Organizaciones criminales · José Antonio Boch

febrero 28, 2025

Resulta público y notorio que determinadas organizaciones antiaborto realizan convocatorias desde sus páginas web, desde los medios de comunicación ultracatólicos, a veces incluso desde actos religiosos en las iglesias, llamando a colaborar con ellas para cometer un delito

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José Antonio Boch, Nueva Revolución, 28 de febrero de 2025

Según el vigente Código Penal español se entiende por organización criminal 1 la agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos. Igualmente indica que, a los efectos del Código, se entiende por grupo criminal 2 la unión de más de dos personas que, sin reunir alguna o algunas de las características de la organización criminal definida en el artículo anterior, tenga por finalidad o por objeto la perpetración concertada de delitos.

Sin entrar en disquisiciones de las diferencias entre organización y grupo criminal, realmente son muy sutiles, es lo cierto que nuestro vigente Código Penal castiga a quienes promuevan, constituyan, organicen o dirijan una organización criminal, así como a quienes participen activamente en la organización, formen parte de ella o cooperen económicamente o de cualquier modo con la misma y ello, de forma autónoma, es decir, con independencia de la condena que corresponda por la comisión del o de los concretos delitos para los que se organicen o agrupen.

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Así es la asociación ultra que pide dinero para llevar el latido del feto frente a las clínicas en las que se aborta

febrero 6, 2025

La organización defiende «la familia, el Valle de los Caídos y la libertad religiosa», en palabras de su presidente, quien asegura que «no hay nada más feminista que promover la maternidad»

Pablo Hertfelder García-Conde, presidente de IPSE, durante un acto reivindicativo de la asociación / Fuente foto
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Sabela Rodríguez Álvarez, InfoLibre, 6 de febrero de 2025

«La batalla no se puede dar sólo con rosario en mano», proclama Pablo Hertfelder, quien defiende sin titubeos pasar a la acción en las calles. «Los congresos internacionales están bien, pero no basta con hablar», reitera al otro lado del teléfono. Hertfelder aún no ha cumplido los veintisiete y ya preside el Instituto de Política Social (IPSE), un lobby en «defensa de la familia, del Valle de los Caídos y la libertad religiosa», en palabras del también fundador de la entidad, contraria asimismo a la «ideología de género que se ha metido en los colegios». Su próximo proyecto: una ambulancia que recorra todo el país realizando ecografías en las puertas de los centros de interrupción del embarazo

La primera pregunta que emerge ante el anunciado proyecto tiene que ver su legalidad. El acoso sistemático frente a las clínicas llegó al poder legislativo a través de una reforma penal que, a propuesta del Partido Socialista, buscaba poner fin a este tipo de ataques. La modificación del Código Penal introdujo como delito el acoso mediante «actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos» con la finalidad de obstaculizar el ejercicio del derecho al aborto, así como los mismos actos contra los profesionales de las clínicas. Los tribunales tienen además la potestad de imponer la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años.

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