León logra que San Isidoro y las Carbajalas paguen el IBI por sus negocios hoteleros

junio 3, 2018

La Colegiata abona 81.276,5 euros de recibos arrastrados y empieza a pagar 16.255,3 euros al año por su hospedería

El paseo sobre la muralla en San Isidoro. – Jesús F. Salvadores

Fuente: Diario de León, Álvaro Caballero, 03/06/2018

Después de años de topar con la Iglesia, el Ayuntamiento de León empieza a ingresar al menos los recibos que le da derecho a cursar la ley. El consistorio cobra desde este año la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) por su hospedería a la Colegiata de San Isidoro, que ha cumplido además con el abono de los cinco ejercicios reclamados desde que cambió la normativa en 2012. En total, el cabildo isidoriano ha desembolsado ya 91.029,68 euros por la parte de su complejo en la que desarrolla los usos hoteleros y hosteleros. La misma máxima se ha logrado imponer a las Carbajalas, que plantearon menos problemas y empezaron a tributar en 2017 de manera regular, después de liquidar las cuatro anualidades precedentes, lo que supone una cuenta por el momento de 22.177,79 euros.

La regularización de San Isidoro llega después de años en los que los responsables del cabildo, asesorados por expertos, intentaron demorar su sujeción a la reforma en 2012 de la Ley 42/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades Sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. La modificación del texto apostilla que la exención que ampara a las entidades sin fines lucrativos, como es el caso de la Iglesia, no existe en aquellos supuestos de «bienes afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades». Al pie de la letra de este artículo, junto con la notificación del Catastro del cambio de usos y condiciones del complejo, los servicios económicos del Ayuntamiento de León requirieron a los responsables de la colegiata que cumplieran con sus obligaciones fiscales.

La solución llegó tras diversas reuniones en las que los técnicos de la Concejalía de Hacienda, dirigida por Agustín Rajoy, expusieron a los representantes del cabildo la necesidad de que pidieran la segregación de usos del complejo. El trámite, gestionado por el Catastro, resolvió que dentro de los 9.060 metros cuadrados totales, en los que se cuenta la basílica, el museo, el claustro, el panteón de los reyes y la biblioteca, tan sólo se pague el IBI por los 3.104 metros cuadrados que ocupa la hospedería, que empezó a explotarse en 2004 como casa de la espiritualidad y en 2010 pasó a gestionarse como hotel con 40 habitaciones, que luego se ampliaron a 50. Este espacio supone un valor catastral segregado de 2.122.102,8 euros, dentro de los 4.235.954,16 euros de la colegiata completa, lo que supone una cuota anual de 16.255,3 euros. La suma de los cinco ejercicios arrastrados, más el 60% de este año, ya que el 40% restante se paga en el segundo plazo, alcanza los 91.029,68 euros. Read the rest of this entry »


Luis Fernández, presidente de Asturias Laica

junio 3, 2018

Luis Fernández  registrand solicitud a la Mesa de Peticiones para que se recabe del Decanato de los Registros de la Propiedad del Principado de Asturias el listado de los bienes inmatriculados por la iglesia católica en la comunidad.

3 de junio de 2018

En su  carta de “despedida” como presidente de Asturias Laica, (seguiremos contando con él en la ejecutiva),  José Luis Iglesias subtitulaba su escrito, Mi relevo en la presidencia de Asturias Laica,  “Ándele. La marcha continúa”. Y la marcha continúa

En el inicio de una nueva andadura
Luis Fernández, presidente de Asturias Laica

Hola a todas/os:

Como ya habéis tenido noticia, a partir de la asamblea extraordinaria de 28 de mayo me he hecho cargo de la coordinación de la Junta Directiva de Asturias Laica. Casi resueltos los trámites administrativos que dan soporte a la decisión de dicha asamblea, quisiera iniciar esta andadura (a la que ya empiezan a atropellar los acontecimientos) a través de este contacto con vosotras/os.

