148 aniversario proclamación de la 1ª República. Conferencias organizadas por el Ateneo Republicano de Asturias (Audio)

febrero 14, 2021

Ateneo Republicano de Asturias

Fuente: Ateneo Republicano de Asturias, 14 de febrero de 2021

El sábado 13 tuvieron lugar, por videoconferencia, dos charlas organizadas por el Ateneo Republicano de Asturias para conmemorar el 148 aniversario de la proclamación de la Primera República española.

En el encuentro telemático, presentado por Alejandro Villa, presidente del Ateneo Republicano de Asturias, y moderado por Miguel Bernardo, intervinieron Faustino Zapico, profesor de Historia que hablaría acerca de  “La soledad de la 1ª República” y el también profesor de Historia y vicepresidente de ARA, José Luis Iglesias, quien centraría su charla en “La 1ª República vista desde la actualidad”.

Al final de ambas intervenciones se abriría un turno de palabras entre los asistentes.

AUDIOS

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¿Educación confesional en la Escuela? Ni una, ni ninguna

febrero 14, 2021
“Mientras la religión ‘confesional’ no salga de la Escuela, ésta no podrá ser nunca libre”. Abordaje de la anormalidad democrática que provoca la Religión en el desarrollo de la actividad educativa.

Javier Escudero Escudero, El Salto, 14 de febrero de 2021

España, dice nuestra Constitución (CE) en su art. 1, es un Estado social y democrático de Derecho, que propugna valores superiores como la libertad, la justicia, la igualdad; que la soberanía reside en el pueblo  y que es una monarquía parlamentaria. El Reino de España es una Democracia parlamentaria y, también, un Estado laico, o aconfesional, que es lo mismo.

Estado laico

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia deberán comportarse fraternalmente los unos con los otros.” (Artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, DUDH).

España es un Estado laico (de derecho, no lo olviden) de acuerdo con nuestra Carta Magna (arts. 16, 14, 10… CE). Así, el propio Tribunal Constitucional (TC) lo confirma (principio de laicidad estatal) en varias sentencias, como son la STC 154/2002, de 18 de julio, en la que TC expone que “la aparición de conflictos jurídicos por razón de las creencias religiosas no puede extrañar en una sociedad que proclama la libertad de creencias y de culto de los individuos y comunidades, así como la laicidad y neutralidad del Estado”; o la STC 101/2004, de 2 de junio, J 3, STC 46/2001 y STC 128/2001, de 4 de junio, donde el TC hace alusión a la aconfesionalidad del Estado, calificándola de “laicidad positiva”.

La Constitución Española de 1978 establece claramente, pues, un Estado democrático caracterizado por los principios de libertad de conciencia, igualdad, laicidad y cooperación. Un modelo de Estado, el laico, que se concreta en la garantía y respeto del derecho de toda persona a la libertad de conciencia, sin discriminación por razón de sus convicciones.

Pero si España es un Estado laico de Derecho, según sentencias del TC, y así lo defienden muchos juristas de reconocido prestigio… ¿Cómo nuestros gobernantes, y los poderes del Estado no respetan este mandato constitucional que les obliga a cumplir y defender la laicidad de las instituciones que gobiernan?

Concordatos, acuerdos con la Santa Sede: la madre del cordero. #Oremus

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