Un tweet de Ángel Munárriz (11 de septiembre de 2018), nos recordaba y nos remitía a un período de tiempo en que el Gobierno dictaba una Ley de Confesiones y Congregaciones religiosas (1933) que habrían hecho imposible la situación que actualmente estamos viviendo con las inmatriculaciones de la iglesia católica.
TÍTULO III:
Del régimen de bienes de las Confesiones religiosas: Pertenecen a la propiedad pública nacional los templos de toda clase y sus edificios anexos, los palacios episcopales y casas rectorales, con sus huertas anexas o no, seminarios, monasterios y demás edificaciones destinadas al servicio del culto católico o de sus ministros. La misma condición tendrán los muebles, ornamentos, imágenes, cuadros, vasos, joyas, telas y demás objetos de esta clase instalados en aquéllos y destinados expresa y permanentemente al culto católico, a su esplendor o a las necesidades relacionadas directamente con él. (Artículo 11º)
Ley promulgada relativa a Confesiones y Congregaciones religiosas. Gaceta, 3 de junio de 1933 (PDF)
Posted by asturiaslaica 
















