La Junta de Andalucía sale en defensa de los intereses de la Iglesia y recurrirá la sentencia de la Mezquita de Córdoba

junio 5, 2020

El TSJA anuló hace diez días el permiso otorgado por la Consejería de Cultura para suprimir una gran celosía y facilitar la entrada de cofradías de Semana Santa en el interior del universal monumento. El fallo dejó en evidencia la obligación autonómica de tutela y protección del patrimonio histórico, y cuestiona la gestión “arbitraria” del Cabildo, según los expertos.

Un hombre, con un carrito de niño, visita la Mezquita de Córdoba, en su reapertura tras el cierre por la emergencia sanitaria durante la pandemia por coronavirus. REUTERS/Jon Nazca

Un hombre, con un carrito de niño, visita la Mezquita de Córdoba, en su reapertura tras el cierre por la emergencia sanitaria durante la pandemia por coronavirus. REUTERS/Jon Nazca

A. Moreno, Público, 5 de junio de 2020

La Junta de Andalucía trabaja ya en el recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anuló la autorización de la retirada de una gran celosía de la Mezquita de Córdobapara dar paso a las cofradías de Semana Santa al interior del monumento.

El fallo representó un serio varapalo judicial al Gobierno andaluz por vulnerar su propia Ley de Patrimonio Histórico al permitir un uso no previsto por la normativa y faltar a su obligación competencial en la protección y tutela de un monumento de dimensión internacional declarado Patrimonio Mundial de la Unesco desde 1984.

Pese a los contundentes argumentos esgrimidos por el TSJA, la Junta se inclina por elevar la sentencia al Tribunal Supremo bajo la argumentación de que el Alto Tribunal andaluz no habría respondido correctamente a las alegaciones planteadas por el Gobierno regional, según adelantó la edición local de ABC, que cita fuentes jurídicas de la administración autonómica. Un portavoz de la delegación de la Junta en Córdoba confirmó a Público que los técnicos están ya trabajando en el recurso “como es práctica habitual”, según detalló, “en todas las sentencias desfavorables al Gobierno andaluz”.

Solo una valoración negativa de los servicios jurídicos paralizarían la apelación al Supremo y aún quedan doce días de plazo. La Junta pleiteará, en ese caso, por una cuestión de procedimiento en el sentido de que el fallo se habría fundamentado en el artículo 39 de la Ley de Patrimonio Histórico, cuando las alegaciones se apoyaban en el apartado número 20 de la norma. Read the rest of this entry »