Pedro María Fernández Sandino, Errepublika Plaza, 6 de agosto de 2026
IV. El título III de la Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas de 1933
El artículo 11: la propiedad pública nacional
El artículo 11 establecía un principio revolucionario:
Los templos de toda clase y sus edificios anexos pertenecían a la propiedad pública nacional. La ley incluía: iglesias; catedrales; parroquias; capillas; ermitas; palacios episcopales; casas rectorales; seminarios; monasterios; dependencias auxiliares.
La importancia histórica de este artículo resulta enorme. Por primera vez una ley española afirmaba expresamente que el patrimonio religioso histórico no pertenecía a una corporación privada sino a la nación. La República reconocía que dichos bienes habían sido construidos mediante el esfuerzo acumulado de generaciones enteras. Por tanto, debían permanecer vinculados al patrimonio común.
La asociación critica la búsqueda de «rentabilidad inmediata» por parte del Obispado, alerta del mal estado de monumento y pide que se revoque el convenio de cesión a la Diócesis
La Cartuja de Santa María de la Defensión en Jerez es propiedad del Estado Español, Monumento Nacional desde 1856 y BIC (Bien de Interés Cultural), su uso está cedido gratuitamente durante 75 años al Obispado de Jerez por una Orden Ministerial del Ministerio de Hacienda del 8 de Abril de 2003 (durante el Gobierno de José María Aznar) y es, para muchos, el conjunto monumental de mayor valor artístico de la provincia de Cádiz.
La Plataforma Amigos de la Cartuja ha criticado en un comunicado que en el monumento «casi no existe vida religiosa, algo que es de obligado cumplimiento por el convenio de cesión, según parece está habitado por cuatro monjas carmelitas para una extensión de 9.280 m2; no es coherente tan poca gente en un sitio tan grande, suponemos que sólo para justificar que no está fuera de uso religioso«.
Franco y Aznar convirtieron a la iglesia católica en la más gigantesca inmobiliaria de la historia de España. Pero, ¿cuál fue la estrategia de la Iglesia para llegar a convertirse en la mayor propietaria Inmobiliaria del país?
La Iglesia Católica en España ha utilizado artimañas legales, heredadas de la era franquista, para inscribir la friolera de más de 100.000 bienes inmuebles a su nombre. Estos bienes, que van desde templos históricos hasta solares, tienen un valor difícilmente calculable.
¿Cómo pudo hacer la Iglesia este tipo de increíbles operaciones? Pues muy fácil. Mediante una práctica conocida como «inmatriculación», que permitió que la Iglesia Católica se enriqueciera a costa del patrimonio colectivo de todos los españoles, convirtiéndose en una especie de macro inmobiliaria, que por su tamaño tiene dimensiones que superan con creces a la de la estadounidense Blackstone.
Pero ¿en qué consiste ese procedimiento de la «inmatriculación»?
La inmatriculación es un proceso mediante el cual un bien inmueble se inscribe por primera vez en el Registro de la Propiedad. En el caso de la Iglesia Católica, esta práctica se remonta a una legislación franquista de 1946, que permitió a la Iglesia inscribir bienes inmuebles, sin necesidad de presentar documentación acreditativa de que eran suyos. Bastaba, simplemente, con la firma del Obispo de turno.
El cuadro 1 es el calendario de una historia siniestra que dura ya 25 años.
Esta historia se inicia el 29/09/1998 con la aprobación por iniciativa de Aznar (en complicidad con Rouco y Asenjo, presidente y secretario de la Conferencia Episcopal) de una reforma del Reglamento Hipotecario (RH) que permitió la inscripción en el Registro de la Propiedad de los templos de la Iglesia Católica hasta entonces prohibida desde el principio del siglo XX. Al mismo tiempo, Aznar mantenía el franquista privilegio registral de la Iglesia, según el cual la Iglesia para acreditar la propiedad de un inmueble solo necesitaba una certificación del obispo de la Diócesis.
Esta reforma abrió un proceso subterráneo y sigiloso, cuyos detalles todavía desconocemos, mediante el cual la Iglesia inmatriculó 35.000 bienes inmuebles, templos y no templos, catedrales y plazas de garaje, que duró hasta que Rajoy, alertado por sentencias judiciales provocadas por este expolio, reformó el 25/06/2015 la Ley Hipotecaria (LH), anulando el privilegio de la Iglesia, pero sin revertir las inmatriculaciones.
El 17/02/2017 el Grupo Socialista en el Congreso de los diputados presentó una Proposición No de Ley (PNL) aprobada el 4 de abril en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados que decía:
Se van conociendo las causas en de la Inmatriculitis, la pandemia que está asolando una parte fundamental del Patrimonio Público Histórico Español.
