El martes de la España eterna. Por Josep Ramoneda

noviembre 4, 2023

Una doble parafernalia de exhibición de la Monarquía y desidia de los obispos ante los casos de pederastia coincidieron el mismo día en ocupar la escena pública con acordes que suenan muy lejanos de la situación actual

La princesa Leonor saluda al nuncio apostólico en España, Bernardito Auza, en el Palacio Real tras el acto de la jura de la Constitución / Daniel González (EFE)
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Josep Ramoneda, El País, 4 de noviembre de 2023

1. Parafernalia monárquica e hipocresía católica ocuparon el martes la escena pública española, como si de pronto una nube de realidad paralela se desplazara por encima de la piel de toro. Dos de las instituciones más atávicas de este país, la Monarquía y la Iglesia, dos de los poderes que más han marcado las aventuras y desventuras de los españoles, ocuparon redes y pantallas en un ejercicio de despiste, de negación de las cosas que pasan.

No sé si la coincidencia fue casual. Quizás los obispos pensaron que, con los medios de comunicación ocupados en el espectáculo del juramento de la Constitución por parte de la princesa Leonor, su exhibición de cinismo ante las denuncias de los abusos sexuales del clero pasaría más desapercibida. Pero el espectáculo de la cúpula católica fue demasiado siniestro como para que pudiera escapar a la atención pública. Con el desprecio a los que han hecho emerger lo que siempre se ocultó y con el empeño en minimizar los hechos, la Iglesia no mejorará su reputación.

2. De pronto, un trámite en el ritual de una institución —la Monarquía— se ha convertido en un ruidoso espectáculo que cae del cielo en medio de tensiones y ruidos. En momentos de zozobra se escenifica que el relevo de la Corona está a punto. Y que la continuidad de la Monarquía está asegurada porque ya está lista quien reúne la condición de heredera para sustituir al Rey si se diera una emergencia. ¿Realmente creen que la Monarquía está en peligro?

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¿La aconfesionalidad del Estado para cuándo?

agosto 25, 2022

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Besapiés Cristo Medinaceli, Madrid 2018 / Ofrenda floral Santiago, 2022

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Puño en Alto, 25 de agosto de 2022

Un Estado aconfesional es aquel que no se adhiere y no reconoce como oficial ninguna religión en concreto, aunque pueda tener acuerdos (colaborativos o de ayuda económica, principalmente) con instituciones religiosas, sin que se privilegie unas sobre otras. Un Estado aconfesional no es exactamente un Estado laico.

En un sentido estricto, la condición de Estado laico supone la nula injerencia de cualquier organización o confesión religiosa en el Gobierno de un país, ya sea el poder Legislativo, el Ejecutivo o el Judicial. En un sentido laxo, un Estado laico es aquel que es neutral en materia de religión por lo que no ejerce apoyo ni oposición explícita o implícita a ninguna organización o confesión religiosa.

El artículo 16 de la Constitución establece lo siguiente: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones«. Sin embargo, la realidad de los hechos desmiente ese modelo aconfesional, ya que vivimos en realidad en un modelo confesional soterrado, encubierto.

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España: Estado confesional

agosto 2, 2021

Con independencia del texto constitucional y de las interpretaciones que puedan darse al mismo teniendo en cuenta el contexto internacional, lo cierto es que hoy resulta imposible afirmar que España sea, en la realidad de hecho, un Estado aconfesional y, desde luego, menos aún, laico

Momento de recogimiento ante la estatua del Apóstol Santiago

“Momento de recogimiento ante la estatua del Apóstol Santiago” / Casa Real

Garbiñe Biurrum Mancisidor, El Diario, 2 de agosto de 2021

El artículo 16 de la Constitución, que garantiza la libertad religiosa y de culto, prevé también que ”ninguna confesión tendrá carácter estatal”, así como que ”los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

Mucho se ha escrito y opinado sobre la calificación que corresponde a este Estado con base en dicha previsión constitucional, esto es, si se está dibujando un Estado aconfesional o un Estado laico. Diferencia que no es baladí, ya que, si bien ambos parten de la no adscripción del Estado a una confesión, del no reconocimiento de una Iglesia como oficial del Estado y de la existencia de espacios autónomos de actuación para el Estado y para las Iglesias, la laicidad se basa en la autonomía y separación plena entre Estado e Iglesias, en tanto que la aconfesionalidad también parte de esa autonomía, pero prevé relaciones de cooperación entre el Estado y las confesiones religiosas siguiendo diversos criterios distintos posibles.

Y luego está la imaginativa y, a mi juicio, excesivamente ”optimista” ”tercera vía” de la doctrina del Tribunal Constitucional que, en su Sentencia 46/2001, razonó en el sentido de considerar que la Constitución plasma la idea de aconfesionalidad o ”laicidad positiva”, en terminología también utilizada por, por ejemplo, el anterior Papa de la Iglesia Católica Benedicto XVI, que apeló a ella como desiderátum de regulación de un Estado ”sanamente laico”.

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El año santo compostelano y el rey

julio 19, 2021

Felipe Domingo Casas, Observatorio del Laicismo – Europa Laica, 19 de julio de 2021

Se acerca irremediablemente el domingo 25 de julio, día central de la celebración del año santo compostelano. Si es tradición prepararlo y celebrarlo siempre con solemnidad, a este año se añade la precaución debido a las circunstancias tan especiales que la pandemia ha impuesto. Las rutas xacobeas a Santiago tienen una larga, una de las más largas tradiciones europeas, para mover a sus ciudadanos de sus lugares de origen, por un doble motivo, el religioso, principal en tiempos pasados para mostrar sus creencias, y el turístico y andariego, más popularizado y masivo en épocas actuales.

