El conflicto de la inmatriculación: ¿a quién pertenecen las iglesias?

Entre 1998 y 2015 la Iglesia católica inmatriculó (registró a su nombre) cerca de 35.000 fincas en toda España. Más de 350 bienes fueron inmatriculados por la Iglesia católica en la Comunidad de Madrid.

Catedral de Getafe

Olga Martín, Noticias para Municipios, 26 de septiembre de 2022

Entre 1998 y 2015 la Iglesia católica inmatriculó (registró a su nombre) cerca de 35.000 fincas en toda España. Fueron concretamente 34.961 los templos, solares, terrenos y otros bienes inmuebles los que inscribió la Iglesia en ese periodo de tiempo. Esto se pudo llevar a cabo en virtud de la modificación legislativa que realizó el Gobierno presidido por José María Aznar sobre el artículo 206 de la Ley Hipotecaria y que permitía inmatricular algo que hasta el momento no se contemplaba por considerarse bienes de dominio público: los lugares de culto.

Junto a los templos o dependencias complementarias a los mismos (20.014), se inmatricularon durante esos años diversas fincas sin relación con el culto religioso, como pisos, solares o locales (14.947).

La reforma legislativa de la Ley Hipotecaria permitió “la rapacería por parte de la Iglesia católica de un ingente número de inmuebles por los que además no paga tributo alguno», según especifica la proposición no de ley presentada en 2017 por el PSOE en el Congreso de los Diputados, que fue el germen de la investigación sobre las inmatriculaciones. Esta recopilación de datos, en la que se reflejan los 34.961 bienes registrados por la Iglesia católica, fue publicada en 2021 el Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

La Ermita de Santa Quitera, en Alpedrete, fue inmatriculada al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria con certificación eclesiástica

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¿Qué supone el hecho de inmatricular algo? El Decano del Colegio de Registradores de Castilla Y León, Alfonso Candau, explica en un vídeo recogido por Registradores de la Propiedad que inmatricular un bien es “hacerlo constar por primera vez en el Registro de la Propiedad”.

Para realizar este registro, la Iglesia pudo servirse, además, de la certificación eclesiástica, una certificación administrativa expedida por un diocesano que actuaba como fedatario público. Gracias a esta prerrogativa, que no posee ningún particular o colectivo en España y que fue instaurada por Franco en 1946, la Iglesia católica registró a su nombre 30.335 bienes del total de 34.961 (para los 4.626 restantes se utilizó otro tipo de documentación).

En la práctica, el uso de la certificación eclesiástica consistía en que la declaración de un obispo servía para otorgar directamente el registro de un inmueble a la Iglesia sin más requisitos. Monumentos emblemáticos como la Mezquita-Catedral de Córdoba, la Catedral de Salamanca o la Catedral de Sevilla fueron registrados así por la Iglesia.

Más de 350 inmatriculaciones en la Comunidad de Madrid

En Madrid también se inmatricularon durante esos años diversos bienes (364), aunque es de las regiones que cuenta con menos registros efectuados en aquella época, junto al País Vasco, Baleares, Tenerife, La Rioja o Las Palmas. Muy alejadas de esas cifras están comunidades como Castilla y León o Galicia, con más de 7.000 notas simples anotadas por la Iglesia entre 1998 y 2015.

De las 364 notas simples efectuadas en Madrid, 179 correspondieron a templos y dependencias complementarias, frente a 185 que tenían «otros destinos» como fincas rústicas, viviendas, solares, plazas de aparcamiento, etc. Para registrar esos bienes, se utilizó mayoritariamente el título de certificación eclesiástica (235) frente a otro tipo de documentación (129).

