al Ayuntamiento de Alberuela de Tubo”, ha matizado esta letrada.
La jueza ha estimado la demanda declarando que la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Sariñena, consistente en la ermita de Nuestra Señora del Castillo situada en Alberuela del Tubo, pertenece al Ayuntamiento de Alberuela del Tubo. Y es que considera que ha acreditado por medio de documentos y de testigos que desde hace más de 30 años ha realizado actos que reflejan el dominio sobre el templo como obras de conservación, organización de actos públicos o la posesión de la llave de acceso al interior, requisito necesario para adquirir un bien por usucapión. Destaca que así como cuando intervenía en la iglesia del pueblo lo hacía con autorización de la diócesis, cuando se trataba de la ermita “actuaba por sí mismo y sin rendir más cuentas que las propias de un ente público”.
La letrada de la Diputación de Huesca ha explicado que la modificación de la ley hipotecaria en 2015 permitió a la iglesia “inmatricular bienes con una certificación administrativa y la titularidad catastral”.
Como parte demandante, ha indicado Ana Bescós, “el Ayuntamiento de Alberuela de Tubo considera que es dueño de la ermita porque había ejercido como tal desde siempre”.
De hecho, fue el propio Ayuntamiento quien coordinó las obras de rehabilitación del templo entre el 1999 y 2002 “que supusieron una inversión de 150.000 euros con ayudas públicas.
Es el tercer litigio que dirimen los tribunales de la provincia de Huesca sobre la propiedad de templos religiosos entre un ayuntamiento y una diócesis y es la primera vez que fallan en contra de los intereses de la Iglesia. Recientemente, este mismo juzgado concedió la propiedad de la ermita de la Virgen de Casbas de Ayerbe, conocida como la ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón por sus valiosas pinturas murales del siglo XVII, al Obispado de Huesca, aunque el Ayuntamiento va a recurrir; y antes el Juzgado de Boltaña sentenció lo mismo con la iglesia de Plan a favor del Obispado de Barbastro-Monzón. En ambos casos, los fallos argumentaron que el uso de estos templos era para culto y negaron que el pago de gastos de rehabilitación y mantenimiento por parte del municipio permitieran otorgara su titularidad.
Por parte del Obispado de Huesca, su abogado, Joaquín Guerrero ha explicado que en relación a la sentencia dictada que “acatará el pronunciamiento en tanto no sea modificado en superior instancia hasta que se revoque”. Y ha anunciado que se va a recurrir a la Audiencia Provincial de Huesca al existir “sólidos fundamentos y muchos motivos para ello”.
La realidad, ha señalado el letrado del Obispado, es que esta ermita “no solo estaba inscrita en el registro de la propiedad sino que cuando se inscribió, el registrador comunicó al Ayuntamiento que el Obispado había inscrito a la parroquia”.
Por ello, ha considerado que “la causa se elevará a la Audiencia Provincial de Huesca por esta y otras razones”.
También quiso dejar claro que el Obispado de Huesca no va a tener “ninguna animadversión ni va a cesar en la buena relación que tiene con el Ayuntamiento”.
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SENTENCIA