Tengo que comenzar agradeciendo la labor realizada por José Luis desde su impulso fundacional, hace ya casi 10 años, hasta hoy. Su fuerza, su dedicación y su tenacidad han hecho nacer y crecer hasta su actual estado a Asturias Laica. ¡Gracias José Luis!

Como podéis deducir de las reducidas variaciones del equipo directivo, y dada la estabilidad de los principios que justificaron nuestro nacimiento, nuestra labor arranca con la intención de dar continuidad a nuestra actividad. La lucha por la separación iglesias/Estado como una condición necesaria (aunque no suficiente) para el ejercicio de la libre conciencia individual, la defensa en sentido amplio de esa libertad de conciencia, y la participación en todos aquellos movimientos sociales que nos ayuden a conseguir un desarrollo de nuestra conciencia que justifique esa libertad por la que luchamos, formarán el núcleo motivador de la diferentes acciones que iremos proponiéndoos y abordando. Read the rest of this entry »


Las actividades económicas de la Iglesia católica a la luz de la sentencia del TJUE de 27-6-2017, en referencia al ICIO

junio 3, 2018

Sobre la importancia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Gran Sala, de 27 de junio de 2017, que sirvió de base para que el Ayuntamiento de Getafe ganara a una congregación religiosa el pleito que tenía con una exención del ICIO (Sentencia 1/2018, de 8 de enero, Proc.247/2014. del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 4 de Madrid), de cara a las actuales exenciones de que disfruta la Iglesia católica (Ic) en la actualidad, escribe M. Enrique Ruiz del Rosal

Salón de Actos de los Escolapios, cuyas obras de remodelación fueron objeto de litigio con el Ayuntamiento de Getafe por no haber pagado el ICIO.

Enrique Ruiz del Rosal:

1.- Desde que España se integró efectivamente en la actual Unión Europea (UE, en adelante) el 1 de enero de 1986, nuestro país está obligado a acatar sus normas, así como a eliminar las normas anteriores a la incorporación que sean incompatibles con el Derecho europeo. Ningún Acuerdo o Tratado firmado por España puede tener preferencia, ni desvirtuar el total sometimiento a las normas comunitarias, de acuerdo a lo estipulado en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE, en adelante).

Así pues, el Derecho europeo es de aplicación directa y no sólo genera obligaciones para los países miembros, sino que también origina derechos para los particulares, los cuales pueden invocar las normas europeas, tanto ante la jurisdicción nacional como ante la europea.

En la vista previa celebrada el 10 de enero de 2017 en la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE, en adelante), ante 15 jueces, en la que intervinieron el Abogado del Estado, por el reino de España, la Comisión Europea (la Comisión, en adelante), la Congregación religiosa y el Ayuntamiento de Getafe, el propio Tribunal llegó a indicar que si España consideraba que el Acuerdo sobre Asuntos Económicos con la Santa Sede, de 3 de enero de 1979, impedía denegar a la Iglesia católica (Ic, en adelante) la exención del ICIO, debería plantearse la posibilidad de denunciar el Acuerdo; también se preguntó directamente al representante del Estado si nuestro país estaría dispuesto a denunciar el Acuerdo.

Tanto la congregación religiosa como el Reino de España utilizaron los mismos argumentos: justificaban la exención sobre la base del referido Acuerdo de 1979, negaron que fuera una Ayuda de Estado o que, en su caso, de serlo, se trataba de una ayuda existente, cuya adopción era anterior a la entrada de España en la Unión Europea (UE, en adelante)

2.- Cabe comenzar aclarando que el ICIO es un impuesto indirecto desde el punto de vista económico (somete a gravamen una manifestación indirecta de la capacidad económica) y real (grava una manifestación de la riqueza con independencia de su titular), que supuso para los Ayuntamientos españoles una recaudación global superior a los mil millones de euros en el año 2010,…sufriendo su recaudación, a partir de entonces, un sensible retroceso por la grave crisis del sector de la construcción. Read the rest of this entry »