La cuestión no es solo si se debe permitir el uso de símbolos religiosos en la educación, sino también reflexionar sobre cuál será su impacto

Luis Alfonso Iglesias Huelga , La Rioja, 14 de febrero de 2026
El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Logroño ha dictaminado que impedir a una alumna del instituto Práxedes Mateo Sagasta el acceso a clase con hiyab vulnera el derecho fundamental a la libertad religiosa reconocido por la Constitución. Según los medios de comunicación que han podido acceder al contenido de la sentencia, esta entiende que «la decisión adoptada, lejos de fomentar la igualdad, el respeto y el pluralismo, ha tenido el efecto contrario», al provocar «una disputa y un amplio debate social donde antes no existía».
Pudiera interpretarse de este último párrafo que es mejor no tomar decisiones no vaya a ser que provoquen debates, cuando el debate es la esencia de la democracia y del pluralismo. Además, ese debate necesario e incluso saludable ya existía y seguirá existiendo porque, en realidad, trata acerca de un tema trascendente por su significado también social: la laicidad de las instituciones públicas. Ellas deben ser la mejor garantía para una convivencia en igualdad de todas las personas, sin privilegios ni discriminaciones, ya sean católicas, musulmanas, protestantes, ateas o agnósticas porque lo importante es el sustantivo permanente «persona» y no su condición religiosa.
Read the rest of this entry »
Posted by asturiaslaica 


