Las inmatriculaciones detectadas en esos años no serían las únicas realizadas en la Comunidad de Madrid, tal y como comenta Quique Herrero, miembro de Recuperando, Coordinadora Estatal para la Recuperación del Patrimonio Inmatriculado por la Iglesia Católica. «En realidad no se conoce la totalidad del patrimonio inmatriculado, porque el listado arranca en 1998 y las inmatriculaciones comienzan en 1946. Lo que sí cabe pensar es que la labor inmatriculadora de la jerarquía de la Iglesia obedece a un plan perfectamente diseñado por la Conferencia Episcopal. Desde que Aznar reformara el reglamento hipotecario en 1998 hasta la derogación de la norma en 2015 se calculan 35.000 propiedades inscritas, lo que solo puede producirse si existe una estrategia clara de inmatricular de forma masiva. Pero desde 1946 a 1998 seguramente hay más y no las conocemos«.

La plataforma Recuperando es una entidad sin ánimo de lucro de carácter patrimonialista que tiene por objeto «la recuperación del patrimonio indebidamente inmatriculado por la jerarquía de la Iglesia católica al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946», explica Herrero. Recuperando también incluye en su reivindicación los bienes inmatriculados al amparo del artículo 206 desde 1946 porque fue el momento en el que Franco otorgó a la Iglesia la prerrogativa de inscribir la propiedad de los inmuebles, aunque no permitía el registro de los templos de culto, aspecto que llegó en 1998.

Bienes inmatriculados por la Iglesia católica en las diferentes comunidades autónomas / Imagen: Ministerio de Presidencia / Ampliar

Primero restauración, luego inmatriculación

En la Comunidad de Madrid hay dos casos «muy llamativos» en cuanto a la inmatriculación, tal y como destaca Herrero, y ambos están ubicados en Getafe.

Por un lado, está el caso de la parcela 22 del Polígono 24, zona de Carpetania. Se trata de una finca «que el Obispado inscribió por el artículo 206, justo antes de que ese terreno quedara afectado de expropiación para la ampliación de las instalaciones de Airbus. La cuestión es que la Comunidad de Madrid tendrá que abonar al Obispado una cantidad de dinero, si es que no lo ha hecho ya, para recuperar el terreno».

La otra circunstancia destacable se da en la Catedral de La Magdalena, «que fue restaurada con dinero público entre 1999 y 2004 – alrededor de cinco millones de euros entre Ayuntamiento y Comunidad – y que, una vez remozada, inscribió el Obispo también al amparo del artículo 206″. Junto a todo esto, añade Herrero, «existe en fase avanzada un estudio que estamos elaborando nosotros acerca del Cerro de los Ángeles y que presenta también irregularidades pero por el momento no podemos ir más allá».

La Iglesia nunca inmatricula ruinas, sino que acude al Registro solo cuando los inmuebles han sido remodelados con cargo al erario público» Quique Herrero, Coordinadora Recuperando

Interior de la Catedral de Santa María Magdalena (Getafe), que fue restaurada con cargo al erario público antes de su inmatriculación

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De cualquier modo, lo que revelan los casos de Getafe para el portavoz de Recuperando es que «la Conferencia Episcopal siempre ha seguido el mismo modus operandiLa Iglesia nunca inmatricula ruinas sino que acude al Registro solo cuando los inmuebles han sido remodelados con cargo al erario público. Los obispos han inmatriculado bienes que sabían que les podían repercutir beneficios, bien sea por la venta, bien por la explotación económica».

En Alcalá de Henares también existe un espacio llamativo, tal y como explica el portavoz de Recuperando: la Plaza de los Santos Niños. «Fue inmatriculada por la Iglesia junto con la Catedral Magistral y es objeto de disputa en la actualidad entre el Ayuntamiento y la Diócesis. La diócesis argumenta que cuando procedió al Registro pasó el plazo de dos años que establece la ley para presentar alegaciones sin que nadie lo hiciera. Y eso es cierto. Pero no menos cierto es que existe una clara falta de publicidad en las inmatriculaciones que perjudica a quien desee impugnarlas. En gran medida las inmatriculaciones pasaron desapercibidas en el momento de realizarse».

Página 2: Los bienes pertenecen al pueblo de Dios

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