Si bien en algún momento histórico el derecho al aborto pudo ser de acceso universal, lo cierto es que desde la reforma del año 2023 no todas las mujeres tienen garantizada la prestación.

José Ant6onio Bosch, Nueva Revolución, 28 de enero de 2026
Hace escasas semanas, desde los servicios sociales de atención primaria de una Comunidad Autónoma remitían a una clínica de interrupción de embarazo una mujer extranjera de 26 años, con varios años de estancia continuada en España, que, junto con sus cuatro hijos, conformaban una familia monoparental. En el informe de derivación se señalaba que vivía en un piso de alquiler, con mensualidades pendientes de abono, y que su situación administrativa era “irregular”, es decir, “sin papeles”, lo que limitaba su acceso a un trabajo de calidad, abocándola a una situación económica absolutamente precaria.
Hasta aquí, desgraciadamente, nada novedoso. Sin embargo, lo que sí me llamó la atención es que en el informe, después de reseñar que debía “de ejercer su decisión y derecho evitando un daño psicológico, social y físico, obligándola a seguir con un embarazo no deseado y afrontar una maternidad”, se señalaba que, dada su situación “irregular”, no tenía derecho a la prestación de aborto financiada públicamente, por lo que se solicitaba a la clínica que le practicasen, de manera gratuita, la interrupción voluntaria del embarazo dada su situación de “vulnerabilidad extrema y precariedad económica”.
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Posted by asturiaslaica 



















