
Grupo de capellanes del Hospital Reina Sofía / Fuente foto
26 de julio de 2020
La regulación vigente sobre asistencia religiosa católica en hospitales públicos tiene su base en el Art. 4 del AJ de 5 de enero de 1979 entre España y la Santa Sede. Este precepto reconoce el derecho de las personas internadas en hospitales a recibir asistencia religiosa y señala la forma y manera de hacer posible su ejercicio efectivo en el ámbito hospitalario público: a través del común acuerdo entre las autoridades eclesiásticas y las estatales.
En cumplimiento de esta norma, recogida en un Tratado Internacional), el régimen jurídico sobre asistencia católica es un régimen pactado, elaborado en común por órganos eclesiásticos y estatales
Y así, en aplicación del Acuerdo sobre asistencia religiosa católica en centros hospitalarios públicos, firmado el día 24 de julio de 1985, y publicado en el BOE. el 21 de diciembre de 1985, el Director General del Instituto Nacional de la Salud y el Presidente de la Comisión Episcopal de Pastoral, en representación de la Conferencia Episcopal Española, siendo Felipe González presidente, se suscribe un Convenio sobre la asistencia religiosa católica en los centros hospitalarios del Instituto Nacional de la Salud. `[Fuente La asistencia religiosa en el ámbito hospitalario público español]
En 2002 el INSALUD desaparece con la transferencia de la competencia sanitaria a cada una de las comunidades autónomas pero, como apunta Carles Munet al formular una pregunta al Gobierno sobre capellanes en hospitales públicos este pasado febrero, “el convenio sirvió de justificación para transferir también este privilegio religioso”, aunque ahora los convenios se suscriban en las distintas comunidades autónomas.
Por otra parte, en la Comunidad de Madrid y desde la firma del convenio de asistencia religiosa suscrito en 1997 entre Alberto Ruiz Gallardón y Rouco Varela, los sacerdotes católicos forman parte de los Comités de Ética de los Hospitales. Y así se mantiene en el recientemente firmado por la presidenta Isabel Díaz Ayuso: El SARC podrá formar parte del Comité de Ética y de los Equipos de Cuidados Paliativos de acuerdo con la normativa que los regule…
Sobre la inclusión de sacerdotes en los Comités de Ética Asistencial de los Hospitales escribe en Nueva Tribuna Armando Azulay Tapiero
Los curas en los comités de ética asistencial: ¿Es necesaria su presencia?
Recientemente, el Gobierno Autonómico de la “constitucionalmente aconfesional” Comunidad de Madrid ha redactado un acuerdo que regula la asistencia religiosa católica, solo ésta y ninguna otra, en los hospitales públicos y con cargo al erario público. En dicho convenio existe una cláusula que permite a los religiosos formar parte de los Comités de Ética Asistencial y Cuidados Paliativos de los centros. Read the rest of this entry »