Las asociaciones patrimonialistas creen que los notarios están permitiendo a los obispos inscribir bienes a su nombre sin pruebas documentales pese a la derogación en 2015 del polémico artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

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Aristóteles Moreno, Público, 25 de agosto de 2024
El 24 de junio de 2015, el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo un cambio trascendental en la Ley Hipotecaria española. Ese día la Iglesia católica perdió un privilegio inmobiliario que le permitía registrar bienes a su nombre con la mera autocertificación del obispo y sin presentar ningún título escrito de propiedad. Esa prebenda hipotecaria, que equiparaba a los diocesanos con funcionarios públicos, le permitió durante décadas inscribir miles fincas a su nombre, entre ellas cientos de monumentos históricos de enorme valor, como la Giralda de Sevilla o la Mezquita de Córdoba.
El creciente movimiento ciudadano y una sentencia condenatoria del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que tildó el sistema inmatriculador del artículo 206 de la Ley Hipotecaria como «arbitrario», obligaron al Ejecutivo a derogarlo. Desde ese día, la Iglesia ya no puede registrar bienes con las mismas prerrogativas que el Estado y está obligada a publicitar el procedimiento con todas las garantías. La jerarquía católica, sin embargo, ha encontrado una nueva vía para seguir inmatriculando edificios y terrenos sin acreditar la propiedad documentalmente, según denuncian las asociaciones patrimonialistas agrupadas en la coordinadora Recuperando.
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Posted by asturiaslaica 





















