Europa Laica: Es aberrante, Afganistán prohíbe hablar alto a las mujeres por «razones» religiosas

agosto 25, 2024

Los talibanes han prohibido por ley el sonido de la voz de la mujer en público

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Europa Laica, 25 de agosto de 2024

Comunicado

El Emirato Islámico de Afganistán ha promulgado una ley «para la propagación de la virtud y la prevención del vicio» que prohíbe a los hombres ponerse corbata, peinarse y llevar la barba más corta que un puño, acciones que define como contrarias a la ley islámica.

Estas son imposiciones tan caprichosas como todas las que se basan en la religión para determinar conductas. Son injustas y humillantes, pero podríamos considerarlas bagatelas si las comparamos con lo que la misma ley prescribe para las mujeres: además de ocultar rostro y cuerpo, como ya era habitual, ahora se prohíbe el sonido público de su voz; no podrán cantar, recitar, hablar en alto, ni hacerlo delante de micrófonos. Tampoco podrán desplazarse en un vehículo si no van acompañadas de un tutor legal masculino.

Tanto el islam como el cristianismo discriminan a las mujeres frente a los hombres, y les ofrecen un trato muy desigual. Esto basta para considerarlos contrarios a los derechos humanos.

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La Iglesia encuentra otro resquicio legal para seguir inmatriculando edificios y fincas sin aportar títulos de propiedad

agosto 25, 2024

Las asociaciones patrimonialistas creen que los notarios están permitiendo a los obispos inscribir bienes a su nombre sin pruebas documentales pese a la derogación en 2015 del polémico artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

Avenida de la Constitución con la Catedral y la Giralda, a 15 de marzo de 2022, en Sevilla / Eduardo Briones-Europa Press
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Aristóteles Moreno, Público, 25 de agosto de 2024

El 24 de junio de 2015, el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo un cambio trascendental en la Ley Hipotecaria española. Ese día la Iglesia católica perdió un privilegio inmobiliario que le permitía registrar bienes a su nombre con la mera autocertificación del obispo y sin presentar ningún título escrito de propiedad. Esa prebenda hipotecaria, que equiparaba a los diocesanos con funcionarios públicos, le permitió durante décadas inscribir miles fincas a su nombre, entre ellas cientos de monumentos históricos de enorme valor, como la Giralda de Sevilla o la Mezquita de Córdoba.

El creciente movimiento ciudadano y una sentencia condenatoria del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que tildó el sistema inmatriculador del artículo 206 de la Ley Hipotecaria como «arbitrario», obligaron al Ejecutivo a derogarlo. Desde ese día, la Iglesia ya no puede registrar bienes con las mismas prerrogativas que el Estado y está obligada a publicitar el procedimiento con todas las garantías. La jerarquía católica, sin embargo, ha encontrado una nueva vía para seguir inmatriculando edificios y terrenos sin acreditar la propiedad documentalmente, según denuncian las asociaciones patrimonialistas agrupadas en la coordinadora Recuperando.

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