COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN DERECHO A MORIR DIGNAMENTE
Casi por sorpresa, el PP con la ‘Ley de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia’, una ley que modifica bastante más de lo que anuncia, ha reformado la Ley de Autonomía del Paciente.
Y es que esta ley, (Ley 26/2015, de 28 de julio, publicada en BOE el 29 de julio), que se supone regularía la protección a la infancia y a la adolescencia, modifica, además, la Ley de Autonomía del Paciente introduciendo un cambio radical que afecta de manera determinante al derecho a la renuncia a tratamientos, a la disponibilidad de la propia vida y al valor que corresponde otorgar al consentimiento por representación en cualquier circunstancia en que éste no pueda ser prestado por el titular de la vida o la salud, sea cual sea su edad: en la Disposición final segunda. Modificación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, punto 6, establece:
“….En los casos en los que el consentimiento haya de otorgarlo el representante legal o las personas vinculadas por razones familiares o de hecho en cualquiera de los supuestos descritos en los apartados 3 a 5 (que afecta a cualquiera que no se encuentre en condiciones físicas o psíquicas de otorgarlo, con independencia de la edad), la decisión deberá adoptarse atendiendo siempre al mayor beneficio para la vida o salud del paciente. Aquellas decisiones que sean contrarias a dichos intereses deberán ponerse en conocimiento de la autoridad judicial, directamente o a través del Ministerio Fiscal, para que adopte la resolución correspondiente, salvo que, por razones de urgencia, no fuera posible recabar la autorización judicial, en cuyo caso los profesionales sanitarios adoptarán las medidas necesarias en salvaguarda de la vida o salud del paciente, amparados por las causas de justificación de cumplimiento de un deber y de estado de necesidad...”
Un análisis de lo que esta modificación supone, nos lo ofrece la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) en la Nota de prensa que compartimos.
Y una recomendación: hacer el testamento vital, rechazando medidas que no deseemos sufrir, resulta imprescindible. Con esta modificación a la Ley de Autonomía del Paciente, ya no se puede confiar en que el médico cumpla con el deseo que hayamos expresado a nuestros familiares.