El Supremo descarta que el currículo de Primaria con perspectiva de género vulnere la libertad religiosa y avala que la nota de Religión no cuente

Los jueces rechazan un recurso de la Confederación Católica de Padres de Familia y Padres Alumnos contra varios puntos del Real Decreto que regula la enseñanza Primaria y niega que incluir la “perspectiva de género” genere desigualdad.

Imagen de archivo de un aula vacía de un colegio/  EFE/Eliseo Trigo
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Alberto Pozas, El Diario, 28 de junio de 2023

El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de una asociación católica y ha avalado que el currículo de Educación Primaria incluye alusiones a la perspectiva de género o la igualdad de género, así como que las notas de Religión no cuentan para los medios del expediente académico. La sala de lo contencioso desestima así el recurso de la Confederación Católica de Padres de Familia y Padres Alumnos (CONCAPA) y da el visto bueno a que la nota de religión no cuenta en el expediente académico. “La mera referencia al ”género“, sin más, no supone adoctrinamiento alguno para los alumnos”, añade el Supremo.

Sobre las críticas a que el Real Decreto incluye alusiones a la perspectiva de género, el Supremo zanja que no es nada nuevo: “No constituye una novedad que introduzca el Real Decreto impugnado, ni se usan en el mismo con un sentido o alcance diferente a los distintos textos normativos precedentes. Esta terminología se encuentra ya en la norma legal de cobertura, y en distintos textos normativos internacionales”, recuerda. 

Sobre las notas de Religión sucede algo parecido y alega que ya se han pronunciado en sentido similar en ocasiones anteriores, explicando que incluir las notas de la asignatura de Religión en la media para obtener becas o acceder a la universidad “puede tener el efecto de incrementar la calificación final que se ha de tener en cuenta y esta circunstancia sí puede perturbar o condicionar la libertad en la decisión para optar por seguir las enseñanzas de religión o no hacerlo”.

La asociación católica ligada al sector educativo y de la enseñanza había recurrido, en primer lugar, la disposición adicional del currículo de Primaria que afectaba a la asignatura de Religión. Por un lado, combatían el artículo que garantizaba la “debida atención educativa” a los alumnos que no quisieran estudiar Religión. Por otro lado, otro artículo que proscribe las notas de religión del expediente: “No se computarán en las convocatorias en las que deban entrar en concurrencia los expedientes académicos”.

Sobre las críticas a la presencia de la perspectiva de género en el currículo de Primaria, los jueces niegan el discurso de que es algo que vulnera la seguridad jurídica: “La seguridad jurídica, la igualdad, la libertad ideológica o el derecho a la educación no se agrietan por las referencias a la igualdad de género”, reprocha el Supremo sobre esta parte del recurso. “La mera referencia al ”género“, sin más, no supone adoctrinamiento alguno para los alumnos. Al contrario, cuando se alude a la ”igualdad de género“ o a la ”perspectiva de género“ se está aludiendo a la igualdad, que no olvidemos es un derecho fundamental”.

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En Infolibre:

– El Tribunal Supremo considera que el texto legal no vulnera los derechos de libertad religiosa, igualdad y educación y que la “mera referencia al género” no supone adoctrinamiento

– Los magistrados consideran que el decreto garantiza la oferta a la enseñanza de la religión católica y no produce discriminación

…El recurso de la Confederación pedía la anulación de la disposición adicional dedicada a las enseñanzas de religión y la supresión de determinadas referencias y menciones a los términos “género” y “perspectiva de género”.

Los magistrados, sin embargo, han considerado que el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, “garantiza la oferta de la enseñanza de la religión católica” y no produce discriminación alguna entre aquellos alumnos que sí han decidido seguir la enseñanza de la religión católica en relación con los que han elegido no hacerlo…

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