Serie en 9 artículos sobre la relación entre la Iglesia y el Estado en la Historia de España: del Antiguo Régimen al Concordato de 1953

Eduardo Montagut, Nueva Revolución, 18 de octubre de 2022
1.- Antiguo Régimen
Durante la época moderna la firma de Concordatos con Roma debe inscribirse dentro de la política regalista seguida por los Austrias, pero, sobre todo, por los Borbones en el siglo XVIII. El regalismo es una doctrina jurídica, surgida a fines del siglo XV, en relación con el fortalecimiento de las monarquías, que propugnaba la superioridad del rey sobre la Iglesia en cualquier ámbito menos en el de la doctrina. Uno de los objetivos de los monarcas regalistas era constituir una Iglesia nacional sometida a su autoridad, aunque sin romper en lo religioso con el Papa, como queda expresado. Para ello, necesitaban el patronato regio o derecho de la Corona consistente en la potestad de poder de nombrar a las dignidades eclesiásticas. En Francia se dio un mayor acusado regalismo, conocido como galicanismo, que se puede definir como la afirmación de la independencia del rey francés frente al papado, la colaboración del clero y los poderes seculares para limitar la intervención papal en el estado francés, y la superioridad de un concilio ecuménico sobre el Papa. El galicanismo llegó a su culminación con la aprobación de los Acuerdos Galicanos, promulgados por un sínodo del clero francés en el año 1682.
El antecedente más inmediato en relación con el patronato, regresando a España, estaría en el siglo XV cuando el papa Martín V reconoció por el Concordato de Constanza (1418) el derecho de Juan II de Castilla a supervisar las elecciones de obispos. Los Reyes Católicos consiguieron el patronato regio para el Reino de Granada y para los nuevos territorios a conquistar en Ultramar. En 1640 se firmó una Concordia entre el nuncio papal y el Consejo Real, y luego ratificada por Felipe IV y Urbano VII para reformar el poder que la nunciatura tenía en España en un momento de difíciles relaciones entre Madrid y Roma.
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