El claustro de Santa María la Real de Nieva ya es de titularidad municipal

El Obispado renuncia al recurso de titularidad del claustro de Santa María la Real de Nieva

Claustro de Santa María La Real

Fuentes: Cadena SER  / El Adelantado de Segovia 

Tras la desamortización de Mendizábal Santa María La Real dejó de considerarse monasterio, dividiéndose su propiedad entre el obispado de Segovia y el ayuntamiento de Santa María la Real de Nieva. El ayuntamiento estima que el claustro está bajo la protección del Estado y su inspección y custodia depende de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

En 2018 el obispo de Segovia reclamaba por vía judicial la propiedad del conjunto monástico, que los vecinos siempre han sentido como «suyo»,  para quedarse como único propietario de un inmueble de titularidad pública desde 1842.

En 2019 el Ayuntamiento de Santa María la Real de Nieva ganó al Obispado de Segovia el litigio que ambas instituciones mantenían por la propiedad de ese espacio. El Juzgado de Santa María dictaminó en la sentencia que el Ayuntamiento “es titular del pleno dominio del claustro, solar de la antigua sacristía, portería, Sala Capitular, refectorio, Salón de Cortes y Sala de la Reina, del conjunto monumental –antiguo Convento de Dominicos— en Santa María”. Por su parte, el fallo también fija que el Obispado de Segovia es el titular del pleno dominio del templo de la Iglesia de Santa María la Real de Nieva.

Ahora la Audiencia Provincial de Segovia ha ratificado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Santa María la Real de Nieva que otorga la titularidad del claustro de la iglesia al Ayuntamiento de esta localidad. Esta decisión no ha sido recurrida por el Obispado de Segovia y por lo tanto se pone punto final a un largo contencioso entre ambas partes por la titularidad del claustro.

La alcaldesa de la localidad, Pilar Ares, a través de un bando municipal, informa que adquiere firmeza la sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia, que ratifica la decisión del Juzgado de Instrucción,  y que ” ya se puede afirmar con rotundidad que el Ayuntamiento es el titular del pleno dominio del claustro, el solar de la antigua sacristía, el acceso al mismo, la sala capitular, el refectorio, la sala de la reina y el salón de cortes “. La sentencia atribuye al Obispado la titularidad de la iglesia parroquial.

La regidora comunica que, desde que el Ayuntamiento recibió la demanda interpuesta por el Obispado de Segovia“este Consistorio ha defendido los intereses del municipio con todos los medios a su alcance”, y reconoce que “no ha sido un camino fácil pero el resultado final ha sido satisfactorio”. Por otro lado, Ares deja patente el ánimo del consistorio para seguir colaborando con la parroquia, como ha hecho siempre y prestarle su ayuda en todo lo que fuera necesario.

 

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