DOCUMENTACIÓN

El 3 de abril, coincidiendo con la celebración del I Congreso de Europa Laica, se celebraron las asambleas generales ordinaria y extraordinaria de Europa Laica, en las que se aprobaron tanto la Carta Programática como modificaciones en los Estatutos, y se eligió la nueva Junta Directiva.
Carta Programática
Aprobada en asamblea ordinaria
PREÁMBULO
La libertad de conciencia de todas las personas por igual es un derecho universalmente recogido en cartas magnas, constituciones democráticas y declaraciones sobre derechos humanos. Sin embargo, su pleno y efectivo respeto está lejos de ser realidad en muchos países.
En el caso del Estado español, la Constitución de 1978 afirmaba en su art. 16.3 que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”, lo cual no ha impedido que tanto en sus desarrollos legislativos como en la práctica diste mucho de ser un verdadero estado aconfesional y laico. Las “relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones” a que están obligados los poderes públicos según ese mismo artículo, la pervivencia del Concordato franquista de 1953, renovado con los Acuerdos de 1976 y 1979 con la Santa Sede, la Ley de Libertad Religiosa de 1980, junto con otras leyes y decretos -en particular los referidos a la Enseñanza- han permitido en buena medida la prolongación de los rasgos confesionales y privilegios heredados del nacional catolicismo impuesto por el régimen anterior. Por tanto, el principio de la separación Iglesia/Estado y la preservación de las instituciones públicas de toda apropiación particular, como garantía de la igualdad de derechos y del respeto a la libertad de conciencia, continúan siendo objetivos democráticos pendientes de plena realización.
En coherencia con la defensa de tales principios democráticos en nuestro país, y en el marco de la lucha en el ámbito europeo e internacional por el laicismo, como garantía del cumplimiento efectivo de los Derechos Humanos, Europa Laica adopta la siguiente:
CARTA PROGRAMÁTICA Read the rest of this entry »