El Ejecutivo subraya que la modificación propuesta responde a la necesidad de adaptar normas vigentes sobre libertad de expresión a la jurisprudencia española y europea, al tiempo que enfatiza que otros artículos ya garantizan protección frente a ataques religiosos.

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Fuente: Infobae
En septiembre de 2024, Félix Bolaños, ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, comunicó una reforma integral del Código Penal que incluye como uno de los ejes principales la eliminación del delito contra los sentimientos religiosos o de escarnio público recogido en el artículo 525. Según informó Europa Press, este anuncio motivó la reacción de diferentes confesiones religiosas que, pese a sus diferencias doctrinales, se unieron para alertar públicamente sobre las posibles consecuencias jurídicas y sociales de retirar dicha protección y solicitaron la apertura de un “diálogo respetuoso” con el Gobierno acerca de la propuesta por considerar que afecta de manera sustancial el derecho a la libertad religiosa.
En este contexto, el Ejecutivo defiende que la iniciativa se fundamenta en la necesidad de alinear las normas españolas sobre libertad de expresión con la jurisprudencia nacional y europea vigente, manteniendo garantías legales frente a atentados contra la dignidad y la libertad religiosa de las personas, según detalló Europa Press.
El Gobierno expuso en una respuesta escrita a la consulta del diputado de Unión del Pueblo Navarro (UPN), Alberto Catalán Higueras, que el argumento central de la reforma radica en que las «ideas o creencias no son titulares de derechos fundamentales», subrayando que estos derechos solo protegen a las personas.
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Posted by asturiaslaica 



















