El ejemplo de las inmatriculaciones de Maians: un caso, entre muchos

El Ayuntamiento de Castellfollit del Boix ha llegado a un acuerdo con el Obispado de Vic en relación con la inmatriculación que afecta a Maians, en virtud del cual anularían la inmatriculación y devolverían todos los terrenos a los vecinos del pueblo, pero no los edificios…

Concentración contra las inmatriculaciones ante la iglesia de Sant Andreu de Maians, en el término municipal de Castellfollit del Boix (Bages).
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Joan Casajoana, Veuanoia.cat, 13 de diciembre de 2022

El Ayuntamiento de Castellfollit del Boix ha llegado a un acuerdo con el Obispado de Vic en relación con la inmatriculación que afecta a su pueblo agregado de Maians, en virtud del cual anularían la inmatriculación y devolverían todos los terrenos a los vecinos del pueblo; ahora bien, las edificaciones no, porque según el derecho canónico son de la parroquia. Entiendo que ésta es la opinión del Obispado, pero nunca puede ser la opinión del Ayuntamiento ni del pueblo. No sólo los terrenos son de propiedad vecinal, sino también las edificaciones (el templo, la casa rectoral y el cementerio) y, por tanto, deben devolverse en su integridad a los vecinos de Maians, anulando, así, la doble inmatriculación ilegal.

Entre otros agravios, este acuerdo condena a los vecinos de Mayans a tener que asumir el coste de las obras de restauración de la Iglesia de Sant Andreu sin contar con la Diputación de Barcelona que condicionó su apoyo económico a que no estuviera inmatriculada por la Iglesia. Es la manera generalizada de proceder de la Iglesia: el bien es mío, pero el pueblo paga su mantenimiento.

De dónde viene la doble inmatriculación

El 30 de noviembre de 1871, Jaume Còdol i Ferrer, campesino de Maians, ante notario, cedió a los vecinos de Maians un pedazo de tierra para construir una iglesia, una casa rectoral, un cementerio y una plaza. El 2 de diciembre de 1871, se inscribió la cesión en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Manresa con la titularidad a nombre de Antoni Monconill Morera, alcalde de Mayans en representación de los vecinos del pueblo, que tienen el título por cesión y el pleno dominio privativo a través de la primera inscripción en el Registro de la Propiedad de Manresa.

El Obispo de Vic, el 22 de noviembre de 2011 inmatriculó Sant Andreu de Maians -con graves errores o mala fe- asegurando que la Iglesia de Sant Andreu de Maians estaba dedicada al culto desde 1770, es decir, 100 años antes de su construcción. Y, el 13 de febrero de 2012, sin pasar por la notaría, sirviéndose de una certificación eclesiástica de dominio, y sin ningún título que le acreditara la propiedad, inscribió en el Registro de la Propiedad todo el complejo a nombre de la Parroquia de Sant Andreu de Maians, produciéndose así una doble inmatriculación.

Hay que tener presente que el derecho civil y el título civil originario de adquisición prevalecen ante el derecho canónico y, por tanto, prevalece la inscripción de los vecinos del pueblo, porque, según la jurisprudencia, en las dobles inmatriculaciones, siempre prevalece la primera inscripción en el Registro de la Propiedad.

Voluntad discutible de enmendar “el error”

Tras el acto reivindicativo del 11 de febrero de este año de los vecinos, con el apoyo de Unió de Pagesos, la Asociación Catalana de Municipios, la Federación Catalana de Municipios y Micropueblos, el responsable del patrimonio del Obispado de Vic, el ecónomo Josep Martínez, dijo que el Obispado estaba dispuesto a devolverlo si había errores. Afirmó: “Si ha habido algún error, fue del registrador. Ciertamente, si está inmatriculado dos veces, una está mal. Si el Obispado ha pedido inscribir algo a su nombre y no es correcto, lo que hará se proceder a corregir ese error. Si es de otro, es otro”. Vale, señor Martínez, es evidente que no es correcto, rectifique pues, proceda para anular todos los bienes inmatriculados que ya estaban registrados antes por los vecinos del pueblo de Maians, sea justo y no cree tensiones innecesarias.

Joan Casajoana ante la Iglesia de Santiago del Clot del Grau (dentro de la finca del Grao). Castellfollit del Boix, Bages, Cataluña.
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Continúa la lucha sindical

Unió de Pagesos y todos los ayuntamientos de Cataluña hemos pedido comparecer a la Comisión de Justicia del Parlament para pedir las notas simples de los Registros de la Propiedad, a partir de las cuales creemos que los bienes inmatriculados por la Iglesia en Cataluña pueden ascender a unos 9.000 puesto que, es habitual que en el Registro haya inscritos complejos, y cada complejo inmatriculado incluya varios bienes. 

Pediremos, también, que el Parlament requiera a la Generalitat que ésta, a su vez, inste al Gobierno del Estado a cancelar todas las inmatriculaciones desde la aprobación de la Constitución, en 1978, por inconstitucionalidad sobrevenida. En 2018, Unió de Pagesos ya compareció en la Comisión de Justicia del Parlament; de resultas, el Departamento de Justicia concluyó en un estudio que la Iglesia, en Cataluña, había inmatriculado 3.

Un expolio sin precedentes

Los bienes de culto son bienes de dominio público, como en Portugal, Francia, Alemania, Bélgica y en otros países. Los historiadores coinciden en que los pueblos han construido y han mantenido siempre las iglesias, las casas rectorales y los cementerios y que nunca cedieron la propiedad de los edificios a la Iglesia, tan sólo cedieron su uso. España protegió los bienes de culto como bienes de dominio público, desde 1860, a través de la ley hipotecaria, y hasta 1998, es decir, durante 138 años. 

Sin embargo, en 1998, el presidente del Gobierno, José María Aznar, del Partido Popular, reformó la ley hipotecaria, permitiendo la inmatriculación y la inscripción de bienes de culto en manos privadas. Esto duró 17 años, hasta el 2015, años en los que se inmatricularon catedrales, basílicas, iglesias, monasterios y ermitas. Gran parte del patrimonio histórico y cultural de pueblos y ciudades se inscribió en los obispados, que tienen dependencia jerárquica del Vaticano. Un expolio. El mayor de la historia de nuestro país.

Joan Casajoana es el responsable para las inmatriculaciones de la Unió de Pagesos

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