El Gobierno prorroga 5 años más la prohibición a la Iglesia para vender o ceder obras con valor histórico o artístico

mayo 31, 2026

La Iglesia no puede enajenar bienes de interés cultural salvo que se transmitan al Estado español u otras administraciones públicas, medida ampliada por cinco años más mediante un real decreto-ley aprobado en el Consejo de Ministros este 29 de mayo

Archivo – El cuadro de la Virgen de la Paloma, en la Iglesia de la Virgen de la Paloma y San Pedro el Real, en Madrid | Joaquin Corchero – Europa Press – Archivo
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Fuentes: Moncloa | Diario en + | Europa Press | Asturias Laica, 31 de mayo de 2026

El Gobierno ha decidido extender por cinco años más la restricción que impide a la Iglesia católica vender o ceder a particulares obras con valor histórico o artístico. Esta medida estará vigente hasta que se concluya el inventario general de bienes pertenecientes a dichas entidades eclesiásticas.

El Gobierno ha aprobado el 29 de mayo de 2026, un real decreto-ley (norma con rango de ley para casos de urgencia) que prorroga durante cinco años más la prohibición a la Iglesia católica de vender o ceder a particulares sus bienes con valor histórico o artístico. La medida se mantendrá activa hasta que se complete el inventario general de bienes de las instituciones eclesiásticas, una tarea pendiente desde 1985.

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Más de 200 monumentos de Andalucía se encuentran en estado crítico y con amenaza de ruina

marzo 2, 2025

La responsabilidad de conservación recae en administraciones que han ido dejando caer el patrimonio, sin olvidar el caso de la iglesia católica que mediante inmatriculaciones han podido “acumular patrimonio de forma torticera y ahora no tiene medios para conservarlo».

Castillo de Alnazmara en Benaocaz, Cádiz / Hispania Nostra
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Aristóteles Moreno, El Correo de Andalucía, 2 de marzo de 2025

Un total de 204 monumentos de las ocho provincias andaluzas integran la Lista Roja del patrimonio histórico, que recoge los bienes culturales y naturales en preocupante estado de conservación. Jaén y Granada son las provincias con mayor número de monumentos en situación de alerta o a punto de la extinción, según el catálogo elaborado por la prestigiosa asociación Hispania Nostra, que desde el año 2007 vigila la salud del formidable legado cultural de España.

El inventario de bienes culturales gravemente deteriorados es elaborado a partir de la denuncia ciudadana y resulta básicamente orientativo. El número real de monumentos en estado crítico puede ser notablemente superior, subrayan los expertos de la asociación. Con todo, el catálogo es fiable, riguroso, bien organizado y ofrece una radiografía veraz del abandono en que se encuentra parte del patrimonio histórico de España y de Andalucía.

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Por una difusión científica del patrimonio cultural, especialmente el eclesiástico

abril 8, 2024

Todos los planes, proyectos y medidas sobre un bien deben estar realizados por profesionales competentes y contar con la aprobación de la administración

Una visitante en la mezquita-catedral de Córdoba, en noviembre de 202 / Paco Fuentes
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José Castillo Ruiz, El País, 8 de marzo de 2024

En la actualidad se están produciendo una serie de actuaciones sobre la Mezquita Catedral de Córdoba por parte de la Iglesia católica (inmatriculación, intento de borrado del término Mezquita del nombre, Plan Director…) que están provocando una objetiva y grave alteración de los valores culturales reconocidos en sus declaraciones como BIC y Patrimonio Mundial y que tienen por objetivo propiciar una desislamización del monumento. 

Esta manipulación de la dimensión cultural de la Mezquita no es anecdótica ni aislada y es extensible a muchas de las acciones de difusión y musealización que la Iglesia católica está realizando sobre sus bienes, amparándose para ello en la supuesta prevalencia de la función de culto establecida en la normativa que rige la protección del patrimonio eclesiástico en España. Aunque esta adulteración de los valores patrimoniales se puede producir a través de la modificación de la materialidad del bien (la destrucción, por ejemplo, de la celosía de Rafael de la Hoz en el caso de la Mezquita), la principal vía para hacerla es a través de la elaboración y transmisión de los contenidos y significados de esos bienes a la ciudadanía, es decir, a través de lo que tutelarmente se denomina difusión.

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España prohibirá a la Iglesia vender bienes de interés cultural, salvo que se transmitan al Estado o a las Administraciones públicas

junio 23, 2021

La medida, que ya existía para bienes muebles, se amplía en el anteproyecto de ley de Reforma del Reforma de la Legislación del Patrimonio Histórico Español aprobado este martes 22 en el Consejo de Ministros.

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Cartuja de los Monegros, Sariñena (Huesca)

Fuentes: Religión Digital / El País / ABC

La Iglesia no podrá enajenar bienes de interés cultural salvo que se transmitan al Estado español u otras administraciones públicas, una prohibición que ya existía en los bienes muebles eclesiásticos, según fuentes del ministerio de Cultura. 

Así lo recoge el anteproyecto de Ley de Reforma de la Legislación del Patrimonio Histórico Español por el que se modifica la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, (que se integrarán en un texto único), y que fue aprobado este martes 22 de junio en Consejo de Ministros. La medida, en la práctica, impediría que la Iglesia pudiera vender los bienes declarados de interés cultural que fueron inmatriculados a su nombre entre 1998 y 2015.

Con este proyecto de ley el Gobierno pretende «poner al día» una ley que «fue muy buena» en su tiempo, en 1985, pero que «necesitaba una adecuación a la realidad de los bienes culturales del siglo XXI», según han señalado fuentes ministeriales.

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