Las dos primeras sentencias que evalúan la aplicación del nuevo delito contra el acoso antiabortista creado en 2022 absuelven a una veintena de acusados mientras las expertas advierten de que el precepto puede ser ineficaz y apuestan por la creación de “zonas de seguridad” alrededor de los centros

Marta Borraz, El Diario, 22 de diciembre de 2025
Cinco, diez o quince personas se sitúan frente a la clínica. En algunos sitios, en la misma acera, en otros, enfrente, un poco más alejados. Portan carteles con frases como “no estás sola, podemos ayudarte” o “rezo por tu bebé y por ti” y tienen rosarios en las manos mientras pasan horas orando “por el fin del aborto” frente a las mujeres que acuden a interrumpir su embarazo. La escena, repetida durante años a las puertas de las clínicas, acaba de llegar por primera vez a los tribunales a la luz de la reforma del Código Penal que en 2022 creó un delito específico para intentar frenar el acoso.
Ha ocurrido en Vitoria y Donosti, donde, cansada de soportar la presión y el hostigamiento que sufre “desde 2014”, la clínica Askabide ha llevado a juicio a una veintena de activistas antiabortistas que en septiembre, octubre y noviembre de 2022 se concentraron frente al centro en ambas ciudades. Las dos sentencias, emitidas en las últimas semanas por el Juzgado de lo Penal 1 de Vitoria y el 2 de Donosti, absuelven a los acusados y no consideran que cometieran el delito de acoso con el objetivo de obstaculizar el derecho al aborto: en el primer caso, se trataba de un grupo de 21 antiabortistas y en el segundo, una mujer.
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Posted by asturiaslaica 




