Hasta ahora se han identificado a tres causas en el período democrático que empieza con nuestra actual Constitución:
Solucionator (JMAznar)
Makiyator (MRajoy) y
La Purpúrea (ICA) a través de sus super agentes AMRouco y JJAsenjo.
– SOLUCIONATOR es un conocido macho beta (para alfa le falta talla), de los que dicen: «Yo eso lo arregló en un plis-plas» o «¿Quién me va a decir a mi que beba o no beba [cuando conduzco]?». Al igual que TERMINATOR, el personaje cinematográfico, es especialista en retroceder al pasado para modificar el presente.
Tras casi un cuarto de siglo desde que un decreto del Gobierno de José María Aznar permitiera a los obispos agrandar con miles de inmuebles el patrimonio eclesiástico, la cúpula católica ha admitido un 2,7% de errores en sus registros
El expresidente del Gobierno José María Aznar y su esposa, Ana Botella, conversan con el entonces cardenal arzobispo de Madrid, Antonio Rouco Varela, en la Nunciatura del Vaticano en Madrid, en mayo de 2003 / Alberto Martín / EFE
Este lunes, la Iglesia católica española ha admitido que inmatriculó indebidamente, al menos, 965 de los 35.000 inmuebles que puso a su nombre entre 1998 y 2015 gracias a la facultad que le otorgó la modificación del Reglamento Hipotecario decretada por el Gobierno de José María Aznar. Además, vendió no menos de 122 viviendas y fincas de las que se había apropiado de esta manera. Aunque en el comunicado conjunto con el Gobierno la Conferencia Episcopal se abre a la «regularización» de estas propiedades, en su informe rebajan el reconocimiento de la apropiación a: «señalar errores» en el listado oficial de sus bienes. Aunque mínimo, es un primer paso que revierte el proceso de más de tres lustros de acumulación de patrimonio que la Iglesia llevó a cabo desde aquel decreto hasta que se cambió la ley para detenerlo.
Estación I. Una modificación legal casi desapercibida
El 4 de septiembre de 1998, en uno de los documentos normalmente más anodinos del Gobierno, la referencia del Consejo de Ministros, aparecía recogido el acuerdo para la «modificación del Reglamento Hipotecario». El Consejo presidido por José María Aznar (PP) informaba de que pretendía «la adaptación a las últimas reformas legales, acomodación del ejercicio de la función del Registrador a las nuevas necesidades y regulación de figuras carentes de una reglamentación registral actualizada». El Boletín Oficial del Estado publicaba el decreto firmado por la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, el 29 de septiembre, que entró en vigor 30 días después.
La Mezquita de Córdoba, la Giralda, la Seo de Zaragoza o la catedral del Buen Pastor de Donostia, algunos de los casos más polémicos, si bien la inclusión en 1931 de algunas catedrales y otros monumentos en el Tesoro Artístico Nacional no suponía la propiedad de los mismos.
José María Aznar y Rouco Varela en un congreso católico celebrado en El Escorial en 2002 / EFE ___________________
Jesús Bustamante, El Diario, 14 de noviembre de 2017
Los obispos inmatricularon, sin apenas coste, miles de inmuebles gracias a la reforma de la ley hipotecaria del Ejecutivo de José María Aznar de 1998
Muchos de esos templos continúan siendo restaurados con dinero público, pero los beneficios de las visitas y las colectas van a nutrir las arcas eclesiásticas
Cuentan los Evangelios que Judas traicionó a Jesús por 30 monedas de plata. 30 monedas, en este caso de euro, son el único coste que, entre 1998 y 2015, tuvieron los obispos de una treintena de diócesis para inmatricular a su nombre algunas de las catedrales españolas más importantes que, desde hacía décadas habían pasado a formar parte del Tesoro Artístico Nacional. La reforma de la ley hipotecaria del Gobierno Aznar vino a ser una suerte de compensación a la incorporación de dichos bienes al patrimonio general llevado a cabo por el Gobierno republicano de Niceto Alcalá Zamora en 1931.
Pese a todo, dichos bienes –catedrales, museos y bienes de interés cultural– que algunas fuentes estiman en 4.500 sólo en el período 1998-2015, pero que podrían resultar diez veces más si contamos desde la aplicación de la franquista Ley Hipotecaria de 1946, continúan contando con fondos públicos.
Así, las distintas administraciones financian la restauración de dichos templos o su iluminación, en virtud de su condición de bienes de interés cultural. Sin embargo, los pingües beneficios derivados tanto de su uso litúrgico (mediante limosnas, estipendios de misas, etc…) como de su explotación turística –la Seo de Zaragoza, la Giralda de Sevilla o la Mezquita de Córdoba (inmatriculada ya en 2006) son tres de los lugares más visitados de España–, sólo tienen un destinatario: la Iglesia católica, que además se beneficia de las múltiples exenciones fiscales derivadas de los acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede.
«Ránking» de los principales templos expoliados por la iglesia católica