Para impulsar el turismo a mayor escala del que hubo el año pasado, cien municipios, cinco autonomías y el Gobierno de España se han reunido para tomar medidas y hacer planes en beneficio de todos ellos, en muchos casos de la España despoblada a la que pertenecen, y que todo converja también en beneficio económico de Santiago y Galicia, final de todas las rutas o caminos. Todas las iniciativas que se pongan en marcha para incrementar los recursos económicos por la llegada de peregrinos y turistas son pocas, al mismo tiempo que se ponen los medios para hacer de las distintas rutas “un camino seguro” a Santiago a fin de ir alcanzando la normalidad.

Felipe VI acudió el año pasado a Santiago, aunque no le correspondía, aprovechando que habíamos salido del confinamiento, para hacer la ofrenda al Apóstol y darle gracias por haber superado la pandemia. En la visita, Felipe VI se citó a sí y allí mismo para este año. Lo hizo de una forma natural, como un acto propio de la agenda de la monarquía, sin tener que añadir nada más ni dar cuenta a nadie. Decidía cumplir con la “secular tradición” monárquica borbónica instaurada por Felipe IV.

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Cuando al arzobispo lo elige el Rey

abril 2, 2021

El Gobierno y el Nuncio del Vaticano inician el proceso para nombrar al nuevo vicario castrense

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El nuncio del Vaticano en España, Bernardito Auza, con Felipe VI tras entregarle sus credenciales en enero de 2020.ZIPI / EFE

Miguel González, El País, 2 de abril de 2021

En julio de 1976, el marqués de Mondejar, jefe de la Casa del Rey, acudió al Vaticano con un mensaje personal para el Papa: Juan Carlos I renunciaba al derecho de presentación de obispos. El nuevo rey se desprendía voluntariamente de un privilegio histórico de los monarcas de la Casa de Austria que Franco recuperó y el Concordato de 1953 consagró, sellando el control de la dictadura sobre la jerarquía eclesiástica. En virtud de esa prerrogativa, Franco elegía a los nuevos obispos a partir de una terna cocinada entre el Ministerio de Exteriores y el Nuncio del Papa en España. Finalmente, el Pontífice se limitaba a ratificar el nombramiento.

Mientras se mantuvo la simbiosis entre el Estado nacional-católico y una jerarquía que había bendecido la Guerra Civil como cruzada no hubo problema pero, tras el Concilio Vaticano II (1962-65), la Iglesia marcó distancias con el régimen y el engranaje empezó a chirriar, hasta el punto de que muchos obispados quedaron sin cubrir y se multiplicaron los obispos auxiliares, nombrados directamente por el Vaticano.

La renuncia del Rey, en 1976, fue ratificada por el Concordato de 1979, que abolió el privilegio de presentación de obispos, y la Constitución de 1978, que consagró el carácter aconfesional del Estado. Sin embargo, aún se mantiene un vestigio del antiguo régimen en el sistema de nombramiento del arzobispo castrense, bajo cuya jurisdicción están los miembros católicos de las Fuerzas Armadas, la Guardia Civil y la Policía Nacional, así como sus familias. El único cuya diócesis no tiene límites territoriales, pues abarca toda España, e incluso los contingentes desplegados en misiones internacionales.

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Monarquía, Ejército e Iglesia, ¿por qué son las tres instituciones privilegiadas y blindadas en la Constitución de 1978?

agosto 30, 2020

Foto Nueva Tribuna

Cándido Marquesán Millán, Nueva Tribuna, 30 de agosto de 2020

Llama poderosamente la atención que en nuestra Carta Magna hubo tres instituciones  a las que se les concedieron grandes privilegios y que quedaron blindadas: Monarquía, Iglesia y Ejército.

Una fue la Monarquía –especialmente blindada frente a eventuales reformas por el artículo 168, que para su revisión o eliminación se requiere aprobación por 2/3 de ambas Cámaras y disolución de las Cortes; las nuevas Cámaras deberán ratificar y estudiar la revisión por 2/3, y posteriormente referéndum.

Y la segunda, la explícita atribución al Ejército de la tutela de la “integridad territorial” y del propio “orden constitucional” (artículo 8), con un doble objetivo. Por una parte, sancionar el olvido de los crímenes franquistas. Por otro, convertir a la jerarquía militar en guardiana de la “indisoluble unidad de la Nación española” y en factor disuasorio frente a las reivindicaciones de autonomía de las “nacionalidades y regiones”.

La tercera, la Iglesia Católica, a la que se le reconocieron sus intereses básicos en materia educativa (artículo 27) y  la renuncia al reconocimiento del carácter laico –y no simplemente aconfesional– del Estado (artículo 16.3), aunque la aconfesionalidad se incumple  ya que en dicho artículo “Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.  Un Estado aconfesional no debe hacer una cita expresa a una religión concreta, ya que esto significa privilegiarla sobre las demás e incumplir el artículo 14 “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda haber discriminación alguna ni por nacimiento, raza, sexo, religión, opinión…”

Tales privilegios a estas tres instituciones, quizá sea, por el peso de la historia, de la que hablaré luego. Han tenido un protagonismo clave. Las tres son instituciones conservadoras, mejor reaccionarias, jerárquicas, verticales, cuyo poder va de arriba hacia abajo, del centro a la periferia. Y lógicamente han contribuido en gran parte, no sé cuál es su alcance, a determinar y configurar nuestra visión política, social, religiosa, económica de acuerdo con determinados valores. Pero además entre ellas ha habido en general un perfecto ensamblaje, o lo que es lo mismo una Triple Alianza. Se han apoyado siempre. Los roces entre ellas  han sido escasos. Read the rest of this entry »