El Ayuntamiento de Abades (Segovia) reta al Obispado a demostrar que la propiedad es suya y anuncia que defenderá los intereses de sus vecinos

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Fuente: Carlos Álvaro, El Norte de Castilla (vía Coordinadora Recuperando), 1 de marzo de 2024
El Obispado de Segovia ha puesto en marcha el proceso para inmatricular, en nombre de la diócesis, la finca donde se levanta la ermita de la Virgen de los Remedios, en la localidad de Abades, como ha venido haciendo durante los últimos veinticinco años. Las intenciones del Obispado han suscitado el malestar de numerosos vecinos, convencidos de que la ermita y el terreno que la rodea es propiedad del pueblo. El Ayuntamiento de Abades confirma que planteará batalla. De momento, tiene veinte días hábiles por delante para presentar alegaciones.
Aunque el runrún lleva tiempo entre el vecindario, el edicto de la notaría que tramita el acta de notoriedad para la inmatriculación del bien ha agudizado el malestar general. En él, el notario afirma que la finca y la ermita pertenecen a la diócesis de Segovia, en pleno dominio, de cuya propiedad no existe documento alguno, aunque «sí consta que el Obispado de Segovia viene ostentando la posesión(1) en concepto de dueño, de forma pública, pacífica y no interrumpida desde tiempo inmemorial, y en todo caso hace más de treinta años, según resulta la certificación expedida en Segovia, el día 1 de febrero de 2024, por el Excelentísimo y Reverendísimo señor don César Augusto Franco Martínez, obispo de la diócesis de Segovia». Fechado el 20 de febrero de 2024, el edicto concede un mes para que los interesados comparezcan ante el notario para oponerse a la tramitación o alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos.
«El Obispado tendrá que demostrar que la finca es suya», señala Magdalena Rodríguez, alcaldesa de Abades
El bien objeto de la discordia es una finca rústica (parcela 5059 del polígono 2, situada en el término municipal de Abades, en el sitio denominado El Juncal), con una superficie de 6.920 metros cuadrados. En su interior se encuentra la ermita de Nuestra Señora de los Remedios, de 300 metros cuadrados. En este lugar se venera la imagen de la patrona de Abades y se celebra la romería de Cuatrojunio.
La alcaldesa de Abades, Magdalena Rodríguez (PP), confirma el «profundo» malestar de los vecinos y asegura que el Ayuntamiento hará lo posible por preservar los intereses del pueblo. «Vamos a luchar para que el Obispado no pueda inmatricular ese bien a su nombre. Si al final, legalmente, tiene que ser, lo acataremos, pero buscaremos algún documento que acredite que esa finca no es de la Iglesia», señala.
Juan Carlos García, párroco de Abades: «El Obispado no se va a llevar nada. Los fieles van a seguir disfrutando de su ermita»
Juan Carlos García, párroco de Abades, Valverde del Majano y Martín Miguel, está «al tanto» del sentir de los vecinos, pero considera que la inmatriculación en favor de la diócesis de Segovia es lo mejor que se puede hacer para poner las cosas en orden. «Es un lugar religioso, de culto a una imagen, la Virgen de los Remedios, patrona del pueblo de Abades. El Obispado quiere inmatricular el bien a su nombre, registrarlo, con el fin último de que la propietaria sea la parroquia de San Lorenzo de Abades, unida al propio Obispado. La finca y la ermita seguirán siendo, pues, bienes de la parroquia. Es absurdo desligar la parroquia del Obispado porque la parroquia no tiene sentido sin el Obispado», argumenta.
El cura defiende la postura de la Iglesia frente al malestar existente en el pueblo, que atribuye a «algunos que son poco devotos o devotos a su manera». No obstante, los anima a presentar alegaciones si tienen documentación que respalde sus pretensiones. «Si al final el Ayuntamiento u otro grupo de personas consiguen presentar documentación que demuestra que eso es suyo, habrá un juicio y el juez decidirá quién es el propietario, si el Ayuntamiento o el Obispado. Si declara que el Ayuntamiento es el propietario, el obispo desacralizará el lugar y los vecinos podrán utilizarlo para lo que quieran».
Este resultado pondría en riesgo la continuidad del culto en la ermita, en palabras del párroco. «En caso de que el juez fallara en contra del Obispado y los fieles quisieran que siga habiendo culto en la ermita, tendría que haber una cesión a la parroquia, como ha ocurrido en Bernardos. Si es un lugar desacralizado, el Obispado tiene que autorizar el culto. Esto ha ocurrido en iglesias que ahora son restaurantes o cosas por el estilo».
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(1) Nota (Asturias Laica) / Fuente / Fuente
Usucapión o prescripción adquisitiva es una figura jurídica de origen romano, gracias a la cual, es posible convertirse en propietario de una cosa por la posesión continuada de la misma, durante un período de tiempo establecido legalmente (10 años en la ordinaria).
Implica la adquisición automática de la cosa, sin necesidad de una declaración judicial del derecho. El poseedor se convierte en propietario, tras consumarse el plazo establecido legalmente. Por el contrario, si se promoviera juicio sobre la propiedad, la usucapión sí debería ser probada.
Requisitos.- En primer lugar, la cosa o derecho real sea prescriptible. El artículo 1936 del Código civil nos dice que “son susceptibles de prescripción todas las cosas que están en el comercio de los hombres”. En otras palabras, no se pueden usucapir lo imprescriptible, como el dominio público.
En segundo lugar, el artículo 1956 nos dice que “las cosas muebles hurtadas o robadas no podrán ser prescritas por los que las hurtaron o robaron, ni por los cómplices o encubridores…
En tercer lugar, la cosa o derecho real tiene que ser susceptible de usucapión y haya transcurrido ininterrumpidamente el plazo.
En cuarto y último lugar, que se haya poseído en concepto de dueño de manera pública, pacífica (que no ha sido objeto de reclamación, porque la reclamación interrumpe el plazo) y no interrumpida. El concepto de dueño tiene que ver con la expresión “de manera pública”, ya que el que posee en concepto de dueño no lo tiene oculto, lo hace público (entre otras cosas porque de esta manera pone en alerta al verdadero dueño, que podrá tomar medidas, si las quisiera tomar).

















