Sugerencias de Europa Laica al MEC ante la consulta del anteproyecto de Ley orgánica de modificación de la actual Ley de Educación

noviembre 7, 2018

El Gobierno tiene sometido a consulta pública desde el pasado 26 de octubre un anteproyecto de Ley orgánica de modificación de la actual Ley de Educación.

El documento, muy breve -tres páginas-, plantea, entre otras cuestiones, los problemas que con este proyecto se pretenden solucionar, entre otros la religión confesional en el Bachillerato los objetivos que se persiguenentre los que se encuentra  el de “Regular el ejercicio del derecho a una enseñanza de la religión confesional, sin que obligue a una asignatura alternativa ni interfiera en la nota media obtenida en enseñanzas académicas, en el marco de los Acuerdos con la Santa Sede”

La fecha límite para enviar aportaciones está a punto de finalizar, el 10 de noviembre de 2018 .(consulta.seefp@mecd.es).

Foto Marcos León

Europa Laica ha enviado una serie de sugerencias que compartimos y suscribimos:
Fuente: Europa Laica, 7 de noviembre de 2018

Contribución inicial que hace Europa Laica, sin menoscabo de futuras sugerencias y aportaciones que hagamos durante el período de preparación de la norma por parte del Ejecutivo o, en su caso, del período legislativo

Estas aportaciones van en la línea de las que Europa Laica ha venido haciendo en la Comisión de Educación, durante la tramitación de la LOE y de la LOMCE, que fuimos invitados a participar o en iniciativas presentadas en el Parlamento desde 2003, algunas de ellas avaladas por decenas de miles de firmas de la ciudadanía, de entidades y de personas de reconocido prestigio en el ámbito de la Educación.

Sobre algunos de los objetivos de la normas que se proponen modificar.

  • Objetivo 2-Regular una estructura del currículo al servicio de una educación inclusiva y acorde con las competencias básicas, valorando, respetando y apoyando la diversidad,
  • Objetivo 3-Regular el ejercicio del derecho a una enseñanza de la religión confesional, sin que obligue a una asignatura alternativa ni interfiera en la nota media obtenida en enseñanzas académicas, en el marco de los Acuerdos con la Santa Sede.

*Sobre este tercer objetivo, muy controvertido, hay que analizar cómo se materializa en la práctica, ya que sólo cabe que, obligatoriamente, la religión confesional se imparta a primera o última hora y se diera libertad al alumnado para  permanecer o no en el centro. O bien sacarla del horario lectivo.

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La justicia europea despeja el camino para exigir el IBI a la Iglesia en España

noviembre 7, 2018

Una sentencia del Tribunal de Luxemburgo obliga a Italia a cobrar el impuesto municipal atrasado por inmuebles con uso comercial ***. Fallo que evita que una ventaja fiscal adultere la competencia en el mercado

Monseñor Stefano Russo, secretario general de la Conferencia Episcopal Italiana. Chiessa Cattolica Italiana / InfoLibre

Ángel Munárriz, InfoLibre, 7 de noviembre de 2028

La justicia europea ha golpeado las ventajas fiscales de la Iglesia católica en Italia, su cuna, en una sentencia con irradiación en toda la UE. Incluida España, donde la Iglesia se beneficia de exenciones por inmuebles en los que se desarrollan actividades económicas, precisamente el aspecto atacado por el fallo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, ha establecido en una sentencia fechada este martes la obligatoriedad del Estado italiano de cobrarle a la institución religiosa el impuesto sobre bienes inmuebles (denominado IBI en España e ICI en Italia) atrasado en establecimientos donde desarrolle actividades comerciales. El TJUE defiende la incompatibilidad de una ayuda de Estado, indirecta o encubierta a través del sistema fiscal, con el funcionamiento libre del mercado. Se trata de impedir que una entidad de la Iglesia se beneficie de una exención fiscal en un inmueble desde el que compite ventajosamente con otras empresas dedicadas a un negocio similar.

Esta situación se puede dar en España, aunque no está cuantificada. La Iglesia tiene alquilados, por ejemplo, aparcamientos en Almería y Lugo y un hotel en Begur sin pagar el IBI ni el Impuesto de Sociedades. Lo hace de forma totalmente legal en España, acogiéndose a la Ley de Mecenazgo, en un régimen que la iguala con fundaciones y ONG. Este blindaje podría verse afectado por la sentencia del TJUE. La resolución europea despliega eficacia erga omnes, es decir, afecta a todos los países de la UE, continuando con la línea jurisprudencial existente sobre la aplicación de esquemas tributarios que encubren ayudas de Estado, explica Aitor Martínez, profesor de Derecho Internacional.

¿Cómo podría ponerse a prueba si las exenciones españolas a inmuebles de la Iglesia o sus entidades en los que se desarrollan actividades económicas están fuera de la ley europea? “Las ayudas de Estado están prohibidas por el Derecho comunitario, porque rompen el mercado interior. Y no sólo las ayudas directas, por ejemplo en forma de subvenciones, sino las ayudas indirectas o encubiertas. Se puede presentar un recurso ante la Comisión Europea, que actúa como guardiana de los tratados europeos, alegando además que ahora hay un precedente jurisprudencial con cierta identidad en el objeto y los sujetos”, señala Martínez. Read the rest of this entry »