La Mezquita de Córdoba o la Giralda de Sevilla: qué son las inmatriculaciones de la Iglesia y cómo se hizo con ellas

agosto 22, 2018

Una ley franquista le otorgó el privilegio de hacerlo con la mera firma de un obispo, que actuaba como un notario sin necesidad de más documentación. La reforma de Aznar de 1998 extendió esta posibilidad a los lugares de culto. Desde entonces, la Iglesia inmatriculó decenas de catedrales y lugares emblemáticos como la Mezquita de Córdoba por apenas 30 euros

Grabado de Agustín Cruz / Artelista

Marta Borraz, El Diario, 22 de agosto de 2018

El Gobierno hará público el listado de bienes inmuebles inmatriculados por la Iglesia católica, algo sobre lo que ya está “procesando los datos”. Así lo ha confirmado el Ministerio de Justicia en una respuesta parlamentaria al diputado socialista Antonio Hurtado. Ante la ausencia de datos oficiales y públicos sobre el número de propiedades que la Iglesia ha hecho suyas sin control, este censo dará a conocer las que inmatriculó desde 1998, aunque no son la mayoría. Pero, ¿qué son las inmatriculaciones? ¿por qué tiene la Iglesia este privilegio? ¿qué lugares emblemáticos ha registrado?

Las inmatriculaciones: registrar un bien por primera vez

En la jerga administrativa, inmatricular es inscribir un bien inmueble por primera vez e incorporarlo al Registro Público de la Propiedad. La Iglesia encontró en esta acción, en connivencia con la dictadura franquista y más tarde con el Gobierno de Aznar, el instrumento perfecto para incrementar su patrimonio inmobiliario a base de cementerios, pisos, huertos, parroquias, catedrales y otro tipo de propiedades que hasta ese momento pertenecían al pueblo o a particulares.

De esta manera, la Iglesia logró inscribir a su nombre miles de bienes de forma opaca y sin ningún control, algo que diversas organizaciones han denunciado como una “apropiación ilegítima”. Muchos de estas propiedades fueron posteriormente vendidos, con sus correspondientes ingresos por una cuantía desconocida.

La ley franquista que lo permitió

Las inmatriculaciones han sido posibles gracias a una aprobada durante la dictadura. La reforma que hizo Franco de la Ley Hipotecaria en 1946 incluía en su artículo 206 –y el 304 del Reglamento que la desarrollaba– la equiparación de la Iglesia católica con una corporación pública a la hora de inscribir un bien inmueble. De esta forma, únicamente era necesaria la mera firma de un obispo, que actuaba como funcionario público, para que una propiedad fuera inscrita a su nombre.

Mientras que para cualquier ciudadano, la inscripción de una finca, un piso o cualquier otro bien en el Registro era un proceso complejo, para la Iglesia se trataba de un sencillo trámite sin necesidad de darle publicidad ni de aportar ningún título que acreditara la propiedad.

La reforma de Aznar que agrandó el privilegio Read the rest of this entry »


Cinco obstáculos para revertir las inmatriculaciones de la Iglesia

agosto 22, 2018

El listado de apropiaciones, que obviará medio siglo de registros, aún no tiene fecha ni fórmula legal para su publicación.
Si la falta de medidas políticas globales aboca el caso a los tribunales, cualquier anulación exigirá demostrar la injusticia de cada registro.

Giralda de Sevilla. Inmatriculada en 2010

Ángel Munárriz, InfoLibre, 22 de agosto de 2018

Paso a paso. Primero, terminar de trabajar con la información remitida por los registros de la propiedad. Después, si tiene encaje legal, publicarla. Y, por último, en el caso de que sea posible, adoptar medidas judiciales. La hoja de ruta del Gobierno de Pedro Sánchez en relación con las inmatriculaciones de la Iglesia católica incluye aúnpocas certezas y muchas hipótesis. La última estación del trayecto, la posible anulación de los registros, se enfrenta a un sinfín de trabas. “De momento, el Ministerio de Justicia está trabajando en la elaboración del listado”, señalan desde el departamento que dirige Dolores Delgado, donde rebajan las expectativas despertadas por la publicación este martes de una respuesta por escrito de Justicia al diputado socialista Antonio Hurtado que confirma su previsión de hacer público el listado de los bienes inmatriculados por la institución católica desde 1998. La interpretación más ambiciosa de esta previsión es que, una vez concretada, abrirá las puertas a una reversión masiva de los registros, que podría beneficiar a los particulares que los reclamaran y, fundamentalmente, a las instituciones públicas. Pero hay obstáculos que dificultan seriamente la culminación de este propósito.

1.- Dudas legales sobre la publicación del listado

“Es la primera vez que hay un compromiso formal de hacer público el listado”, celebra el socialista Antonio Hurtado. En efecto, aunque la elaboración del listado no es nueva, sino un compromiso del anterior Ejecutivo (PP) en cumplimiento de una proposición no de ley de abril de 2017, la respuesta oficial de Justicia conocida este martes aporta una novedad: señala que, una vez finalizado el listado, “se prevé” proceder a “su publicación, siempre cumpliendo la Ley Hipotecaria y la Ley de Protección de Datos”.

Tras hacerse pública la respuesta, el ministerio precisó a través de la agencia Efe que tiene “voluntad” de hacer público el listado, pero que está estudiando cómo. En respuesta a preguntas de infoLibre, un portavoz de Justicia subrayó que están centrados en la “elaboración del listado”, sin querer avanzar más pasos. Desde la oposición el PSOE exigía la publicación del listado.

Justicia no da ninguna fecha para la terminación ni publicación del listado,ni tampoco aclara si ya cuenta con toda la información para su elaboración en toda España. Una mínima garantía de exhaustividad requiere la colaboración de los registros de todo el país, si bien la pretensión inicial era que la información llegara centralizada desde el Colegio de Registradores de la Propiedad. Hasta la fecha los empeños de elaboración y publicación de listados se han enfrentado a múltiples dificultades.

2.- ¿Medio siglo sin datos?

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